Ilustración: Lucía Ruggiano

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Tras denunciar a su expareja y padre de su hijo por violencia de género, Camila enfrenta la judicialización del régimen de visitas del niño, quien ha manifestado durante todo el proceso que no quiere ver a su progenitor. Mientras tanto, el sistema insiste en la revinculación, pone en duda la violencia sufrida por Camila —y el efecto que pudo haber tenido en el niño— y sugiere que hay indicios de síndrome de alienación parental.

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La experiencia de Camila con el sistema judicial uruguayo fue mucho más compleja que el intento de atravesar un laberinto. Comenzó en 2022, cuando denunció al padre de su hijo por violencia basada en género y solicitó medidas cautelares para ella y el niño, en ese momento de 6 años. La relación de pareja había finalizado en 2018. Fueron nueve años de los cuales los últimos tres estuvieron pautados por el aumento de los abusos. «Desde embarazos forzados, forzamientos para que abortara, violaciones explícitas», hechos que pudo empezar a nombrar a partir de un proceso terapéutico que inició en 2021, le cuenta Camila a Lento.

Al principio hubo ciertos acuerdos. En julio de 2020 pactaron un convenio sobre el régimen de visitas y la pensión alimenticia del niño, pero el padre lo incumplió. Camila decidió no denunciarlo en ese momento, «para evitar conflictos». La prudencia sirvió de poco. Unos meses después, él solicitó una modificación del convenio y a su vez denunció a Camila. La calificó como «una persona conflictiva e intransigente» que «no permite ni un solo minuto de atraso ni retiros previos al horario pactado», lo que obstaculiza «el fortalecimiento del vínculo entre padre e hijo».

Fue un tiempo de violencia psicológica, de seguimientos e incluso de amenazas de muerte. Camila continuó sin denunciarlo, dado que no quería que le aplicaran medidas cautelares y le negaran las visitas al niño. «Para mí la violencia era conmigo, no con mi hijo, y no quería cortar el vínculo, por más que el chiquilín no quería verlo», explica. Pasaron casi dos años y durante 2022 el niño asistió a un par de sesiones de terapia en las que siempre dejó claro que no quería ver a su padre. «Él se hacía pis antes de ir con el padre y siempre fue rotundo el no querer vincularse con él», afirma Camila.

«¿Por qué denunciás ahora?», recuerda Camila que le preguntó la jueza.

«Porque en ese momento fue que pude», le respondió. Y agregó enseguida: «Era como para decir: “Mirá, la misma persona que me hizo todo esto a mí no cuidó a mi hijo, ideó un régimen de visitas que no cumplió, me sigue persiguiendo, me sigue amenazando y ahora está haciendo esto, judicialmente, solo para seguir violentando».

Como le explicó a Lento la abogada Natalia Fernández, coordinadora de la Red Uruguaya contra la Violencia Doméstica y Sexual, «las situaciones de violencia basada en género muchas veces no se denuncian desde el primer momento, sino que pasa mucho tiempo hasta que las víctimas comprenden que ellas solas no pueden solucionar esa situación». Las víctimas suelen intentar sostener la relación, «incluso una relación violenta, por los hijos, por la falta de autonomía económica, por la defensa propia de la vivienda para ella o para los hijos», señaló.

Evaluación de riesgo

En febrero de 2022, un juzgado de familia especializado dispuso la prohibición del contacto y el acercamiento del denunciado a Camila y la suspensión del régimen de visitas al niño, a quien se le asignó una abogada defensora. También ordenó una evaluación de riesgo «con carácter urgente» al Equipo Técnico de Familia Especializado (ETEC) de Atlántida. El tiempo siguió transcurriendo y el laberinto se enredaba más. La evaluación del ETEC terminó realizándose un año después, en febrero de 2023, cuando una perito psicóloga forense entrevistó a Camila y a su expareja. Pero no al niño, que se negó en ese primer momento a hablar con su abogada y a concurrir a las terapias.

Esas dificultades distan de ser una excepción. Lucía Fernández, abogada especializada en derecho probatorio, al ser entrevistada para este artículo señaló que la evaluación de riesgo, que debería hacerse «inmediatamente a la denuncia y sí o sí previo a la audiencia», muchas veces «no está» ya que «no se llega con los tiempos, por falta de recursos». Esto origina «muchos problemas»: o bien «terminás cayendo en esta cuestión de que se terminan disponiendo medidas sin prueba —lo que famosamente se dice por ahí— o en el hecho de sobreexigirle a la víctima» que aporte sus medios probatorios.

«Me habían dicho que lo del ETEC era una entrevista con un equipo técnico, con psicóloga, asistente social y psiquiatra; nada más alejado de la realidad: era una psicóloga que lo primero que hizo fue contarme todos sus problemas judiciales con el padre de su hijo en mis 45 minutos de entrevista. La mujer me hizo relatarle, con lujo de detalle, todo lo que había pasado y me cuestionaba muchísimo por qué había mandado a mi hijo con él», dice Camila sobre esa instancia.

Tampoco este nuevo escollo parece ser excepcional. Durante el proceso siempre «hay situaciones en las que se le vuelve a preguntar» a la víctima sobre lo que vivió: «La mujer lo relata una vez, después tiene la entrevista para evaluar el riesgo de la situación en la que tiene que profundizar de nuevo, y después [otra vez] en la audiencia», señaló en diálogo con Lento María Echetto, abogada especializada en género y defensora de Camila. Pese a que en muchos casos hay informes de psicólogos —o psicólogos tratantes— o de los equipos multidisciplinarios de las instituciones de salud, «no tienen a nivel judicial la validez que tiene la prueba que el propio Poder Judicial termina produciendo».

El informe pericial concluyó que hubo una «conflictiva crónica entre las partes, que se trasladó hacia el hijo de ambos», y catalogó el riesgo «de leve a moderado». «Las versiones sobre la existencia de violencia, durante y después de la pareja, se contradicen», afirmó la perito, que igualmente reconoció que «es probable» que «haya existido, al menos a nivel psicológico», tomando como base lo informado por la psicóloga de Camila. En cuanto a la revinculación del niño con el padre —luego de un año sin relacionarse—, la perito sostuvo que no surgieron «elementos claros para no avalarla», por lo que entendió «pertinente» que el contacto paterno-filial se reestableciera «de forma progresiva, paulatina y supervisada por un profesional». También añadió que esta última sugerencia se dio «en coincidencia con la abogada defensora del menor», algo que la letrada luego negó durante una audiencia.

Errores y estereotipos

Una afirmación redactada de manera confusa repercutió en la causa. La perito escribió: «Si bien la progenitora expresa que es [el niño] quien se niega a ver al padre, este, por su parte, refiere que sí lo desea, pero sin pernocte en su hogar». Ese «este» refiere al padre del niño y no al niño, a quien la perito nunca entrevistó. Sin embargo, el padre argumentó que se refería al niño y solicitó la intervención del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, ya que, en su interpretación, su hijo quería verlo y la madre no se lo permitía.

«Cuando tenemos la fortuna de llegar a un equipo técnico que pueda hacer esas valoraciones, no siempre tiene la formación suficiente para poder hacer una adecuada valoración de riesgo», señaló Natalia Fernández, algo que se vuelve más difícil ante situaciones de violencia «mucho más solapadas», un punto en el cual el Poder Judicial «a veces resulta cómplice», al no lograr identificar esas vulneraciones.

Echetto también se refirió al «típico boceto de la mala víctima», que «permea bastante» los procesos y pone un «manto de duda» sobre el relato de la denunciante. Cuando la víctima «no se queda en su casa deprimida a llorar», suele instalarse la idea de que «bueno, si pudiste igual encarar, tanto no te afectó». «Cuesta más empatizar con situaciones en que la mujer se planta más reivindicativa, que sabe que esto tendría que ser así o asá», sostuvo Echetto. Por su parte, Lucía Fernández, tras aclarar que no es partidaria de preparar la declaración de sus defendidos, reconoció que es «consciente de que una persona que va con determinado estatus o vestida de determinada manera va a ser juzgada y va a ser vista de una forma estereotipada».

Archivo de causa

La causa en el Juzgado Letrado de Familia Especializado se archivó en 2023. Antes, en febrero de 2022, basándose en aquella frase del ETEC redactada de forma confusa, la expareja de Camila demandó una modificación y extensión del régimen de visitas. Así inició el proceso en un juzgado letrado de familia «común», que continúa hasta ahora. El niño, que ya tiene 10 años, sigue sosteniendo que no le interesa ver a su padre.

