El juez Alejandro Martínez falló a favor del senador frenteamplista Charles Carrera y el neurólogo Federico Preve -exintegrante del Comité Ejecutivo del Sindicato Médico del Uruguay- en la acción que impulsaron al amparo de la Ley 18.381, de acceso a la información pública, para conseguir información sobre compras de medicamentos efectuadas por la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE). En la audiencia judicial del miércoles, a la que asistieron representantes de ambas partes, los denunciantes insistieron en que el organismo presentó información parcial y “caótica”.
La sentencia definitiva de primera instancia, a la que accedió la diaria, intima a ASSE a entregar a los solicitantes la información pública requerida respecto de las “compras efectuadas por ASSE en monto y en unidades físicas, en los años 2018, 2019, 2020, 2021, detallada por mes y por unidad ejecutora” de los fármacos enalapril, losartan, valsartan, furosemide, hidroclorotiazida, metfrormina, glibenclamida, insulina, atorvastatina, sertralina, alprazolam, quetiapina, ácido acetilsalicílico, warfarina, rivaroxabán, apixabán, salbutamol, ipratropio, corticoides inhalatorios (conocido como Serflú), paracetamol, ibuprofeno, diclofenac, meloxicam, valproato, carbamazepina, comitoína, levetiracetam, amitriptilina, loratadina, omeprazol, tiroxina (T4) y prednisona.
Según había dicho Preve a la diaria, este listado cubre “la enorme mayoría de los medicamentos básicos de la población”, y algunos de ellos se recetan para “las enfermedades y los factores de riesgo más frecuentes, por ejemplo, prevención de infartos, accidentes cerebrovasculares y tratamientos de hipertensión arterial, entre otros”, por lo que se englobó “un conjunto de enfermedades y factores de riesgo que representan casi tres cuartos de la población”.
Martínez también intima al prestador de salud del Estado a entregar la información referente al “stock en unidades físicas de cada uno de los fármacos citados disponibles al 31 de diciembre de 2018, 2019, 2020 y 2021, detallando el stock disponible para cada una de las unidades ejecutoras del organismo”, así como la “cantidad de días que el stock informado de cada fármaco cubrirá las necesidades asistenciales estimadas para cada una de las unidades ejecutoras”.
Para el cumplimiento de la sentencia, el juez otorga a ASSE un plazo de 15 días corridos e ininterrumpidos.
Según la ejecución presupuestal de 2021, que forma parte del proyecto de ley de Rendición de Cuentas del Poder Ejecutivo, el gasto en medicamentos se redujo 30% en 2021 frente al año previo.