La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) emitió ayer su resolución sobre el caso de censura a la murga Cayó la Cabra por parte de la empresa Tenfield en el canal VTV. Durante la liguilla del Carnaval 2018, VTV alteró el orden habitual para postergar la transmisión de la actuación de Cayó la Cabra y no entrevistó a sus integrantes, como hace usualmente. Este verano, la murga dedicó parte de su espectáculo a hablar sobre el conflicto por los derechos de televisación entre los jugadores de fútbol del movimiento Más Unidos Que Nunca y Tenfield.

La INDDHH actuó de oficio en este caso y ayer aprobó la resolución, a la que tuvo acceso el programa Todo pasa, de Océano FM. Allí concluye que VTV discriminó a Cayó la Cabra por sus críticas a Tenfield, en lo que implica “una amenaza para el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de las audiencias a recibir información de interés público”.

“Si bien el medio de comunicación posee libertad editorial para definir el contenido y orden de su programación, cuando estas definiciones se realizan para evitar que la mayoría de la audiencia pueda ser informada sobre un espectáculo determinado debido a que el mismo puede incluir aspectos que le molestan al medio, se afecta ilegalmente el derecho de las personas a recibir información de interés público”, indica la resolución. Además, agrega que “este derecho se afecta aún más en situaciones como esta, donde la empresa posee los derechos exclusivos sobre la transmisión de esa información”.

En su resolución, la INDDHH advierte que la decisión de VTV no sólo constituye “un hecho discriminatorio” hacia Cayó la Cabra, sino que también “opera como forma de represalia y censura para que ni este ni otro grupo cometan conductas similares en el futuro”, de forma tal que se transforma en una “presión indebida” con la intención de “inhibir críticas” y en una “amenaza el ejercicio de la libertad de expresión”.

Como medidas reparatorias, la INDDHH recomienda a los titulares de VTV que lean públicamente las conclusiones de su resolución “en todos los espacios informativos de su programación”, que se redacte un “código público de normas éticas o de conducta profesional” y que se designe a un defensor de la audiencia.