El caso de la niña de cinco años golpeada brutalmente por la pareja de su madre en El Talar, Pando, el sábado, ha sido motivo de comentarios y manifestaciones por el procesamiento sin prisión del hombre y, por otro lado, por el futuro de la niña, la madre y la hermana de siete años, que hasta ayer se encontraban en el hospital (ver ladiaria.com.uy/AF0d). Vecinos, integrantes de la familia materna y de la organización Mujeres de Negro reclamaron frente al juzgado de Pando que se encarcele al agresor. El juez Penal y de Familia que está a cargo del caso, Diego Saravia, dispuso el arresto domiciliario del hombre por un plazo de tres meses, la obligación de someterse a un tratamiento psicológico y/o psiquiátrico por seis meses y la prohibición por tres meses de acercarse al domicilio de la víctima y a los lugares que ésta, su madre y su hermana frecuenten. A su vez, le otorgó la tenencia de la niña a su abuela materna.
Desde varios organismos estatales canarios se sigue el caso con atención; según supo la diaria, la madre está desempleada y no tiene vivienda, por lo que se tratará de ayudarla a conseguir un terreno; ella pidió “chapas y bloques”. Además, se prevé brindar a las niñas atención psicológica por intermedio de una organización sin fines de lucro.
Consultado por la diaria, Saravia explicó que el caso “es bastante más complejo que lo que salió en la prensa”, y se abstuvo de profundizar. Sí aclaró que como el hombre no tenía antecedentes y el delito por el que fue procesado es leve (su pena es de tres a 12 meses de prisión), no se dispuso la prisión preventiva. Ésa había sido la primera vez que el hombre “le provocaba una lesión a la niña, por ende no se constató violencia doméstica”, delito que “exige que la violencia sea prolongada en el tiempo”. “Esto no quiere decir que pueda cambiarse la tipificación con posterioridad”, afirmó.
Por otro lado, sin referirse al caso particular, Carlos Negro, fiscal integrante de la Comisión de Género del Ministerio Público, dijo que el delito de violencia doméstica se pensó para “abarcar las diferentes formas de la violencia de género, pero después no cumplió con tal cometido. En la práctica, una serie de conductas violentas es dejada afuera. Eso hace que tenga una aplicación limitada”. Por eso generalmente se termina procesando por delitos de lesiones, violencia privada, contra la libertad o sexuales.