Un mes después de que Sudáfrica les pidiera que se pronunciaran sobre la situación en Gaza (ver páginas 12-13), los jueces de La Haya reconocieron la validez de los argumentos presentados por Pretoria, a saber, la existencia de un riesgo “real e inminente” de “daños irreparables” para la población del enclave palestino1. Reconocen así “el derecho de los palestinos de Gaza a ser protegidos contra los actos de genocidio y los actos prohibidos conexos a los que refiere el artículo III [de la Convención de 1948] y el derecho de Sudáfrica a exigir que Israel cumpla con las obligaciones que le conciernen en virtud de la Convención”. En apoyo del criterio de intencionalidad, esencial en los juicios por genocidio, la Corte cita las palabras de varios funcionarios, entre ellos Yoav Gallant (ministro de Defensa) e Isaac Herzog (presidente de Israel), que los abogados sudafricanos hicieron constar en su demanda2. La CIJ también cita informes de la Organización Mundial de la Salud (OMS), del Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Medio Oriente (OOPS) y la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (OCHA, en inglés), así como declaraciones de Martin Griffiths, secretario general adjunto de Asuntos Humanitarios, para concluir que las condiciones de vida impuestas a los palestinos de Gaza, la imposibilidad de proporcionarles real ayuda y cuidados, y el elevado número de muertes entre mujeres y niños permiten juzgar la situación de Gaza en el ámbito de la Convención sobre el Genocidio.

La CIJ ordena, entonces, cinco medidas cautelares:

  • “Israel debe tomar todas las medidas a su alcance para impedir que se cometa, contra los palestinos de Gaza, cualquier acto” que entre en el campo de aplicación de la Convención sobre el Genocidio.
  • “El Estado de Israel debe tomar todas las medidas a su alcance para prevenir y castigar la incitación directa y pública a cometer genocidio contra miembros del grupo de palestinos de la Franja de Gaza”.
  • “El Estado de Israel debe adoptar sin demora medidas inmediatas y efectivas para permitir el suministro de los servicios básicos y de asistencia humanitaria que se necesitan con total urgencia”.
  • “El Estado de Israel debe velar, con efecto inmediato, para que su Ejército no cometa” los actos prohibidos por la Convención de 1948.
  • “El Estado de Israel debe tomar medidas efectivas para impedir la destrucción y garantizar la conservación de elementos de prueba relacionados con las acusaciones” de actos genocidas.

En cambio, aunque considera que la prosecución de las operaciones militares habilita el riesgo de agravar aún más la situación de los habitantes de Gaza, no ordena el “cese” de estas operaciones, como pedía Pretoria, ni un cese del fuego. Sin embargo, sí ordena que “el Estado de Israel garantice, con efecto inmediato, que su Ejército no cometa” los actos prohibidos por la Convención de 1948. Es posible que, entre los jueces, la amenaza que supone Hamas para la seguridad de Israel tuviera más peso que otras consideraciones. Preocupada por su credibilidad, la Corte quiso sin duda limitar su juicio al estricto perímetro del derecho, negándose a entrar en el terreno político o militar. “La Corte realmente no quiso hablar de un cese del fuego ni de legítima defensa —explica Juliette McIntyre, de la Universidad de Australia Meridional, en la red X (ex Twitter)—. Se cuidó de señalar que su rol se limita a las violaciones de la Convención.” Además, como Hamas no es un Estado, no se ve alcanzado por las decisiones de la CIJ: por tanto, el cese del fuego sólo habría pesado sobre una de las partes. Esto era difícil de resolver para los jueces sin socavar el principio de equilibrio e imparcialidad inherente a su función. De forma sorprendente, todas las medidas ordenadas por la CIJ se adoptaron por una mayoría muy amplia, de al menos 15 votos sobre 17. Esto les confiere una gran fuerza, ya que nadie puede denunciar mayorías circunstanciales obtenidas a las apuradas.

El caso es altamente simbólico y conlleva una fuerte carga política. Al optar por medidas cautelares, la CIJ quiso evitar toda polémica y toda sospecha sobre su posible politización: por eso, buscó sin duda las que pudieran reunir al mayor número de jueces sobre la base de un análisis claro (existencia de un riesgo plausible de genocidio). Dio “la imagen de un mundo unido”, considera Nico Krisch, del Geneva Graduate Institute, “al establecer los hechos y enunciar el derecho” concerniente a la situación en Gaza. Sólo una jueza, la ugandesa Julia Sebutinde, se negó a seguir este camino: trató de modo constante de politizar el caso pidiendo a la CIJ que se declarara incompetente porque las acusaciones contra Israel eran, en su opinión, extravagantes; votó en contra de todas las medidas y sólo fue seguida por el juez ad hoc designado por Israel, Aharon Barak, que sin embargo votó a favor de la obligación de Israel de proporcionar ayuda humanitaria a Gaza. Las autoridades ugandesas declararon que no comparten la posición de Sebutinde.

