Este jueves, el ministro del Supremo Tribunal Federal (STF), Alexandre de Moraes, negó la solicitud de viaje del expresidente brasileño Jair Bolsonaro para poder asistir a la toma de posesión de Donald Trump, a celebrarse el próximo lunes 20 de enero en Washington DC.

Desde el pasado febrero, el exmandatario tiene el pasaporte retenido, en el marco del caso que investiga la existencia de una organización criminal que promovió un golpe de Estado en 2022. Por tanto, su presencia en el acto estaba sujeta a la aprobación de la Justicia brasileña.

Moraes siguió la opinión de la Fiscalía General de la República, que defendió el rechazo porque implicaría sólo un “interés privado”, informó Globo. En sus redes sociales, tras conocerse la noticia de la invitación, Bolsonaro compartió un video en el que expresó lo feliz que estaba por asistir y afirmó: “Estaré representando a los conservadores de la derecha, el bien del pueblo brasileño en Estados Unidos, si Dios quiere”.

La semana pasada, el expresidente presentó al STF la invitación a la ceremonia de investidura y solicitó la autorización. Moraes pidió pruebas de la invitación, ya que sólo se trataba de un correo electrónico. El lunes, la defensa de Bolsonaro dijo al ministro que la invitación era el propio correo electrónico, que provenía de una dirección utilizada por la organización del evento.

Por su parte, Moraes alegó que la defensa no había obedecido a la orden, “porque no se había adjuntado al expediente ninguna prueba que demostrara la existencia de una invitación del presidente electo de Estados Unidos”, consignó el medio citado.

El ministro también resaltó que en el proceso de investigación sobre la trama golpista “varios de los investigados comenzaron a salir del país, bajo las más variadas justificaciones (vacaciones o descanso), como en el caso del expresidente Jair Bolsonaro”, y en base a ello se les impuso una medida de prohibición de salida del país, además de la entrega de sus pasaportes.

“El viaje deseado tiene por objeto satisfacer el interés privado del demandante, que no es esencial. No hay pruebas en la solicitud de que el viaje al extranjero satisfaga algún interés vital del solicitante, capaz de pesar más que el interés público que se opone a la salida del país del solicitante”, dijo el fiscal general.