En setiembre de 2023, la jueza envió el expediente al entonces Departamento de Asistentes Sociales (DAS), hoy Departamento de Pericias Sociales, para que evaluara «la posibilidad de reestablecer el relacionamiento paterno-filial», para lo cual se reunieron con el niño y con sus padres por separado.

«Me explicó cómo funcionaba, que hacían de 12 a 14 encuentros con el niño. Miraban cómo se relacionaba con el adulto, pero que no lo forzaban. Que si el niño no quería, no lo iban a obligar, que lo respetaban. Yo lo que le dije fue: “A mí me parece bien. Mi hijo ya dijo mil veces que no quiere verlo. Entonces, si lo van a hacer venir acá, que sea para que lo escuchen”», sostuvo Camila.

Fue citada dos veces por el DAS y a la tercera le pidieron que concurriera con su hijo. En esa instancia, a pedido del niño y con la anuencia de la perito, Camila permaneció con él durante la entrevista.

«No quiero ver a mi padre... ya lo hablé con mi abogada y no quiero verlo... no quiero venir más acá...», dijo el niño, según refleja el informe del DAS.

Las expresiones volcadas por el niño se «caracterizan por un importante monto de angustia y nerviosismo, expresando una sistemática negativa a la posibilidad de revinculación con su padre», detalla el reporte. Aunque la perito no hizo valoraciones individuales del padre, señaló que vio en Camila «una actitud no habilitadora en referencia a la posibilidad de retomar el relacionamiento paterno-filial». A esto último, en una de sus resoluciones, la jueza añadió: «actitud que su hijo claramente percibe, los niños perciben claramente las actitudes de sus padres que, sin duda, inciden en sus propias decisiones».

El DAS entendió que no estaban dadas las condiciones para restablecer el vínculo y sugirió que tanto los padres como el niño iniciaran un proceso terapéutico, lo cual fue aceptado por las abogadas del niño y de la madre. El padre cambió de abogada y comenzó a alegar que la madre influía negativamente en su vínculo con el niño al «trasladar su conflicto personal y relato de violencia supuestamente padecida a su hijo».

«La perspectiva de género bien entendida no es un obstáculo para la defensa de los acusados», consideró la experta Lucía Fernández, no sin reconocer que esto «quizás es una utopía muy grande». Señaló que se suele «tergiversar mucho» la perspectiva de género en los procesos, por lo que «sería saludable aspirar a que en los procesos las defensas de personas que estén acusadas lleven adelante sus estrategias de defensa sin atacar a la víctima, que el ataque no sea hacia la credibilidad de la denuncia, que toda esa prueba que genere, tendiente a defenderse, no sea a costa de la víctima ni de centrar toda su defensa y toda su participación en el juicio exclusivamente en atacar modos de vida, comportamientos, entorno, clase social».

La maraña continúa

La jueza, a pesar de reconocer lo sugerido por el DAS e intimar a las partes a que «inicien abordaje terapéutico sostenido en el tiempo», ordenó una nueva pericia psicológica para el niño y ambos progenitores. Argumentó que lo hizo «a efectos de determinar cuál es la voluntad libre y autodeterminada del niño en relación a las visitas con su padre, si existen elementos de manipulación u obstrucción» por parte de la madre.

Para ello, designó a un perito específico, externo al Instituto Técnico Forense. Se trató de un psicólogo forense con amplia presencia en los medios que adhiere a la idea de la alienación y de la implantación de recuerdos en niños por parte de adultos. Por el lado del padre, se reconoció la «sobrada experticia» del perito y la «agudeza» de la jueza en la designación. Su abogada llegó a afirmar que las pericias anteriores del proceso fueron «sesgadas, existiendo varias efectuadas por profesionales que carecen de objetividad suficiente, por ejemplo, por ser militantes feministas y reclamantes de derechos vulnerados».

La abogada de Camila apeló toda la pericia y cuestionó que se estuvieran incorporando al expediente conceptos del síndrome de alienación parental, que refiere a una supuesta manipulación que ejercen las madres sobre sus hijas e hijos en contra de sus padres. Luego de recursos y apelaciones, la jueza excluyó al niño de la pericia, pero mantuvo el objetivo —ahora más difícil— de «determinar cuál es la voluntad libre y autodeterminada del niño».

Un diálogo

—Había intimidad y había también mucha violencia sexual —respondió Camila consultada por el nuevo perito.

