Marcha del Orgullo bajo el lema "Ante el odio y la violencia, más orgullo y unidad" (archivo, noviembre de 2025).

Foto: Catriel Gallucci Bordoni, NurPhoto

14 años de la Ley de Identidad de Género en Argentina: todo lo que se logró y lo que todavía falta

La norma es considerada pionera en la región en garantizar derechos a las personas trans; sin embargo, el recrudecimiento de los discursos de odio en la era Milei, sumado a un decreto específico del gobierno libertario, plantea un escenario de retroceso.

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Antes de la Ley de Identidad de Género (26.743) –sancionada el 9 de mayo de 2012 y reglamentada el 23 del mismo mes-, en Argentina, las personas trans no eran reconocidas por el Estado de acuerdo con el género autopercibido. Por el contrario, se veían obligadas a responder en escuelas, centros de salud, trabajos y diversas instituciones públicas bajo un nombre y un género con el que no se sentían identificadas.

Con la sanción de esta norma, que es pionera en América Latina en garantizar el derecho a la identidad de género y la primera en el mundo en no patologizar a las identidades trans, los colectivos de la diversidad y, en especial, las personas trans, conquistaron el derecho a ser identificadas según su percepción de género, sin necesidad de quedar sujetas al sexo asignado al nacer, ni tener que presentar diagnósticos médicos ni autorizaciones judiciales.

Entre otros grandes cambios que introdujo la ley, permitió que las personas puedan rectificar su documento de identidad según su identidad de género. Además, la Policía perdió facultades para detener a personas trans en la vía pública bajo las figuras de “falta de moral” o “escándalos en la vía pública”.

“La ley marcó un antes y después en la vida de las personas travestis trans”, asegura a la diaria Cintia Pili, activista travesti trans y militante por los derechos humanos. “El reconocimiento por parte del Estado argentino abrió la puerta al acceso a derechos elementales de este colectivo, como es el acceso a la salud integral a través del artículo 11, en el que se expresa que se debe dar atención en los hospitales públicos, privados, y que las obras sociales deben garantizar la atención para que se haga efectivo el cumplimiento de la ley”, agrega.

Desde el Ministerio de Mujeres y Diversidades de la Provincia de Buenos Aires –el único organismo vinculado a cuestiones de género que sobrevivió al vaciamiento de la era del presidente Javier Milei–, Yamila Ramírez, directora en el área de Promoción y Protección en Trabajo, Salud y Educación, considera en diálogo con este medio que se trata de una ley “única y pionera en el mundo”, ya que logró “despatologizar a la transexualidad seis años antes de que lo hiciera la Organización Mundial de la Salud”.

A 14 años de su reglamentación, ¿qué pasa con la aplicación de la ley en la actualidad? ¿Están garantizados los derechos tal como indica la norma? A nivel nacional, Ramírez asegura que “no están garantizados”, ya que no hay voluntad política para eso, pero al mismo tiempo, resalta “el incansable trabajo que realizan las organizaciones sociales para lograr sostener la lucha por los derechos conquistados y coordinar acciones urgentes con las pocas áreas de género que quedaron en las distintas jurisdicciones del país”.

En la provincia de Buenos Aires, donde quedó el único ministerio dedicado a género y diversidad, su coordinadora asegura que la atención “continúa funcionando con normalidad”, a diferencia de lo sucedido en los siete distritos que antes tenían ministerio y ahora fueron bajados de rango o, directamente, desaparecieron, tal como ocurrió con el Ministerio de Mujeres y Diversidad. También recuerda que, antes de la ley, la situación del colectivo era “mucho más vulnerable”, ya que no tenían derecho “a acceder a respuestas institucionales”. “Por eso defendemos esta ley, que vino a reparar tanto destrato y dolor y también a introducir, de a poco, un cambio de paradigma en el seno de las familias y de la sociedad en su conjunto”, señala la referente.

En términos de aceptación social, si bien observa que en la última década “hubo un avance muy importante”, asegura que “no alcanza para que las infancias, adolescencias y personas trans puedan desarrollarse plenamente de acuerdo con la iniciativa de vida que tengan. Para esto, el rol del Estado fue y es fundamental, aunque, lamentablemente, con el avance de las políticas de derecha de los últimos años el apoyo retrocedió”.