Punto de inflexión

“Dictada por una amplísima mayoría, la sentencia de la CIJ es una victoria indiscutible para Sudáfrica y para los palestinos, cuyos derechos quedan claramente reconocidos —sintetiza Alonso Gurmendi, del Kings College, en la red X—, aun cuando la Corte podría haber sido más específica sobre las medidas impuestas a Israel”. De hecho, la decepción es palpable entre algunos militantes palestinos que hubieran deseado medidas más radicales, dado que cada día que pasa es un día de sufrimiento y luto para la población. Por su parte, el Estado palestino, dirigido por la Autoridad Palestina en Ramallah, “saluda la decisión de la CIJ, que falló a favor de la humanidad y del derecho internacional”, una decisión que debería servir de “señal de alarma para Israel y quienes se creen intocables” (X, 26 de enero). Sin precedentes conocidos, y señal de su importancia política y simbólica, la lectura del dictamen fue retransmitida en directo por pantalla gigante —como si se tratara de una competición deportiva— frente a los edificios de la CIJ en La Haya. En el canal de noticias de la ONU y en varias cadenas de televisión, entre ellas Al Jazeera, el mundo entero pudo escuchar a los jueces describir el sufrimiento de la población de Gaza y detenerse en las declaraciones de tintes genocidas de algunos dirigentes israelíes, antes de declararse competentes en virtud de la Convención de 1948.

“¡Genocidio! La palabra fue lanzada y lastima”, se subleva en X el periodista francés Jean-Dominique Merchet, que protesta por que se pueda asociar a Israel con este crimen contra la humanidad. Sin embargo, ese es el sentido de la sentencia de la CIJ, que de hecho es muy meticulosa y justificada. Al declarar “plausible” la acusación presentada por Pretoria, la Corte “define el campo de interpretaciones posibles y defendibles”, y contribuye a “definir los contornos del conflicto”, estima el jurista Nico Krisch. Ya nadie podrá descalificar las protestas de los palestinos y de sus defensores calificándolas de exageraciones militantes sin fundamento en el marco del derecho o de la realidad.

Tel Aviv intenta minimizar la decisión judicial insistiendo en que no preanuncia en modo alguno la decisión final sobre la existencia real de un genocidio (pueden pasar varios años antes de que la CIJ se pronuncie sobre el fondo del asunto); las autoridades israelíes interpretan la ausencia de toda referencia al cese de las operaciones militares como la validación del derecho “inalienable” del país a defenderse (comunicado de prensa de Lior Haiat, portavoz del Ministerio de Relaciones Exteriores israelí en X). Pretenden que la sentencia de la CIJ no es más que “el simple recordatorio de las obligaciones de Israel en virtud del derecho internacional humanitario”, obligaciones que afirman estar cumpliendo en el difícil contexto de la lucha contra Hamas (Eylon Levy, portavoz del gobierno israelí, Times Radio, 26 de enero). Por su parte, el primer ministro Benjamin Netanyahu confirma que las operaciones militares continúan.

Dado que la CIJ ordenó a Israel que garantizara la ayuda humanitaria urgente y adoptara todas las medidas necesarias para impedir que se cometieran actos genocidas, afirmar, como lo hace Tel Aviv, que se trata de un mero recordatorio de obligaciones ya cumplidas es una mentira desvergonzada, típica de la propaganda en contexto de guerra. Esta sentencia judicial es un punto de inflexión político y simbólico de consecuencias incalculables en esta etapa. “Ningún Estado debería acercarse ni un ápice al punto en que la acusación de genocidio se haga plausible”, afirma Krisch. También está en juego el crédito moral de Occidente. Es evidente que la CIJ no tiene forma alguna de imponer sus decisiones, que pueden quedar en letra muerta. Así es como Rusia y Estados Unidos hacen caso omiso de las sentencias que los sancionan, Moscú con respecto a Ucrania —la CIJ impuso medidas cautelares por plausible genocidio que Vladimir Putin no aplicó— y Washington con respecto a la condena del minado de un puerto en Nicaragua en 1986. Es en extremo improbable que Tel Aviv aplique las medidas cautelares de la CIJ a excepción de algunos gestos humanitarios aislados.

Reacciones internacionales

Si la mala voluntad de Israel para implementar las medidas ordenadas es previsible, la reacción de los demás estados signatarios de la Convención de 1948, miembros de la CIJ, será observada con mucha atención, ya que están obligados a hacer aplicar la sentencia. ¿Qué harán las capitales árabes? ¿Qué decidirán los países occidentales, que se mostraron muy activos contra Rusia, acusada de genocidio y crímenes contra la humanidad por sus operaciones en Ucrania, y que apoyan, en particular, los procedimientos iniciados contra Moscú ante la CIJ y la Corte Penal Internacional? Si no actúan, podrían exponerse a la acusación de usar una doble vara. Más allá de declaraciones tan vagas como poco movilizadoras sobre el respeto que se le debe a la CIJ3, ¿van a presionar a Tel Aviv adoptando uno de sus famosos paquetes de sanciones? Las reacciones internacionales se suceden. Continuará...

Traducción: Merlina Massip.


  1. icj-cij.org/sites/default/files/case-related/192/192-20240126-sum-01-00-fr.pdf 

  2. icj-cij.org/sites/default/files/case-related/192/192-20231228-app-01-00-fr.pdf 

  3. Ver el comunicado del Ministerio de Europa y de Relaciones Exteriores de Francia, o el de la ministra de Relaciones Exteriores alemana, Annalena Baerbock, que se centran en la ayuda humanitaria.