—La violencia sexual... A ver si lo puedo plantear para que quede claro. ¿Es por una manera de ejercer el sexo? Porque sabe que hay sexo violento... —ahondó el perito. Unos minutos antes, Camila le había relatado un episodio en el que, en medio de una discusión para que Camila abortara el primer embarazo que tuvo, su expareja la «tomó del cuello» y la violó.

—No, no. La violencia sexual era... Él llegaba de trabajar, por ejemplo, y se sentaba a mirar el celular. Y yo decía: «¿Podés ir a comprar pañales?». Se enojaba. Empezaba a gritar. Empezaba a insultar. Me decía: «¿Vos querés verme pegarme?». Se pegaba contra la pared. Yo me iba al cuarto. Dormía a mi hijo. Entraba al cuarto a la misma cama que estaba con mi hijo. Me agarraba el cuello. Decía: «Decime que me amás, decime que sos mía». Y había sexo que no había sido consentido porque yo estaba llorando y él lo sabía —detalló Camila.

«Entender el contexto»

Más adelante, en una audiencia con el perito, este defendió que las preguntas de índole sexual eran pertinentes para «entender el contexto» y la jueza consideró que los protocolos de no revictimización no aplicaban porque «no era un juzgado de violencia».

La «falta de diálogo entre las distintas sedes» fue identificada por Lucía Fernández como una de las fallas del sistema. «Muchas veces corren por carriles muy diferentes lo que sucede en los juzgados de familia especializados y en los juzgados penales, cuando en realidad la situación es una sola», explicó.

El nuevo perito evaluó en Camila «cierta devaluación de la figura masculina, a la cual visualiza como inoperante y poco eficaz». Además, precisó que no observó en ella ningún «eco afectivo» relativo a los hechos de violación que le relató, mientras que sí vio en el padre un «eco emocional alto» por la no vinculación. También observó en el hombre una «autopercepción descendida y poca asertividad, lo que puede complejizar la puesta de límites en sus relaciones». En cuanto al niño, señaló que «a pesar de no poder evaluar el discurso del menor, existen elementos técnicos que no permitirían desechar la hipótesis de que la gran aversión para con la figura paterna podría no ser autónoma e independiente». En función de «la fase de amnesia infantil», recalcó que sería «muy poco probable que un niño que no haya tenido información possuceso pueda generar una aversión de estas características».

El informe concluyó que los dos padres serían capaces de cuidar al niño y planteó como «viable» la revinculación con el padre, «en forma secuencial de frecuencia creciente, en principio indirecta y bajo supervisión». Asimismo, «en base al relevamiento del testimonio de los adultos», sostuvo que «existen elementos tangenciales» que «no permitirían desechar la posibilidad de que la resistencia a la revinculación por parte del menor no fuese autónoma, independiente, no siendo basada en situaciones vivenciadas». Es decir, sugirió que había indicios de que la resistencia del niño estaría siendo influenciada, sin entrevistarlo.

«Muchas veces lo que se reprocha al Poder Judicial, además de lo que tiene que ver con la formación y la capacitación, es la ausencia de una perspectiva de género adecuada que permita poder realizar un análisis crítico de cómo yo estoy entendiendo la situación desde mis prejuicios; poder desmontar eso para tener una lectura objetiva», señaló Natalia Fernández.

Distancia y realidad

«Yo lo voy a volver a mandar al DAS, no voy a dictar sentencia, y si no lo logro revincular lo voy a seguir mandando al DAS y voy a seguir haciendo pericias», les dijo la jueza en una audiencia.

El tema es que el DAS queda en Montevideo y Camila y el niño viven en La Floresta, Canelones. Por ese motivo Camila le recordó que el colegio de su hijo está en Las Toscas, lo que le genera una complicación extra al tener que llevarlo todas las semanas. Pero la jueza desestimó el argumento: «Lo va a llevar la abogada, vos si querés podés ir, pero la que lo va a llevar y la que va a entrar con él va a ser su abogada».

«El chiquilín tenía que ir dos horas con la abogada, de La Floresta a Montevideo, a un lugar al que no quería ir, a ver a quien no quería ver», dice Camila, indignada, al recordar ese otro recoveco del proceso.

Sucede que el factor económico está muy presente en el sostenimiento de procesos judiciales por parte de mujeres. «Hay personas que denuncian y no tienen ni para el boleto para llegar al juzgado, y en un proceso de estas características es imposible que vayas una sola vez, por un montón de factores [...]. Todo eso es tiempo, es dinero, es algo que necesitás hacerlo estando medianamente bien también, porque si tenés una afectación muy grave emocional o psíquica es muy difícil sostener ese proceso de denuncia», graficó la experta Lucía Fernández en referencia a las denuncias por violencia de género.

Para Natalia Fernández, quien analizó el caso desde la mirada de la violencia doméstica y sexual, la judicialización del régimen de visitas y las demandas por tenencia también son «una forma de desgastar a la mujer para que no pueda sostener un proceso de violencia doméstica en el Poder Judicial». Agregó que «todas estas dinámicas de los varones también impactan justamente en que terminamos produciendo una mujer que no es una víctima perfecta, es una mujer agotada económica y emocionalmente, por lo general a cargo cien por ciento de los cuidados».

En esa audiencia la jueza también intimó a los padres «a no mencionar ningún aspecto» relativo al proceso con el niño y que sea su abogada quien le informe. Camila contactó a la defensa de su hijo diciéndole que el niño «quería que le contara sobre la audiencia», lo que, para la jueza, evidenció el «incumplimiento» de la madre de la medida.

Como en muchos otros momentos de este curso del expediente, Camila se sentía entrampada. Aunque para la jueza era claro: «La madre no debió hablar del proceso con su hijo, ni mencionarle la audiencia ni que debía comunicarse con su defensa». Así que dispuso una sanción pecuniaria para cada vez que se incumpliera la intimación.

«Mi abogada lo apeló diciendo que era absurdo, no solo violento, sino que era absurdo, inviable, que no había manera posible de que mi hijo, que no quiere verse con su abogada, coordinara directamente una entrevista con ella, que ni siquiera tenía celular. Era todo absurdo. Cualquier cosa que pasara ahí iba a ser mi culpa», cuestiona Camila.

Revinculaciones forzadas

En agosto de 2025, Camila y su abogada denunciaron a la jueza ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y solicitaron su recusación, alegando, entre otras cosas, que dilató el proceso e incurrió en «acciones revictimizantes y de presión» al insistir en pericias y entrevistas al niño, «cuando este ha expresado durante todo el proceso su voluntad de no revincularse con su padre».

El 11 de agosto de 2025, la jueza se apartó del caso. Unos días antes, la abogada del niño también renunció. El 27 de febrero de 2026, la nueva defensora se entrevistó con él. En su informe, solicitó que se dispusiera una pericia psicológica para el niño «a efectos de desentrañar» la negativa de ver al padre, en el sentido de determinar si hay «voluntad libre» o si existen «eventuales factores de manipulación». Dio cuenta de que el niño expresó que dejó de verlo «hace mucho tiempo» porque no se «sentía cómodo y no quería». «Le pido que me explique y expresa: “No me trataba bien, yo me quería ir, llamaba a mi madre y él me sacaba el teléfono”», señaló la letrada. Consultado sobre si su padre le pegó, el niño explicó que no, que «no pasó nada grave», pero «no lo quiero ver» y que «esa es una razón válida». «Lo repetí 35.000 veces», aseveró el niño.

En mayo de 2023 se promulgó la ley 20.141, de corresponsabilidad en la crianza de los niños —o tenencia compartida—, únicamente con los votos de la entonces Coalición Republicana. Para Natalia Fernández, a partir de la norma, hay «jueces que tienen miedo de escuchar a esos niños que dicen que no quieren tener contacto con ese papá porque ese papá los agredió, porque fueron testigos o fueron víctimas, y de todas formas son obligados a revinculaciones forzadas». «No vaya a ser que no se cumpla la ley de tenencia compartida», adjudicó.

La abogada señaló que, si bien la SCJ creó un registro de abogados especializados en infancia y adolescencia, «en la práctica uno ve que las personas que están en esa lista en realidad se dedican al derecho civil, al derecho laboral, y los ve el Poder Judicial y los recomienda como abogados de niños». Natalia Fernández se preguntó: «¿En qué termina impactando que los niños no tengan un real acceso a ser escuchados?». Tiene clara la respuesta: «Impacta en la vida de esas madres que sostienen hogares monoparentales».

Lucía Chu es periodista. Actualmente escribe en la diaria sobre temas de política y sociedad.

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