A casi cuatro meses de haber emitido el decreto reglamentario de la reforma jubilatoria que aplicó el impuesto a la asistencia de la seguridad social (IASS) sobre los haberes sucesorios y el retiro parcial del capital acumulado en las cuentas de ahorro individual, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) pretende dar marcha atrás con la resolución a través de un proyecto de ley. Desde su publicación en el Diario Oficial, a fines del año pasado, el decreto ha sido cuestionado por expertos en materia tributaria y previsional, bajo el argumento de que impone nuevos impuestos sin una ley de por medio y, además, va en contra de estímulos previstos en la reforma jubilatoria.

Por este asunto, de hecho, fueron convocadas a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados las autoridades del MEF. Según informó El Observador, el presidente Luis Lacalle Pou intervino en el tema y solicitó que se modifique la normativa vigente.

En síntesis, el decreto establece que se grave con el IASS a los haberes sucesorios, esto es, el capital acumulado que un trabajador tiene en una cuenta individual de AFAP, y que, en caso de fallecimiento, se transfiera a sus herederos. La aplicación del impuesto fue criticada porque, en términos legales, se trata justamente de un “haber sucesorio” y no de “una pasividad”, por lo que no correspondería el IASS. Incluso desde el oficialismo lo definieron como “una especie de impuesto a las herencias”.

Según el proyecto que presentó este martes el MEF, al que tuvo acceso la diaria, los haberes sucesorios sí son pasibles del IASS. No obstante, se señala que, como “el referido tratamiento tributario correspondiente a estas partidas ha generado algunas diferencias de opinión”, se propone “arbitrar una solución en vía interpretativa con la finalidad de determinarlo, así como de contribuir con los objetivos planteados en la ley de reforma de seguridad social”. Es decir, se exonera a los haberes sucesorios del IASS.

Por otro lado, el decreto establece la aplicación del IASS sobre el retiro parcial del capital acumulado en una AFAP, algo concebido como un incentivo en la reforma jubilatoria. La ley dispone que aquellas personas que posterguen su jubilación “un mínimo de tres años” luego de configurada la causal jubilatoria “podrán optar por recibir el equivalente al 9% del saldo acumulado” en la cuenta de ahorro individual. El decreto grava esto.

Si bien sostiene que estos fondos “se encuentran técnicamente gravados por el IASS”, el proyecto del MEF señala que “es propósito del Poder Ejecutivo estimular el ejercicio” del incentivo de la reforma jubilatoria, por lo cual, “se propone la exoneración del IASS” también en este caso.

Conrado Rodríguez: “Hubo una marcha atrás”

En diálogo con la diaria, el diputado colorado Conrado Rodríguez, quien citó a las autoridades del MEF a la Comisión de Hacienda, sostuvo que el proyecto “dice todo lo contrario a lo que está en el decreto”, o sea, “el decreto fija que determinadas partidas se tienen que gravar con IASS y el proyecto dice que esas partidas no se deben gravar con IASS, por lo tanto, hubo una marcha atrás”. A su entender, “hubo un reconocimiento explícito de que nosotros teníamos razón en lo que estábamos reclamando”.

Aunque valoró la iniciativa del MEF, “porque se logra el fin que estábamos buscando”, y destacó el “gesto” de Lacalle Pou, que “se preocupó por el tema”, Rodríguez sostuvo que en la exposición de motivos del proyecto “no hay un reconocimiento por parte del Poder Ejecutivo”. “La exposición de motivos nuevamente no está ajustada a la legalidad”, aseveró; y agregó que tampoco “parecería ser muy lógico que se haga a través de una ley interpretativa”, cuando “el propio Poder Ejecutivo puede hacer un decreto que derogue este decreto”. “Lo que corresponde es la derogación del decreto”, subrayó.

Al respecto, la directora de Asesoría Tributaria del MEF, Pía Biestro, declaró a El País que, “si el MEF hubiera entendido que existía algún sesgo de ilegalidad en el referido decreto, bastaba con la derogación del mismo”. Pero, como el ministerio entiende que ambas partidas sí son pasibles de IASS, “es necesaria una ley que modifique su tratamiento tributario”, señaló. Biestro aseguró que el decreto “no creó ningún impuesto”, sino que “determinó la cuantía de la obligación tributaria”.

El decreto sigue vigente. El proyecto ya ingresó al Parlamento, pero aún no fue derivado a ninguna comisión. El próximo miércoles está previsto que las autoridades del MEF comparezcan ante la Comisión de Hacienda para informar sobre el asunto, “y sería bueno que ya fundamentaran el proyecto”, apuntó Rodríguez, presidente de la comisión.

El diputado colorado mencionó que “incluso hay que ver si no hay que agregarle algunas cosas” al proyecto, dado que, desde que el decreto se publicó, “pudo haber pasado que las AFAP tuvieron que retener el IASS de un haber sucesorio”, lo cual demandaría una devolución a los herederos. “Hay que analizar si existieron estos casos, y si así fuera, agregarle un artículo al proyecto que establezca la devolución”, señaló.