En cuatro artículos, el Poder Ejecutivo pretende crear una sección específica en el Archivo General de la Nación para hacer públicos todos los archivos de la última dictadura cívico-militar y que sean de libre acceso para la población, aunque asegura que mantendrá en reserva los datos vinculados a la vida privada de las personas, en el marco de la Ley de Protección de Datos Personales.
El proyecto también da la potestad a los ministerios de Defensa Nacional y Educación y Cultura, así como a la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento, de regular no sólo la ley, sino también instrumentar “los mecanismos necesarios para la publicación en línea de los contenidos no definidos como reservados”. Para habilitar que desde el Ejecutivo se pueda hacer esto es que durante su aprobación en el Senado se agregó un quinto artículo que deroga la ley de creación del Archivo Nacional de la Memoria (18.435), una estructura de “nula actividad”, según la propia exposición de motivos.
Ahora, el articulado está en la Cámara de Representantes, concretamente en la Comisión de Educación y Cultura, que este miércoles recibió una tercera tanda de delegaciones, luego de que en las dos sesiones anteriores concurrieran el ministro de Defensa, Javier García, y la asociación de ex presos políticos Crysol.
Según contó el diputado frenteamplista Agustín Mazzini a la diaria, la discusión que atravesó toda la reunión se centró en “la calidad y el contenido de los archivos”, lo que “también hace a cuál es el rol del Estado de cómo se cautelan estos archivos”, además de la veracidad que puedan tener.
“Estos archivos, de alguna manera u otra, va a haber que intervenirlos, porque la publicación así en crudo es imposible”, agregó Mazzini. La preocupación pasa, entonces, porque “no queda claro hasta dónde llega la tijera en el recorte y en la intervención” de los archivos, más allá de la protección de datos personales prevista.
El presidente de la comisión, el nacionalista Miguel Irrazábal, dijo a la diaria que, a su entender, los datos personales “están protegidos” por el mismo texto de la ley. Al mismo tiempo, “el artículo tercero explica que los ministerios instrumentarán los mecanismos necesarios para la publicación”, por lo que “hay amparo, no solamente acá, sino en otras leyes”, aseguró, y manifestó su deseo de que el proyecto se vote en comisión “el miércoles que viene”.
Los planteos del Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República fueron por los mismos carriles que los del Frente Amplio (FA). De acuerdo a lo que comentó a la diaria su director, Daoiz Uriarte, se entregó “un informe completo”, además de “una propuesta” del instituto que sugiere consultar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre cómo “solucionar ese equilibrio difícil entre el derecho a la intimidad y la libertad de información”.
Más allá de esta sugerencia, para Uriarte y el instituto, hay “tres aspectos importantes” respecto del proyecto. Primero, que “todavía hay causas pendientes ante la Justicia” y que estos archivos podrían “contener cosas que serían de interés para las causas que se están tramitando actualmente”. El planteo del instituto para sortear esto es que “antes de habilitar públicamente algunos de esos archivos se consulte en un plazo razonable al fiscal especializado en delitos de lesa humanidad”, Ricardo Perciballe, para que dé el visto bueno.
El segundo aspecto, según Uriarte, tiene que ver con la capacidad de reglamentar e instrumentar esta potestad que se le da al Poder Ejecutivo, que, entendió, es muy “discrecional”. “Procesar los archivos no es una cosa sencilla y en la Ley 18.435 había una comisión integrada por varias personas en la que se definía lo que era un documento y cuáles eran los pasos para llegar a publicar algún tipo de archivo”, lo que ahora queda a merced “de una reglamentación que no sabés lo que va a contener”.
Por último, y atado a las preocupaciones que hay en la bancada del FA, el jurista señaló que “en esos archivos hay cosas que violentan derechos básicos establecidos en la Constitución; si estuviéramos en democracia y a alguien lo torturaron para sacar una confesión, esa confesión es absolutamente nula”, además de actas que dan cuenta de “seguimientos” y actividades que “no podrían ser hechas en democracia” y que, por lo tanto, “no tienen ningún valor probatorio por sí mismas”.
La INDDHH y el acceso a la información pública
La delegación de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) llevó a su vez un escrito, al que accedió la diaria, en el que hace críticas parecidas a las de la Facultad de Derecho, pero profundiza en la dimensión del acceso a la información. Para la institución, el proyecto “dota al Poder Ejecutivo de una muy amplia potestad reglamentaria y discrecional en la materia”.
En este sentido, el encargado de reglamentar la ley podría “adoptar” algunos “criterios definitorios”, como por ejemplo el concepto de “dato sensible”, lo que “facilitaría la evaluación de la información que pueda ser calificada y comprendida dentro de tal categoría”.
Asimismo, la INDDHH recomienda “la mención explícita” en el articulado de “la Unidad de Acceso a la Información Pública como órgano garante del derecho de acceso a la información pública” para asegurarse de cumplir con “sus diversas presentes –y futuras– guías, criterios o protocolos”.