Un análisis sobre el Memorando de Entendimiento en Materia de Cooperación Industrial firmado entre el Ministerio de Industria uruguayo y su contraparte china, el Ministerio de Industria y Tecnologías de la Información
En este artículo continuamos analizando algunos de los instrumentos bilaterales olvidados que están vigentes con China y que suponen menores dolores de cabeza en relación al TLC -y que obviamente no son excluyentes-. En este caso, el foco del análisis estará puesto sobre el Memorando de Entendimiento en Materia de Cooperación Industrial (MOU por sus siglas en inglés) entre el Ministerio de Industria, Energía y Minería de Uruguay (MIEM) y su contraparte china, el Ministerio de Industria y Tecnologías de la Información (MIIT). Este memorando fue firmado y entró en vigencia el 18 de octubre de 2016. Dado que cuenta con una vigencia de cinco años, y que se renueva automáticamente por tres años más, este instrumento rige hasta octubre de 2024.
Si bien es un instrumento de “menor porte” en comparación con el que analizamos en la edición anterior de este suplemento (el Convenio Marco entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma de China),1 brinda herramientas para abordar una de las áreas en las que debemos profundizar desde la perspectiva del modelo de desarrollo productivo.
Uno puede cometer el error de asociar la palabra industria con industria pesada, esa industria fabril, a veces contaminante, que no encaja con la forma en que nos entendemos desde el “Uruguay Natural”. Debemos recordar que el término industria es bastante abarcador, y puede incluir áreas en las que sí tenemos interés en desarrollar (a la luz de los lineamientos industriales de los últimos años y también de los indicadores que surgen de la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones), donde justamente este instrumento promueve el fomento de la cooperación y la inversión.
Resulta interesante destacar que este MOU nace de uno anterior, que fue firmado por ambas partes en el año 2013, y que refiere a la cooperación en materia de información y comunicaciones. De esta manera, podemos identificar una continuidad en la forma en que firmamos acuerdos con China entre contrapartes que ya cuentan con un buen vínculo, como sucede en los casos del MIEM y el MIIT. Más aun, fue en el marco de la firma de estos instrumentos que Uruguay y China declararon el inicio de su Asociación Estratégica (nivel de relacionamiento bilateral, de lo que hablaremos más adelante).
Y es sobre esta base que emerge este instrumento, con el objetivo de “llevar adelante intercambios en industria y cooperación, consistentes con las leyes nacionales, reglamentos y normas de ambos países”, es decir, no con cualquier industria que no se adapte a nuestras reglas de juego. En ese sentido, cuando analizamos el alcance de la cooperación que surge al amparo de este instrumento, encontramos que es posible sacar bastante provecho en industrias que sí nos puede interesar desarrollar, ya que se incluyó el intercambio en las siguientes áreas:
» Desarrollo e implementación de leyes, reglamentos y políticas relacionadas al desarrollo industrial.
» Desarrollo de políticas para parques industriales, parques de alta tecnología y casos de éxito.
» Políticas y prácticas de mejoramiento de cadenas de valor.
» Políticas y experiencias en la promoción del desarrollo de sectores de alta tecnología.
» Políticas de incentivos para la innovación tecnológica, comercialización y logros de I+D y transferencia de tecnología.
» Políticas de incentivos para estimular el desarrollo convergente de la industria y tecnologías de la información, y promoción de la mejora de la infraestructura industrial.
» Apoyar a la inversión en ambas direcciones y promover diálogos sobre políticas relacionadas, oportunidades de inversión y proyectos clave.
» Otras áreas de cooperación acordadas entre las partes.
Si bien el alcance es bastante extenso, se enfoca mayormente sobre la dimensión de la tecnología, donde podríamos sacar importante provecho. Y no sólo a partir del intercambio de experiencias y transferencia tecnológica, sino también en inversiones dentro del rubro, un partido que, como está más que claro, se está jugando a nivel mundial y que muestra avances acelerados por parte de China, que cada año asigna más inversión a la I+D en relación a su PIB, y que además cuenta con un incipiente proceso de internacionalización de sus empresas con interés de invertir fuera del país.
Durante los siete años que viví allí noté que, si bien hubo un período donde casi no existían empresas interesada en invertir afuera en este sector, la situación cambió rápidamente sobre el final. En efecto, recibí consultas de inversión de empresas de software, aceleradoras y capitales de inversión. Imaginemos lo que podría suceder si a este incipiente interés le sumamos una adecuada implementación de lo que está previsto por este instrumento, apalancados en el apoyo institucional y de actores privados. ¿Podríamos atraer alguna inversión china en este rubro tan importante? Yo creo que sí.
Ahora bien, resta preguntarnos cómo se podría materializar ese apoyo, y eso es algo que también está incluido de forma directa e indirecta por el marco que establece este instrumento. A este respecto, en lo que refiere a las formas de cooperación, el propio texto establece las siguientes consideraciones:
» Intercambio de visitas y delegaciones.
» Intercambio de expertos y visitas técnicas de ambos países.
» Organización de seminarios conjuntos.
» Promoción de la cooperación entre empresas industriales, especialmente en sectores de alta tecnología.
» Promoción de intercambios entre expertos de instituciones de investigación.
» Otras formas de cooperación acordadas entre las partes.
A la luz de lo anterior, podemos pensar un escenario en el que la parte firmante por el lado uruguayo convoca a empresas interesadas, que cuenten con proyectos o intereses concretos, y la parte firmante por el lado chino convoca a empresas interesadas en esos proyectos o intereses. Luego se realiza un seminario con un posterior matchmaking, y se establece un primer vínculo entre empresas de ambos países. ¿Esto va a suponer una lluvia de inversiones? Difícilmente, dado que la forma de hacer negocios por parte de los chinos requiere establecer un mínimo de confianza. ¿Se puede establecer con esto ese mínimo de confianza, de forma de darle pie a futuras iniciativas? Sin dudas.
De hecho, este tipo de intercambios tuvo lugar con cierta frecuencia en el mundo prepandemia, como atestiguan los archivos fotográficos y de intercambio presentes en los sitios de las partes relevantes de ambos lados. Lamentablemente, pandemia mediante, parecería ser que este tipo de intercambios, así como las herramientas que brinda este instrumento, quedaron en el olvido. Sería positivo para esta industria, que además genera puestos de trabajo de calidad y alto valor agregado, reactivar estas instancias y avanzar en la implementación de este instrumento, aún de forma virtual, como lo hacen otros países.
En ese sentido, Uruguay cuenta con actores de larga trayectoria que pueden acompañar y apoyar este proceso de forma de cristalizar la implementación de este instrumento. Destaco entre ellos a la Cámara Uruguaya de Tecnologías de la Información (CUTI), a la Cámara de Comercio Uruguay-China, a Uruguay XXI y también a nuestros equipos diplomáticos en China, que tanto esfuerzo han hecho a lo largo de estos años para generar sinergias bilaterales.
Ismael Santana, licenciado en Política Internacional, Universidad Renmin de China. Es traductor de español-chino certificado por el Ministerio de Recursos Humanos de China y se especializa, dentro del área académica, en la investigación de la inversión extranjera directa china en el exterior y en las dificultades inherentes al proceso de inversión en Latinoamérica.