Decreto de Milei: un freno a la ley muy cuestionado

Desde la asunción Milei, en diciembre de 2023, en Argentina recrudecieron los discursos de odio hacia los colectivos de la diversidad acompañados por la quita de derechos. Pili lo detalla así: “El actual gobierno no solo expresa discursos estigmatizantes hacia la comunidad LGBTI+ y, en especial hacia el colectivo trans travesti, sino que además dictó el Decreto 62/2025 que restringe en el artículo 11 el acceso de personas menores de 18 años a tratamientos y bloqueos hormonales, dejándolos excluidos del Plan Médico Obligatorio [PMO]”.

El argumento oficial indicado en el texto de la norma apunta a “proteger el interés superior del niño”, junto con “su integridad física y psíquica”. Sin embargo, el diseño normativo argentino se encuentra en consonancia con estándares internacionales de derechos humanos. En particular, cuenta con la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la que se reconoce el derecho a la identidad de género y se establecen obligaciones estatales claras para garantizar su ejercicio.

El artículo 11 de la Ley de Identidad de Género habla del derecho al “libre desarrollo personal”. Establece que las personas menores de 18 años pueden acceder a tratamientos hormonales (y, en algunos casos, también a intervenciones quirúrgicas) y que para eso deberán contar con un sistema robusto de acceso a la salud integral, con prestaciones incluidas en el PMO, en el que se considera que la adecuación corporal no constituye una prestación opcional, sino una parte esencial del derecho a la salud en su dimensión física, mental y social. En el caso de los mayores de edad, además, el sistema de salud debe cubrir intervenciones quirúrgicas entre otros puntos.

Marcela Mara Monroy, coordinadora de la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina de Mar del Plata (ATTTA), explica en diálogo con la diaria que con el decreto “se elimina la posibilidad de entregar bloqueadores hormonales a menores de edad”, los cuales “sirven para pausar el desarrollo de los caracteres sexuales en infancias y adolescencias trans, permitiéndoles adecuar su cuerpo con su identidad de género de manera reversible y sin intervenciones quirúrgicas hasta que cumplan la mayoría de edad”.

En este sentido, Monroy agrega que “existe un amparo colectivo en proceso para revertir la decisión de frenar los bloqueadores”, y continúa derribando un mito: “Las infancias y adolescencias trans no se arrepienten ni deciden volver atrás al cumplir los 18 años, eso responde especialmente a un discurso falso anclado especialmente en los sectores de la derecha”.

Pili coincide y agrega que “muchas infancias trans que se encontraban en tratamientos y que fueron suspendidos abruptamente causaron un grave daño emocional tanto para esos adolescentes como para sus familias. También es importante resaltar que el gobierno nacional, en sus declaraciones públicas, viene difundiendo un discurso falso en relación a la ley y su aplicación en menores trans, ya que, en ningún caso la ley menciona cambios y modificaciones radicales en su cuerpo. En cambio, lo indica a partir de los 18 años”.

Ser trans en una sociedad estigmatizante

Adecuar el cuerpo físico al género que la sociedad avala como “femenino” y “masculino” conlleva un esfuerzo extra para las personas trans. No solo se trata de adecuarse al género con el que se sienten identificadas emocional, psicológica y físicamente, sino también intentar cumplir con ciertos parámetros sociales heteronormativos para ser aceptados o, al menos, no tan discriminados.

“Vivimos en una sociedad muy estigmatizante y estereotipada, y cuando una persona trans femenina no se parece a una mujer normativa (y lo mismo sucede con los varones trans), la sociedad la castiga con más fuerza. Por eso, es fundamental el acceso a los tratamientos hormonales a la edad que corresponde”, retoma Ramírez.

En relación con las prácticas médicas que no se han modificado por decreto y que deben ser garantizadas dentro del PMO, Monroy analiza que “tienen cada vez más falencias y demoras burocráticas”, y toma de ejemplo a las prótesis mamarias, que “están en falta y hoy son impagables”, seguido de las demoras en la intervención por vaginoplastía.

Con respecto a los trámites puntuales que se realizan para la implementación de la ley en la vida cotidiana de las personas, Ramírez asegura que en provincia de Buenos Aires todavía sigue siendo un trámite administrativo sencillo y que, en el resto del país, el trabajo articulado ya no es posible por la falta de organismos especializados en el área de género y diversidad.

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