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Refinería de ANCAP (archivo, marzo de 2018)

Foto: Pablo Vignali

ANCAP dejará de tener el monopolio de la “gestión de la importación, exportación y refinación de petróleo crudo y derivados”

3 minutos de lectura
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La obligatoriedad de la Ley de Inclusión Financiera dejará de aplicarse.

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El eje temático “Economía y empresas públicas” comienza con la regla fiscal; se plantea la posibilidad de que en caso de que haya excedentes en las finanzas públicas se cree un fondo especial para aplicar políticas contracíclicas en tiempos de recesión. La regla fiscal será aplicada a instituciones que proyectan sus propios presupuestos: la administración central, el Poder Judicial, el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo, la Corte Electoral, el Tribunal de Cuentas, los entes autónomos y los servicios descentralizados.

También se propone reemplazar algunos artículos de la Ley de Inclusión Financiera para reincorporar el pago en efectivo tanto para los trabajadores en relación de dependencia como para los independientes (que cobren, por ejemplo, por medio de unipersonales). La forma de pago deberá ser acordada con el empleador al inicio del período laboral, y también se podrá optar por instrumentos de dinero electrónico o en instituciones de intermediación financiera.

El fin de la obligatoriedad de los medios electrónicos también llegará al pago a los proveedores del Estado y a los acuerdos entre privados. El proveedor de bienes o servicios al Estado podrá elegir la forma de pago, incluido el efectivo, mediante la acreditación en una cuenta en instituciones de intermediación financiera. En cuanto a los pagos entre particulares (que incluye, por ejemplo, los alquileres), “podrán efectuarse mediante la modalidad e instrumentos de pago acordados entre las partes”.

En cuanto a las actividades en el sector de los hidrocarburos, se derogará el monopolio de ANCAP para la “gestión de la importación, exportación y refinación de petróleo crudo y derivados”. El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento obligatorio de la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua, dispondrá las condiciones para el desarrollo de esas actividades. Para llevar a cabo lo que respecta al sector, ANCAP podrá formar una sociedad comercial que se desarrollará bajo las disposiciones establecidas en la ley para las sociedades anónimas con participación de entes autónomos y servicios descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado.

Respecto de esto último, el proyecto prevé la creación de un “catálogo de buenas prácticas” corporativas que guiará el manejo de estas sociedades anónimas para los casos en que la participación estatal sea mayoritaria; el cumplimiento de estas prácticas estará bajo la supervisión de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los directorios de las empresas estatales involucradas deberán aprobar los balances de estas sociedades anónimas mixtas, y se recomienda la emisión de acciones públicas y minoritarias. Tanto las sociedades anónimas con participación estatal como los entes autónomos y servicios descentralizados deberán hacer públicos sus balances de forma anual.

Las críticas del Ministerio de Economía y Finanzas

Martín Vallcorba, coordinador del Programa de Inclusión Financiera del MEF, cuestionó el anteproyecto de ley, porque “va en contra de todo lo que son las prácticas de buena gestión y administración de recursos públicos”

“El proyecto de ley que dieron a conocer es bastante peor de lo que a priori uno esperaba en función del acuerdo firmado por los distintos partidos integrantes del gobierno. Porque no solo refiere al pago de remuneraciones sino que abarca todo lo que tiene que ver con los pagos de montos elevados y ademas los pagos de proveedores del Estado, por lo tanto los efectos son negativos en todos los planos”, dijo Vallcorba

En el caso de remuneraciones, según el jerarca, no sólo se elimina el pago por medios electrónicos “con el consecuente efecto negativo en materia de debilitar los mecanismos de control para mejorar la formalización de trabajo” sino que también se generan “dificultades” para acceder a un medio de pago gratuito, entre otras cosas porque “se prevé que el mecanismo de pago tiene que estar acordado entre el trabajador y empleador”.

“En el caso de pago de proveedores, se establece que es el proveedor del Estado quien elige el medio de pago. Supongamos que alguien que le vende un servicio o bien al Estado por 250.000 dolares y decide que quiere el efectivo, el Estado tiene que pagarle en efectivo. Lo que es insólito y va en contra de todo lo que son las prácticas de buena gestión y administración de recursos públicos”, se quejó.

Y agregó: “Finalmente, lo que tiene que ver con los montos de pagos elevados: eliminar las disposiciones que restringen el uso del efectivo para pagos elevados realmente es un retroceso enorme en materia de transparencia, que va a contrapelo de lo que está haciendo todo el mundo. Consagra a nivel legal que alguien por la compra de una estancia traiga 1.000.000 de dólares en un maletín. Realmente cuestiona los avances que el país ha hecho en materia de mejora de control de lavado de activos y financiamiento del terrorismo”.

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