Y llegó un día en que, contra nuestras expectativas, la Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (DGSA-MGAP) emitió su fundado veredicto respondiendo a la denuncia de un grupo de vecinos de Riachuelo, Colonia, y a la visibilidad que le dieron algunos medios de comunicación, líderes políticos y ediles departamentales.

Se constató que, por negligencia, habíamos sido fumigados con un insecticida llamado Triflumurón (prohibido en la Comunidad Europea desde 2011 pero habilitado y de venta libre en Uruguay); que había habido “deriva” más allá del campo de cultivo de maíz transgénico (o sea que el viento lo movió y pulverizó campos y casas aledañas) y se habían incumplido los decretos y normativas respecto a las fumigaciones aéreas. Nos habían envenenado, no éramos unos loquitos sueltos agitadores.

Cuando inspeccionaron in situ, el tóxico permanecía en los campos vecinos después de veinte días de lluvias intensas. Dicen algunos sitios de internet que dicho insecticida es de toxicidad baja para insectos (no hablan de humanos), pero si se lee la etiqueta del producto, uno se asusta: “No inhalar el producto y no exponerse a la neblina de la pulverización. No aplicar contra el viento. No aplicar en presencia de niños, personas en general y animales domésticos. Después del trabajo, lavar prolijamente con agua todas las partes del cuerpo expuestas al producto. En aplicación aérea usar traje de protección completo. Sacar la ropa contaminada y lavarla separadamente de la ropa de casa”. Aparentemente, tan inocuo no es.

La notificación ministerial, si bien habla de incumplimiento de la ley, no menciona las sanciones decurrentes. En el caso que las hubiera, pueden ser solo un apercibimiento, o bien una multa o un decomiso. En dicho caso, lo recaudado por la multa se distribuye entre los funcionarios actuantes y otro personal involucrado del Ministerio.

Quizás sea un buen incentivo para que los mismos procedan correctamente, pero cabe la pregunta sobre si no debieran también ser beneficiarios los propios afectados. ¿Y si no hay sanciones? Es lo que comúnmente se llama “un saludo a la bandera”. El departamento jurídico del Ministerio es el que ahora tiene la palabra.

Otra historia es el vuelo del avión de la empresa fumigadora. Vino desde Rivera hasta Colonia, cargó su producto en el aeropuerto internacional de Laguna de los Patos (o en Rivera mismo), decoló y sobrevoló la zona fumigando. Volvió al aeropuerto, recargó su veneno y voló otra vez.

Pero resulta que su registro de aplicador, otorgado por el MGAP, estaba vencido. ¿Nadie se lo pidió en ningún lado para verificar? Cuando vamos a viajar de avión, lo primero que nos piden es el pasaporte. Si no es válido, descartado inmediatamente de embarcar. Cuando viajamos en vehículo y la policía nos detiene lo primero que solicitan es la licencia para conducir. Si no es válida, decomisan el vehículo y andá a cantarle a Gardel.

Parece que no es igual con los aviones. Y si tuvieran un cargamento de cocaína, ¿pasaría lo mismo? Creo que la autoridad de aeropuertos, DINACIA, debería dar una explicación aún cuando nadie se la solicite. Y la empresa fumigadora ¿debería ser autorizada a seguir operando? Finalmente, cabe la mención a otros organismos públicos que se han involucrado en el tema: la Intendencia de Colonia a través de la Dirección de Planificación y Ordenamiento Territorial, las instituciones (cooperativas de productores, INIA, intendencia, gobierno nacional, técnicos) que se reúnen para acordar protocolos, la Junta Departamental. Han tomado el tema, según dicen, pero poco han avanzado “debido a la pandemia”.

La gran excusa. Sin embargo, las fumigaciones no pararon. Parece que “la política” va bien atrás de los acontecimientos y que a los ciudadanos solo les cabe seguir denunciando y protestando con la esperanza de que algún día despierten, o termine la pandemia.