Art. 503. La Institución Nacional de Derechos Humanos pasará a llamarse Institución Nacional Marxista Leninista del Rencor y la Promoción de la Discordia entre los Orientales. Los cargos de dirección serán designados por el Partido Comunista, el Movimiento de Participación Popular, el PIT-CNT y Plenaria, Memoria y Justicia. A sus competencias existentes se sumará la de estimular los ataques a la propiedad privada.

Art. 504. Se elimina la Institución Nacional Marxista Leninista del Rencor y la Promoción de la Discordia entre los Orientales.

Art. 505. Se autoriza a las carnicerías a elaborar en sus instalaciones salchichita parrillera, chimichurri, pamplona de pollo, pamplona de cerdo (siempre y cuando el morrón utilizado en su elaboración sea rojo y/o amarillo) y morcilla salada.

Art. 506. Se prohíbe a las carnicerías elaborar en sus instalaciones morcilla dulce.

Art. 507. Se prohíbe en todo el territorio nacional la elaboración de morcilla dulce.

Art. 508. Se dispone el sorteo anual de tres bancas en la Cámara de Senadores entre los integrantes de la Asociación Rural del Uruguay (ARU) que tengan su cuota al día. El sorteo se realizará en la cena de fin de año de la ARU.

Art. 509. Se establece la relatividad del problema del lavado de dinero en Uruguay, pasando a ser obligatorio analizar detenidamente los pros y los contras de esta actividad antes de emitir juicios apresurados.

Art. 510. Se eliminan los montos máximos para las transacciones en efectivo. La utilización de efectivo o métodos electrónicos quedará a criterio de los involucrados en la transacción, en consulta con el resto de los miembros del cartel al que pertenezcan.

Art. 511. Se crea la Sala de Control de la República, que funcionará en la Torre Ejecutiva y estará equipada con tres perillas que determinarán los énfasis de las distintas políticas públicas. Solamente podrán operar estas perillas el presidente de la República y el arzobispo de Montevideo.

Art. 512. Se crea el Consejo Consultivo para el Tratamiento de Noticias en los Medios Públicos, que estará integrado por un número de miembros mayor a cero y menor a dos. Con el objetivo de garantizar el balance y la pluralidad de opiniones en los medios públicos, las decisiones del Consejo serán tomadas por mayoría simple.

Art. 513. Se elimina el Día del Trabajador Rural y en su lugar se crea el Día del Empresario que le Da Trabajo al Trabajador Rural. Ese día todos los trabajadores rurales deberán ofrendarle un hijo a su empleador. En caso de no tenerlos o de que se le hayan acabado, el trabajador podrá ofrendar algún órgano de su cuerpo, quedando a su cargo el costo de la intervención quirúrgica.

Art. 514. Se aumenta a 230 el número de casos aislados que puede albergar un partido político. Aquellos partidos que superen este tope deberán dividirse en dos colectividades diferentes. Al momento de concretarse la división, el contador para cada uno de los nuevos partidos volverá a cero. A modo de promoción, los partidos que se dividan antes de fin de año recibirán un crédito de 20 casos aislados para utilizar de aquí hasta que finalice la presente administración.

Art. 515. Se establece el 25 de enero como el Día de Homenaje a la Memoria de Edgardo Novick. Ese día, los shopping centers y comercios ubicados en avenidas importantes permanecerán abiertos durante 24 horas y los empleados de estos establecimientos cobrarán la mitad de su salario.

Art 516. Se crea la Comisión Honoraria de Lucha Contra el PIT-CNT, que tendrá como cometido el relevamiento, el archivo y la difusión de los editoriales y columnas de opinión sobre la central sindical publicados en El Paísy El Observador. Esta comisión estará encargada, además, de publicar un anuario con estos textos. Las ganancias por la venta del anuario serán donadas a la Liga de Empresarios Asfixiados por el Costo del Estado.

Art. 517. Se prohíbe la realización de memes en los que el ministro del Interior, Jorge Larrañaga, aparezca como el Jefe Gorgory. La pena para quien incumpla esta norma consistirá en dos semanas sirviéndole café y donas al ministro Larrañaga.