“Desde el inicio de esta administración ha sido una prioridad implementar políticas de apoyo al crecimiento económico y a la generación de empleo”, comienza la exposición de motivos del proyecto de ley de rebaja tributaria anunciado por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, durante su discurso ante la Asamblea General el 2 de marzo.

El proyecto ingresó a la Cámara de Senadores en la mañana de este martes. Según supo la diaria, el jueves lo votará la Comisión de Hacienda del Senado -donde asistirá el equipo económico del gobierno, para contestar preguntas de los legisladores- y se espera que el martes lo vote el pleno de la cámara para que así el proyecto pase a Diputados lo antes posible.

Desde el Frente Amplio (FA), la propuesta les parece “insuficiente”, puesto que hay “una porción importante de la población que no es atendida por las medidas del Ejecutivo”, señaló a la diaria la coordinadora de la bancada de senadores del FA, Amanda Della Ventura, aunque matizó: “Evidentemente no nos vamos a oponer de que se pueda beneficiar a una parte de la población que sean trabajadores o jubilados”, por lo que de todas formas acompañarán el proyecto.

Asimismo, Della Ventura saludó que “no se haya tratado como grave y urgente” y que tenga “el proceso de cualquier otro proyecto”. Consultada por la comparecencia del equipo económico en la comisión, indicó que no se ha “intercambiado respecto a eso”, ya que la información les llegó hoy, pero “todos los compañeros que están en la Comisión de Hacienda tendrán la oportunidad de plantear sus dudas”.

En el texto enviado por el Poder Ejecutivo se explica que esta rebaja tributaria “es compatible tanto con la regla fiscal como con un incremento del gasto primario estructural en áreas prioritarias” y señala la ya mencionada rebaja de 150 millones de dólares “que ya está incorporada en las proyecciones fiscales presentadas en la pasada Rendición de Cuentas 2021”.

De esta forma, la estimación que tiene el gobierno respecto del déficit fiscal “se mantiene en 2,5%” del producto interno bruto (PIB) y se estima “que el gasto primario estructural aumentará 1,5% real en 2023 respecto a 2022 en las áreas prioritarias que el cuerpo legislativo consagró en la Ley de Rendición de Cuentas 2021”.

IRPF

La rebaja, como explicó el mandatario en su visita al Palacio Legislativo, es sobre dos impuestos: el impuesto a las rentas de las personas físicas (IRPF) y el impuesto de asistencia a la seguridad social (IASS).

Sobre el primero, el proyecto de ley explica que “el objetivo está en aumentar la base de deducciones admitidas, así como el crédito por arrendamiento de inmuebles, de forma tal de otorgarle cierto alivio tributario a la clase media”, sobre todo a aquellos trabajadores con hijos a cargo. De esta forma, en el primer artículo del proyecto se aumenta “el ficto anual de deducción por hijo de 13 BPC [Bases de Prestaciones y Contribuciones] a 20 BPC, manteniendo la duplicación en caso de hijos con discapacidad” de forma anual; es decir, se pasará de 73.580 pesos anuales a 113.200 pesos anuales.

También propone “aumentar el límite máximo del costo de la vivienda única y permanente para hacer uso de la deducción del crédito hipotecario” de 794.000 unidades indexadas (UI) a un 1.000.000 de UI.

Quizá lo más sonado de los anuncios de Lacalle sea el aumento de la tasa de deducciones de IRPF, de 10% a 14% “para aquellos contribuyentes cuyos ingresos nominales anuales sean iguales o inferiores a 180 BPC”, así como el aumento del porcentaje del monto de arrendamiento que se permite imputar al pago de IRPF: de 6% a 8%, consignado en el artículo 2 del proyecto.

“La implementación de estas medidas alcanzará al 75% de los contribuyentes del IRPF, beneficiando significativamente al 47% de los contribuyentes que son los de menores ingresos”, mientras que “14% dejará de ser contribuyente de dicho impuesto, siendo un 35% de los trabajadores de menores ingresos los que dejarán de tributar”, agrega el texto del proyecto.

IASS y monotributistas del Mides

En el tercer artículo del proyecto, para el IASS, “aumenta el mínimo no imponible a 108 BPC [611.280 pesos]”, lo que beneficiará “al 100% de los contribuyentes [...] y, en mayor medida, a los de menores ingresos”, y 11% “dejará de ser contribuyente de dicho impuesto”.

Las tasas de exención serán de 10% para quienes estén entre 108 y 180 BPC, de 24% para quienes se encuentren en la franja de entre 180 y 600 BPC y de 30% para quienes tengan ingresos anuales por jubilaciones o pensiones de más de 600 BPC.

Por último, el cuarto artículo refiere a perdonar las deudas que tengan los monotributistas del Ministerio de Desarrollo Social desde marzo de 2020 a la fecha de promulgación de la ley, “cuyo registro se encuentre suspendido de oficio por el Banco de Previsión Social”. Según la exposición de motivos, “esta medida tiene por objetivo el alivio tributario y el regreso a la formalidad de contribuyentes de reducida dimensión económica y en situación de vulnerabilidad socioeconómica”.