La oficina de certificados de la Corte Electoral en Montevideo abre de 10.00 a 15.00. Ayer, minutos antes de las 10.00 ya había 30 personas haciendo cola para justificar su ausencia ante las urnas el domingo 27 de marzo, cuando se eligieron los directores sociales del BPS. Las personas permanecían de pie en la vereda, a la sombra, soportando los primeros fríos invernales, disconformes con el trámite y con la obligatoriedad del voto.

La ley 16.241, creada en 1992, dispone que las elecciones de los directores representantes de los afiliados activos, pasivos y empresas contribuyentes del BPS son obligatorias para los menores de 75 años incluidos en el padrón electoral. La norma contempla únicamente cuatro excepciones a esa condición: haber padecido de enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le hayan impedido concurrir a votar ese día; haber estado imposibilitado “por razones de fuerza mayor”; hallarse fuera del país durante la jornada electoral; encontrarse domiciliado fuera del departamento en que debe sufragar”.

La oficina de certificados recibe justificativos desde el 25 de abril hasta el 26 de mayo. La semana pasada algunas personas informaron a los concurrentes que sólo se otorgaban 150 números por día, por lo que convenía ir de mañana; sin embargo, desde la Corte se desmintió que esto fuera así, y se indicó que se atiende a todos los que concurran dentro del mencionado horario.

En la vereda

la diaria dialogó con personas que hacían la fila ante la oficina electoral. Un señor, que votaba en el circuito de pasivos, había perdido la credencial y recién en el momento de votar se enteró de que ésta era imprescindible, por lo que fue a la comisaría a tramitar el comprobante de extravío; pero su peripecia no terminaba ahí, puesto que según él, en la Corte le habían informado que el justificativo debía presentarlo antes de cumplirse el mes de la elección, cuando era un mes después, y por eso estaba por segunda vez ante esa oficina.

Unos pasos más adelante se encontraba una señora que hacía la fila por su hija, quien votaba como pasiva por estar en silla de ruedas, pero que ese domingo de marzo estuvo enferma. La señora, quien había votado en dos circuitos distintos, como pasiva (por recibir pensión de su esposo) y como activa, estaba desconforme con la obligatoriedad del voto: “Cuando el candidato es único no vale la pena ir a votar, que se autoproclame y listo”. Además, comentó que tampoco le parecía bien que fuera así para elegir a pasivos: “Qué sabe uno cuál es bueno y cuál no”, cuestionaba. Otra mujer, que residía en el interior y trabajaba entre semana en Montevideo, estaba allí para justificar su no voto por su residencia, dado que había preferido quedarse en su casa ese día; “no me interesaba este tipo de votación”, sintetizó.

Piso cuatro

Mientras esto transcurría en la vereda, adentro, en el cuarto piso sesionaba la Junta Electoral, para hacer una evaluación de la jornada electiva del 27 de marzo.

“Creo que es de general conocimiento toda la desinformación que hubo y la problemática que tuvimos nosotros como Junta Electoral y con los funcionarios que hicieron el triple de trabajo por tener que informar a la ciudadanía”, explicó a la diaria Mary López, presidenta de la Junta Electoral de Montevideo. Se refería a la inclusión o no en el padrón electoral, a los diferentes órdenes por los que debía sufragar y al porte imprescindible de la credencial.

Los 0800 y la web dispuestos por la Corte para consultar los padrones electorales se vieron saturados ese domingo, cuando más de 50.000 personas se dispusieron a consultarlos. Paralelamente, según confiaron fuentes a la diaria, compañías de celulares cobraban cinco pesos para indicar por mensaje dónde se debía votar, pero en lugar de manejarse con el padrón de esta elección lo hacían con el padrón circuital y se movilizó gente que a la que no le correspondía votar.

López expresó: “Nosotros ahora estamos embretados porque hay una posibilidad de que salga una ley [para amnistiar a quienes no votaron] pero todavía no ha salido, entonces en este momento tenemos colas de ciudadanos que quieren justificar su voto y eso quizá no sea necesario, pero por ahora es obligación haber votado. A nosotros lo que realmente nos preocupa son los ciudadanos que hicieron todo el esfuerzo para conseguir su documentación para estar al día, vinieron, hicieron cola y ahora están justificando. Entonces para nosotros es perjudicial de las dos formas, si sale o no sale la ley”.

Proyectos en puerta

Un día después de la elección del BPS, el Consejo de Ministros se manifestó partidario de que cuando haya candidato único (en este caso fue así para activos y empresarios) la elección para esos órdenes no sea obligatoria. Inmediatamente los diputados Fernando Amado (Partido Colorado) e Iván Posada (Independiente) presentaron ante la comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados dos proyectos, cuyo tratamiento fue postergado; hoy serán retomados para medir las fuerzas, porque según explicó a la diaria José Bayardi, presidente de la comisión, el tema “no se ha resuelto en cada bancada”.

El proyecto de Amado propone únicamente la exoneración del pago de la multa “por única vez” debido a la desinformación (señaló la confusión de a qué circuito concurrir) y porque a su entender “el Estado no brindó la organización que tiene que brindar en cualquier acto electoral”, afirmó en diálogo con la diaria.

Posada va más allá y propone modificar la ley 16.241. “Planteo modificaciones en la ley vigente, entre otras la eliminación de la obligatoriedad del voto, facilitar el régimen de presentación de listas, que de acuerdo a lo que establece la ley se requiere una cantidad de firmas que no se les exige a los partidos políticos, y es un obstáculo a la cantidad de candidatos”, explicó el diputado a la diaria. También apunta a que en los órdenes que tengan candidato único no se proceda a la elección. Ronald Herbert, presidente de la Corte Electoral, dijo a este medio que ya se está recibiendo el pago de la multa de aquellas personas que no tienen justificativo. Consultado sobre qué sucede si se vota la exoneración, indicó que la norma debe precisar que afecta a aquellos que ya pagaron, porque en otras ocasiones en que esto ha sucedido, no se le devolvió el dinero a quien pagó la multa previo a la sanción de la norma. El texto de Amado no contemplaba esta demora en el tratamiento de su proyecto, y Posada entiende que el suyo sí, puesto que se derogaría la obligatoriedad. Los trabajadores activos y pasivos que sin justificación no hayan ido a votar deberán pagar 430 pesos uruguayos, que es la sanción económica aplicada en la elección nacional inmediatamente anterior (mayo de 2010), como establece la ley 16.241.

Las empresas deberán pagar de seis a cien Unidades Reajustables, de acuerdo al número de trabajadores que tengan en planilla.