Este es el cuarto año consecutivo en el que la base de prestaciones y contribuciones (BPC) se actualiza a partir del índice medio de salarios (IMS). Entre 2012 y 2020 el ajuste se hacía con base en el índice de precios del consumo (IPC), y el cambio que impulsó este gobierno generó críticas de la Organización Nacional de Jubilados y Pensionistas del Uruguay, dado que la BPC determina los mínimos y las franjas para el impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF) y el impuesto de asistencia a la seguridad social (IASS).
En un decreto publicado este miércoles por el Poder Ejecutivo, la BPC se fijó en 6.177 pesos, o sea, 9,13% por encima de los 5.660 pesos de 2023. Luego de este ajuste, no obstante, se reafirmaron las posiciones contrarias a la actualización por el IMS. El economista Braulio Zelko subrayó que “en una lógica de tributación directa es importante ajustar por IPC”, dado que de este modo cuando “los ingresos reales crecen, la tributación directa aumenta, y cuando los ingresos caen, también cae la tributación directa”.
Durante este período de gobierno, en años de caída del salario real, Zelko señaló que “haber cambiado el criterio del ajuste lo que hizo fue que los trabajadores pasaban a ganar menos, mantuvieran la misma presión fiscal que tenían previamente, pero con salarios más bajos”. Teniendo en cuenta que seguramente continúe el proceso de recuperación salarial, que el gobierno mantenga este indicador “lo que hace es congelar la presión fiscal que ya traía de los años anteriores”, indicó el economista.
Las nuevas franjas del IRPF luego de los ajustes
Dado este cambio, el mínimo no imponible del IRPF, que son actualmente 7 BPC, pasará de 39.620 a 43.239 pesos. Esto significa que quienes tengan sueldos nominales menores a 43.239 pesos no tributarán IRPF.
La primera franja irá ahora hasta los 61.770 pesos, con una tasa de 10% sobre el monto, que supera el mínimo no imponible. La última franja de este impuesto, que comprende los ingresos superiores a 710.355 pesos tras la actualización de la BPC, paga 36% por concepto de IRPF.
El mínimo no imponible se actualiza también para los contribuyentes que toman la decisión de aportar el IRPF como núcleo familiar. Actualmente, si los dos integrantes del hogar perciben más de un salario mínimo nacional mensualmente (22.268 pesos), el mínimo para este impuesto equivale a 14 BPC, ahora 86.478 pesos. Si sólo uno de los integrantes del núcleo factura más de un salario mínimo nacional, el umbral de aportes es 8 BPC mensuales.
En lo que tiene que ver con el IASS, la modificación del mínimo no imponible lo deja en 55.593 pesos. Vale recordar que en este valor impacta también la modificación del mínimo, que empezó a regir a partir de este mes y es de 9 BPC, mientras que anteriormente era de 8 BPC. El primer tramo va desde los 55.594 pesos a las pasividades de 92.655 pesos y se le grava una tasa de 10%.
La actualización de la BPC impacta también en las jubilaciones, ubicadas en 3,05 BPC. Concretamente, pasarán de 17.263 a 17.839 pesos.