El fiscal de Crimen Organizado Luis Pacheco desestimó la denuncia presentada por los abogados Gustavo Salle y Enrique Viana respectode las irregularidades del contrato que UPM firmó con el gobierno en noviembre del año pasado.

En su dictamen, Pacheco recuerda que, en lo “sustancial”, la denuncia de estos abogados apuntaba a que “no hubo llamado a licitación”, que “el contrato de inversión proyectado afecta el medio ambiente”; que “la negociación no fue transparente”; que “el contrato afecta la soberanía de nuestro país”; que “la causa del contrato es ilícita pues implica el sometimiento voluntario del Estado uruguayo a una empresa extranjera”; que “se trata de un contrato ‘abusivo, lesivo, leonino, ruinoso, asimétrico, cuasi unilateral’”, y que “Uruguay asume una serie de obligaciones independientemente de que UPM decida finalmente invertir en nuestro país, entre otros fundamentos”.

Pero según el fiscal, ninguna de estas irregularidades alegadas son motivo suficiente como para iniciar una investigación, ya que lo firmado entre Uruguay y UPM es un “contrato preliminar o ‘carta de intención’, sujeto a un ‘acuerdo complementario’, que ha sido firmado en el marco de las disposiciones de la Ley de Inversiones Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, y del Decreto Reglamentario 477/008, de 7 de octubre de 2008”. El fiscal recuerda que la Ley de Inversiones “prevé beneficios especiales a ‘aquellos proyectos o actividades declaradas promovidas en virtud de la importancia de su aporte al proceso de descentralización geográfica de la actividad económica’”.

Como prueba de que se trata de un contrato preliminar, Pacheco resalta que en el punto 4 del documento “se conviene expresamente que se negociará ‘un acuerdo suplementario’”. Además, se estipula que tanto la “declaración final de inversión” por parte de UPM como el “contrato complementario” deberán “verificarse antes del 15 de febrero de 2020”.

“No se vislumbra entonces la existencia de cláusulas que los denunciantes califican como abusivas, leoninas o cuasi unilaterales, por cuanto: es inexacto lo denunciado en cuanto a que ROU [República Oriental del Uruguay] se obliga a llevar a cabo las obligaciones contraídas en el contrato independientemente del Proyecto UPM”, determina el fiscal. Según resumió, “la expresión ‘es intención’ no equivale a la asunción de una obligación por parte del Estado uruguayo”.