Fin de semana Partidos políticos

Carlos Camy, el 13 de agosto, en su despacho del Palacio Legilsativo. Foto: Inés Guimaraens / la diaria

Camy: los allanamientos nocturnos se deben plebiscitar “dos o tres años” antes de la elección de 2029 “para poder utilizarlos ya”

El senador del Partido Nacional, que le pedirá una reunión a Alejandro Sánchez para impulsar la iniciativa, dijo que le preocupa que “en Uruguay cada vez cueste más encontrar grandes acuerdos nacionales”

Contenido exclusivo con tu suscripción de pago
Contenido no disponible con tu suscripción actual
Exclusivo para suscripción digital de pago
Actualizá tu suscripción para tener acceso ilimitado a todos los contenidos del sitio
Para acceder a todos los contenidos de manera ilimitada
Exclusivo para suscripción digital de pago
Para acceder a todos los contenidos del sitio
Si ya tenés una cuenta
Te queda 1 artículo gratuito
Este es tu último artículo gratuito
Nuestro periodismo depende de vos
Nuestro periodismo depende de vos
Si ya tenés una cuenta Ingresá
Llegaste al límite de artículos gratuitos
Nuestro periodismo depende de vos
Para seguir leyendo ingresá o suscribite
Si ya tenés una cuenta
o registrate para acceder a 6 artículos gratis por mes

Editar

“Vamos a hablar sin texto, con el concepto”, dice el senador del Partido Nacional Carlos Camy, sobre la reunión que le pedirá al secretario de Presidencia, Alejandro Sánchez. El motivo tiene su raíz en el Congreso Nacional del sector Alianza País de fines de julio, que le encomendó a Camy la tarea de comenzar a conversar con todos los partidos políticos para analizar la habilitación de los allanamientos nocturnos.

“El hogar es un sagrado inviolable. De noche nadie podrá entrar en él sin consentimiento de su jefe, y de día, solo de orden expresa del juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley”, dice el artículo 11 de la Constitución de la República. Así las cosas, la única forma de habilitar los allanamientos nocturnos es con una reforma constitucional, por lo tanto, se debe poner a consideración de la ciudadanía en un plebiscito.

El tema es recurrente en el Partido Nacional. En 2019 fue uno de los cuatro puntos puestos a consideración de la ciudadanía por el entonces senador Jorge Larrañaga, en el marco de la campaña “Vivir sin miedo”, pero no llegó a buen puerto –el Sí obtuvo casi 47%–. En la última elección nacional, en octubre de 2024, Camy lo volvió a impulsar –esta vez, específicamente, solo los allanamientos nocturnos– y obtuvo menos adhesiones –39% del electorado puso la papeleta del Sí–.

“Un pronunciamiento popular se levanta con otro pronunciamiento popular”, dijo el senador Javier García, líder de Alianza País, en el congreso de hace algunas semanas, al anunciar que otra vez pondrían el tema sobre la mesa. La idea es la de hace dos años: incorporar el allanamiento nocturno al artículo 11 de la carta magna, con las mismas condiciones que el allanamiento diurno, es decir, con la “orden expresa del juez competente”.

“Es algo muy simple, pero nos parece que debe tener un análisis técnico, en un ámbito que no esté contaminado por lo electoral, que no tenga la premura de los tiempos vinculados a la elección y que sea para poder utilizarlo ya, en este gobierno”, dice Camy, en una entrevista con la diaria en su despacho del Palacio Legislativo, en la que también se refirió a la paradoja de argumentar a favor o en contra de modificar una ley cuando la ciudadanía ya laudó en las urnas, “en función del resultado de nuestra conveniencia”.

¿Por qué decidieron reflotar el tema de los allanamientos nocturnos?

Hay que recordar que Uruguay es prácticamente el único país en el mundo que mantiene vigente esta norma vetusta. En nuestro continente, América del Sur, en el siglo XIX todas las constituciones tenían esta disposición, y todos los constitucionalistas la justifican porque obedecía a una época sin luz eléctrica; entonces, en la noche no se podía distinguir la silueta de alguien que golpeaba en una casa, si era un policía, un conocido o un posible delincuente. A medida que vino la energía eléctrica y la tecnología fue avanzando, los textos constitucionales fueron despojándose de esta disposición, pero Uruguay quedó rezagado. Prácticamente mantenemos el mismo texto que estableció nuestra primera Constitución, de 1830.

A su vez, de unos 20 años a esta parte, principales dirigentes y voces calificadas de todos los partidos políticos se han expresado sobre la necesidad de incorporar el allanamiento nocturno. Parece lógico que se adecuen los textos constitucionales a la época, a los cambios y a las necesidades. Hablamos de expresidentes, líderes políticos de todos los partidos, fundamentalmente de exministros del Interior, referentes de la Policía y constitucionalistas. Desde todas las visiones se está reclamando que sería una herramienta más. Por lo tanto, si bien es verdad que hubo dos instancias plebiscitarias, una con tres herramientas más, y la última, que impulsamos nosotros, con solamente esto, también es cierto que casi un millón de uruguayos lo respaldaron.

¿Este es un planteo distinto?

Lo planteamos lejos de la elección y también planteamos si no habrá que considerarlo, por más que hayan pasado dos años, en el marco de una situación de seguridad que se complejiza por la tipología de los delitos. El aumento de los homicidios está relacionado –se señala oficialmente– casi en su totalidad con saldos entre las bandas de narcotraficantes. El homicidio está cada vez más vinculado al crimen organizado, todo lo que, precisamente, opera fundamentalmente resguardándose en esta imposibilidad; se vale de la ventaja que le estamos dando de que solo en Uruguay el allanamiento en la noche no funciona. Entonces, el planteo es empezar a conversar, y se me ha solicitado ese rol. Vamos a empezar por el gobierno y después con los restantes partidos.

¿Vas a hablar con legisladores del oficialismo o con el Poder Ejecutivo?

Primero corresponde hablar con el gobierno, porque es quien tiene la responsabilidad primera en el combate contra la inseguridad. Vamos a plantearlo siguiendo el literal D del artículo 331 de la Constitución. Porque, de las cuatro formas que hay para reformar la Constitución, es la única que establece una mayoría muy importante, dos tercios –la más alta que se solicita– [de ambas cámaras], y es la única en la que se puede determinar la fecha del plebiscito. Por lo tanto, es una ley constitucional que podemos considerarla a dos o tres años de la elección.

Esto es así por dos cosas: primero, para aventar el pensamiento de que puede influir o verse teñido por la circunstancia electoral. Además, para tenerlo ya; no para el próximo gobierno, sino para este. El tema debe tener necesariamente un análisis que no esté contaminado de otra razón que no sea analizar técnicamente qué es lo bueno y lo malo. Hemos escuchado algunas voces que han dicho que la medida es inútil; bueno, discutamos si es útil o no.

Hace un mes, en la comisión de Diputados que trató la Rendición de Cuentas, la fiscal de Corte subrogante, Mónica Ferrero, dijo que fue “la única fiscal que luchó para que estuvieran los allanamientos nocturnos”. ¿Eso tuvo relación con la resolución del congreso de Alianza País?

Como fiscal de drogas, Ferrero ya se había expresado oportunamente en favor de la conveniencia de este instrumento. Incluso, el hoy prosecretario de la Presidencia, Jorge Díaz, cuando era fiscal de Corte, también lo hizo: en 2019 alertó que éramos el único país en la región con esta prohibición. No es nuevo. Tal vez lo que pudo haber influido es que la fiscal de Corte, reconocida por todos por su trabajo y su trayectoria en el combate al narcotráfico, a la que le pusieron una granada en su propia casa, venga a decirles a los parlamentarios en el propio Parlamento: “Se necesita esto”. Es un elemento que no puede dejar de considerarse, sin duda. Yo lo asocio como un ejemplo de la evolución de estos temas, que no tenemos que analizarlo mirando el resultado de hace algunos años, sino en función de este Uruguay de hoy y de lo que estamos viviendo.

