La docente Patricia Borda fue procesada por haber cometido el delito de “atentado” durante las protestas que se produjeron el 15 de febrero de 2013, cuando varias personas ingresaron a la sede de la Suprema Corte de Justicia para impedir el acto de traslado de la jueza Mariana Mota de la órbita penal a la civil.

Este delito está definido en el Código Penal de la siguiente forma: “Se comete atentado usando violencia o amenaza contra un funcionario público, con alguno de los siguientes fines: el de impedirle al funcionario asumir la función o tomar posesión del cargo; el de estorbarle su libre ejercicio; el de obtener su renuncia; la prepotencia, el odio o el menosprecio”.

El procesamiento fue decidido por la jueza penal de 8° turno, Blanca Riero, según informó hoy El País. El delito tipificado es que el fiscal penal Gustavo Zubía había solicitado, y aunque este pidió la prisión para Borda, la magistrada desestimó el reclamo.

Hoy Zubía dijo a la radio Carve que tras cuatro años después de su pedido, una jueza le termina dando la razón. Borda ya había sido procesada junto a otros militantes y activistas en noviembre de 2013 por lo ocurrido durante el acto de traslado de Mota, pero por el delito de asonada, que luego fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia.