En marzo el Tribunal de Apelaciones decretó la prisión preventiva de dos colonienses que habían sido formalizados sin prisión por el juez penal de Colonia, Andrés Hernández. Las resoluciones de primera instancia fueron apeladas por la fiscalía y la defensa de las víctimas.

El 4 de marzo se conoció la primera revocación del Tribunal de Apelaciones a la sentencia impuesta en el Juzgado de Colonia a un imputado por abuso de menores; correspondió al caso de una niña que fue abusada por su padre biológico desde que tenía cuatro años.

El lunes 15 el Tribunal de Apelaciones también emitió una resolución similar en el caso de un joven que tiene 17 años y que padeció abusos sexuales por parte de su hermano biológico desde que tenía cinco años.

La defensora de este joven, la abogada Agustina Durquet, valoró ambas resoluciones del Tribunal de Apelaciones como “hechos muy importantes, que sientan precedentes”. La abogada explicó a la diaria que estaba instalada “una práctica jurisprudencial que no se otorgara prisión preventiva en estos casos, pero con la modificación del Código del Proceso Penal se modificó”.

Durquet recordó que “para dictar prisión preventiva, hay que probar el peligro de fuga, el entorpecimiento o el riesgo para la víctima”, y que “en la última reforma que tuvo el Código del Proceso Penal, en determinados delitos -cerca de una docena, entre ellos el abuso sexual- se estableció que se presumen esos peligros, por lo cual correspondería dar la prisión preventiva”.

La abogada aclaró que esa reforma no había sido puesta en práctica cuando se solicitó la formalización del imputado, “por lo cual había que acreditar y probar esos tres elementos para que se otorgara la prisión preventiva”.

“De todos modos, no hay prácticas jurisdiprudenciales que otorguen la prisión preventiva para este tipo de delitos, y eso es algo que ocurre a nivel nacional y no sólo en Colonia”, agregó.

De ese modo, las sentencias del Tribunal de Apelaciones para esos casos registrados en el departamento de Colonia “establecen un precedente judicial”. “Es muy importante lo que ha ocurrido con estos casos, porque no se estaba otorgando prisión preventiva para este tipo de delitos”.

Durquet dijo que “en el inicio del proceso de este tipo de casos, los jueces resuelven el distanciamiento o la colocación de tobilleras”, más allá de que la mayoría de los casos culminan con “una muy probable condena de prisión” de los responsables de estos delitos.

Los detalles del proceso

El pronunciamiento del Tribunal de Apelaciones conocido a principios de marzo está relacionado con el caso de una niña que fue abusada por su padre biológico desde que tenía cuatro años.

En este caso, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de Colonia, a cargo de Hernández, aceptó la formalización de una investigación sobre una persona por reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravados, aunque negó el pedido de prisión preventiva solicitado por la fiscal Eliana Travers.

La fiscal afirmó que en este caso correspondía la medida cautelar de prisión preventiva debido a que existía peligro de riesgo para las víctimas, entorpecimiento de la investigación y el riesgo de fuga.

Sin embargo, el juez actuante decretó la prohibición de acercamiento y comunicación con las víctimas durante 180 días, el cierre de fronteras y la colocación de un dispositivo electrónico a lo largo de ese período. Además, el juez prohibió al imputado concurrir al departamento de Colonia una vez que se concretara su anunciada radicación en Canelones.

La fiscal Travers presentó un recurso de apelación al dictamen judicial, señalando que el imputado imponía temor a la familia de la víctima.

En este caso, el Tribunal de Apelaciones, conformado por los ministros José Balcaldi, Daniel Tapié y Ricardo Miguez, hizo caso a la petición de Travers y decretó la prisión preventiva al imputado.

“La solución propuesta en la sentencia resulta de tal complejidad que termina revelando que algo anda mal en su pertinencia. Existe una duda muy importante en relación al estricto cumplimiento de las medidas tendientes a garantizar la seguridad de la víctima frente a la denuncia de hechos de extrema gravedad”, señala la sentencia.

El documento añade que “a juicio de la sala la cuestión no puede saldarse en beneficio del justiciable sino de la víctima, porque lo que se considera que no es incumplimiento se debe a que se toma como justificado el retiro del dispositivo para realizar deportes acuáticos o porque viven en un lugar pequeño. Pues bien, frente a una gravísima imputación ello no resulta admisible porque significa que pueden ocurrir múltiples situaciones incontrolables que dependen exclusivamente del sospechoso, lo que no puede aceptarse”; “la prisión preventiva se verifica como la única eficaz para evitar la ocurrencia de los riesgos procesales esgrimidos”.

En tanto, el lunes 15 el Tribunal de Apelaciones decretó la prisión preventiva para un hombre mayor de edad imputado por abusos sexuales de un menor de edad, hermano biológico por línea materna.

Esta investigación se inició en 2019 a partir de una denuncia anónima a la línea Azul (0800 5050) de INAU, que recibe denuncias anónimas relacionadas a la vulneración de derechos de los menores de edad. La abogada defensora, Agustina Durquet, relató a la diaria que “la denuncia anónima realizada por un tercero daba cuenta del abuso a un menor, desde que tenía uso de razón, por parte de un integrante de su familia”. “INAU intervino con equipo de psicólogos y trabajadores sociales, toman contacto con parte de esa familia, y el resultado de eso determina que INAU realiza un informe que es derivado al juzgado y a la fiscalía”.

La investigación tuvo idas y vueltas debido a “las trancas” aplicadas por la familia de la víctima y del acusado. “Hubo circunstancias externas que provocaron la paralización, porque parte de la familia no quería que se avanzara en la investigación, hasta que en determinado momento la víctima decide hablar y pide ser escuchada, por lo cual el menor declara. Luego de terminar toda la investigación, se logran los elementos suficientes por parte de fiscalía para pedir la formalización de dos personas: una por delitos reiterados de abuso sexual especialmente agravados, y la otra persona [la madre de la víctima y el victimario] fue formalizada por un delito continuado de omisión de los deberes inherentes a la patria potestad”.

La fiscal y la defensa del menor solicitaron “medidas cautelares ya que había posibilidades que la investigación se frustrara en relación a testigos y personas vinculadas al imputado”. No obstante, en febrero de este año el juez letrado de Colonia “deniega la prisión preventiva”. Frente a esa resolución, “tanto la fiscalía como la defensa de la víctima presentamos un recurso de apelación no a la sentencia sino a la falta de prisión preventiva, y el Tribunal de Apelaciones entendió que teníamos razón, que estaban todos los elementos dados para una prisión preventiva”, valoró Durquet. Así las cosas, el imputado, de 26 años, deberá aguardar en prisión preventiva el proceso.

Durquet explicó que la víctima “quiere que la situación se difunda, porque él sintió mucho miedo, y es común que a las víctimas no les crean [...] Me ha dicho que el mayor daño que se le provoca a una víctima es vivir estas situaciones en silencio y más cuando son menores, que no tienen otra posibilidad que exteriorizarlo con la familia, y cuando estas situaciones se dan a nivel intrafamiliar, muchas veces no tienen escapatoria”.