El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela decidió que asumirá las competencias de la Asamblea Nacional, de mayoría opositora, al considerar que está en “desacato”.

“Mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”, sostiene una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que recoge la agencia de noticias Efe.

La decisión, consigna esta agencia, fue tomada como parte de la respuesta a un recurso de interpretación que presentaron cuatro abogadas.

En el recurso se pidió al Supremo que analizara el alcance de un artículo constitucional y otro de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Estas normas establecen que la constitución de empresas mixtas requerirá la aprobación previa de la Asamblea Nacional. Incluso, la Ley de Hidrocarburos indica que en esta materia el Parlamento podrá modificar las condiciones propuestas o establecer las que considere convenientes, y que cualquier cambio posterior también deberá ser sometido al estudio de la cámara.

El Tribunal Supremo de Justicia resolvió que “no existe impedimento alguno” para que el Ejecutivo cree empresas mixtas e indicó que este deberá informar, no a la Asamblea Nacional, sino a la Sala Constitucional “de todas las circunstancias pertinentes a dicha constitución y condiciones”.

Fue ahí que el Tribunal Supremo subrayó que la cámara, “actuando de facto”, no podrá modificar las condiciones propuestas ni pretender el establecimiento de otras condiciones. El Tribunal recordó que la Asamblea Nacional incorporó a tres diputados del estado de Amazonas cuya investidura fue impugnada, una decisión sobre la cual todavía no ha fallado, y agregó que, mientras se mantenga el desacato, no podrá llevar adelante su actividad legislativa.