Desde la oposición se ha marcado con insistencia que hay dos temas que no se pueden modificar porque la ciudadanía ya los saldó en un referéndum o plebiscito, como la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado (15.848), puesta a consideración popular en 1989 y 2009, con resultado negativo en ambas instancias, y la reforma de la seguridad social, en la elección de octubre de 2024, que no llegó al 40% de los votos y también naufragó. ¿Cómo se resuelve la paradoja de volver a insistir con una consulta popular sobre un tema que la ciudadanía ya laudó dos veces?

Tenemos que hacernos cargo con un sentido mayor de objetividad de estos debates. Lo paradójico no es, en mi criterio, que alguien sostenga que algo que fue saldado por la ciudadanía de una manera al tiempo se someta nuevamente y pueda cambiar el resultado; ahí la democracia tendría la razón y se justificaría el cambio. Para mí lo paradójico es que muchas veces expresamos el argumento en función del resultado de nuestra conveniencia, de qué lado estuvimos.

Es paradójico que alguien de la oposición hoy le diga al Frente Amplio: “Me decís que no se puede hacer otro plebiscito por los allanamientos nocturnos, pero valieron los que impulsaste, desconociendo el resultado hasta con una ley interpretativa en otro tema como la ley de caducidad”. Sí, es paradójico. Pero también es paradójico que un frenteamplista le diga a alguien de la oposición: “Querés promover el plebiscito de los allanamientos nocturnos, que ya fue saldado dos veces por la población, y, sin embargo, me decís lo contrario con respecto a la ley de caducidad”. Lo paradójico es la actitud que tiene cada uno.

Lo objetivo es que no está mal que el cuerpo de la ciudadanía, soberano, resuelva los temas importantes. La ciudadanía puede cambiar, porque, con ese criterio, no tendríamos que hacer la elección cada cinco años. Si hay variación en la opinión, hay democracia garantizada. Lo que queremos lograr es que haya un debate serio, no contaminado, de las discusiones de redes sociales, más apasionadas, del propio ámbito político.

En 2009 se planteó por última vez en un plebiscito la posibilidad de habilitar el voto en el exterior –específicamente, en forma epistolar–. Con ese criterio, en 2029 se podría plantear otra vez, porque habrán pasado 20 años y tal vez la gente también puede cambiar de opinión sobre ese tema.

Sí, creo que el sistema vale para todo, pero no creo que Uruguay tenga la cultura de Suiza, en donde hacen 30 plebiscitos por año. Me parece que es una irresponsabilidad del sistema político no animarse a plantearse estas instancias, con el presupuesto de que haya consensos o grandes acuerdos. A mí me preocupa que en Uruguay cada vez cueste más encontrar grandes acuerdos nacionales. Eso es más grave que querer preguntarle algo cada tanto al pueblo.

Subrayaste que son muy pocos los países que no tienen habilitados los allanamientos nocturnos. Uno es Cabo Verde. O sea que en todos los países en donde el narcotráfico campea a sus anchas la herramienta es legal, pero evidentemente no ha servido de mucho, porque los narcos poderosos no están en Cabo Verde, sino en esos otros países.

Pero tal vez podrían haber hecho más... Eso es lo otro que desvirtuó el debate, cuando se plantea lo que nadie ha dicho, que esto es la salvación al narcotráfico o la herramienta letal para terminar con el crimen organizado. No, es una de las herramientas que debemos tener en la caja para el combate al narcotráfico, al crimen organizado, a la trata de blancas, etcétera. ¿Solo con la ley de derribos de aviones basta? ¿Solo con tener una Policía más profesional para combatir el delito basta? ¿Solo con las políticas sociales previas que hay que tener, también como combate al narcotráfico, en nuestras zonas más vulnerables basta? No, basta con todo, y capaz que tampoco alcanza. El tema es no negarnos a tener todas las herramientas necesarias.

La llamada “ley de derribos”, que fue incluida en la ley de urgente consideración del gobierno de Luis Lacalle Pou, nunca se usó.

Hasta ahora no se ha usado. Pero prefiero tenerla disponible antes que no tenerla.