Las primeras Jornadas de Derecho Bancocentralista, realizadas ayer y hoy en el BCU, son un “espacio para debatir” según las palabras del jerarca anfitrión, Mario Bergara.

El sello de hoy

Los instrumentos jurídicos que intervienen en el mercado doméstico son los que se refieren a competencia y consumo. La nueva legislación sobre competencia reglamenta las relaciones entre empresas, con el fin de que los ciudadanos no se vean afectados por prácticas perjudiciales. En este sentido también se aplica la Ley de Relaciones de Consumo, en cuyo marco el BCU actúa como juez entre ciudadanos y agentes, sean éstos bancos, administradoras de crédito o cooperativas financieras. La institución financiera recibe dudas y discrepancias sobre legislación contractual. “Lo que establece un espacio para hacer consultas y denuncias a la luz de las relaciones de consumo, que deben preservar el equilibrio entre las empresas, que suelen ser más sofisticadas, y los ciudadanos, que suelen ser menos sofisticados en materia de análisis contractual de la letra chica”, observó Bergara.

En otro orden y en rueda de prensa, el jerarca aseguró que el gobierno y el organismo a su cargo monitorean constantemente el mercado cambiario. Si bien “en momentos [en] que ha sido necesario se ha intervenido en el mercado cambiario a efecto de reducir la volatilidad”, la acción debe ser comprendida por los agentes del mercado financiero. Celebró el grado inversor otorgado a la deuda uruguaya por la agencia Moody’s, y si bien destacó que el país ya contaba con el aval de los mercados, “el sello importa”. Los fondos de inversión y jubilación, “que por sus propias regulaciones” sólo pueden operar en países con grado inversor, “empiezan a mirar a Uruguay como un mercado positivo”, apuntó Bergara. “Por otro lado, Brasil ha enfriado su crecimiento y ha reducido sustancialmente sus tasas de interés. Antes, cuando crecía más y sus tasas de interés eran altas, era como una aspiradora de capitales financieros de largo plazo en la región”, situación que puede derivar en “que (los inversores) comiencen a ver a Uruguay como un mercado financiero a corto plazo”.

La difusión de las normas regulatorias y leyes promulgadas en los últimos cinco años se presentó como necesaria para la práctica profesional de los especialistas. El trabajo del BCU, según su presidente, se enfocó en la elaboración de nuevas reglas que “modernizaron la infraestructura jurídica”, tales como: Carta Orgánica, Ley de Mercado de Valores, Ley de Sistemas de Pagos, Ley de Defensa de la Competencia, Ley de Relaciones de Consumo y Ley de Transparencia de la Función Pública.

Con relación a los cambios que generó la nueva Carta Orgánica de la autoridad monetaria nacional, Bergara enfatizó que “hay una especificación de las funciones del Banco y una reorganización institucional, tanto en la política monetaria como en la regulación financiera”. En este sentido, el documento se expresa en términos de políticas monetarias y otorga “una forma a la ley en función de la autonomía que la Constitución prevé para el BCU”, así como establece el ámbito de coordinación macroeconómica con el MEF y el Poder Ejecutivo, y aclara “cuáles son los resortes autónomos del BCU para evitar zonas grises”.

El énfasis del concepto incluido en la Carta Orgánica tiene como referencia más inmediata la crisis económica que atravesó el sistema financiero uruguayo. “En la crisis de 2002, entre las enseñanzas que tomamos, no solamente tomamos el tema de especificar mejor las funciones del Banco, sino también especificar mejor quién es responsable de qué decisión en el marco de la política monetaria y de la regulación financiera. Cuando no quedan claros los responsables, la sociedad no tiene claro a quién pedirle cuentas”, puntualizó Bergara. La normativa revisa además “aspectos centrales, como la capacidad de asistencia del BCU como prestamista de última instancia”, así como realiza una “innovación institucional” con la creación de la Corporación de Protección al Ahorro Bancario (Copab), destacó. La modificación de la Copab, aseguradora de depósitos constituida como persona jurídica de derecho público no estatal, recogió reclamos del sistema bancario. “Hubo mucha resistencia para conformarlo en la década de 1990. Terminó haciéndose de manera improvisada en el medio de una crisis”, reconoció el jefe del organismo regulador del sistema financiero, agregando a continuación: “La Carta Orgánica apunta a un diseño más adecuado, tanto desde el punto de vista del asegurador de depósito como de las reglas de decisión en cuanto a intervenciones, funciones, adquisiciones, liquidación y pago de depósitos asegurados”. Reparar en la ausencia de reglas es también una lección aprendida. “También la historia uruguaya, en materia de crisis financiera, nos enseña que, cuando no hay reglas las cosas no se resuelven, porque no es sexy, desde el punto de vista político, cerrar bancos”, analizó.

La incorporación de un capital mínimo al patrimonio del BCU, y la obligatoriedad del Ejecutivo de estar “sistemáticamente velando” por el capital de la institución, también son reglas desarrolladas en la ley sancionada en 2008.