El Juzgado de Familia de 24º Turno se expidió este jueves acerca de la acción de amparo presentada por familiares de una de las víctimas del esquema de abusos de menores investigada en la Operación Océano. Según sus representantes, la obra de teatro Muñecas de piel, con estreno previsto para esta misma noche, contenía elementos que permitirían identificar a una víctima, fallecida, lo que constituiría una violación de sus derechos.

Marianella Morena, autora y directora de la obra, había dicho a la diaria que no había accedido a datos personales de la menor, más allá de su nombre de pila. “Los datos que yo tengo son de dominio público y los encontrás en internet. Vos ponés ‘Operación Océano’ y aparece todo”. Debido a una aproximación anterior, el nombre había sido retirado de la cartelería y del texto. “Están pidiendo el libreto; eso es censura previa. No hay casos desde la apertura democrática de que te pidan un libreto o quieran ir a un ensayo”, manifestó.

Del otro lado, una de las abogadas de la familia, Lucía Fernández Ramírez, aclaró que no querían impedir la realización de la obra, sino que se montara “sin que se vulneren derechos ni se utilice información de las víctimas sin consentimiento directo de su familia”.

Y agregó: “Todo lo que se haga que coloque el foco en las víctimas y que tienda a revictimizarlas está perpetuando la vulneración”.

Después de escuchar a las partes, la jueza letrada María Álvez Marquisá concluyó que “no se han verificado las condiciones para el ejercicio de la acción” de amparo. Explicó que los derechos de los padres de la joven “se extinguieron con la muerte de su hija y no les fueron retransmitidos, por no poder serlo”.

“No existiendo el sujeto de interés, no existe un derecho que tutelar en el marco de las disposiciones contenidas en el Código de la Niñez y la Adolescencia en vía de amparo, lo que se traduce en ausencia de interés como elemento de la pretensión y requisito procesal referido al derecho de fondo y de legitimación para pretender”, alegó.

Al carecer los demandantes de legitimación, “no corresponde ingresar a las restantes consideraciones formales ni al mérito del asunto”, por lo que desestimó la acción de amparo.

Luego de conocerse el fallo, las abogadas de la familia emitieron un comunicado en el que dijeron que la Justicia “resolvió no hacer lugar al amparo por una cuestión formal”. En la vía procesal elegida, los padres no estaban habilitados a reclamar en nombre de su hija fallecida. “No tuvo lugar un análisis de fondo del asunto. No se estudiaron los derechos en juego planteados en forma válida por ambas partes”.

“Que el amparo no haya tenido lugar no significa que la Justicia haya ‘habilitado’ el espectáculo, porque de hecho nunca se pidió que la obra no se realice. Lo único que se pidió es que no hayan datos asociables a la víctima fallecida”, escribieron.

Muñecas de piel finalmente se estrenará este jueves a las 21.30 en la sala Hugo Balzo del Auditorio Nacional del Sodre. La obra irá hasta el 8 de agosto.

Apoyos

En un comunicado difundido horas antes de conocerse el fallo, la Sociedad Uruguaya de Actores (SUA) había manifestado su apoyo a quienes integran el espectáculo y “ratifica su compromiso en la defensa de la libertad creativa y de comunicación, rechazando toda forma de censura que pueda limitar nuestro trabajo”.

Para SUA es “inconcebible” como artistas “cualquier medida que implique una injerencia del Estado o de privados, que limite el normal desarrollo de nuestro arte”. En el texto también manifiestan su solidaridad “con las víctimas y sus familiares”, siendo conscientes de que ese es el espíritu de todas las personas involucradas.

Del otro lado, la Red de Abogadas Feministas del Uruguay apoyó “a las colegas que presentaron Acción de Amparo contra la obra de teatro que manifiesta expresamente basarse en la ‘Operación Océano’”.

En un texto compartido en su cuenta de Instagram, agregan que dicha investigación “está actualmente en curso y se puede ver entorpecida por la exposición de la mencionada obra teatral”.

“Entendemos que las expresiones artísticas no pueden prevalecer sobre derechos y principios fundamentales, como la prohibición de la revictimización, el respeto a la dignidad e intimidad de las víctimas y sus familias, así como la obligación de garantizar la confidencialidad y privacidad de los datos de las menores involucradas”, agregaron. “No es censura, es no revictimizar”.