Más de cuatro años después de que el Poder Ejecutivo, con la firma del presidente Luis Lacalle Pou, presentara un proyecto de ley para derogar la “hiperreglamentarista” normativa vigente, este miércoles, al cierre de esta edición, el Parlamento discutía y se disponía a sancionar –únicamente con los votos de la coalición de gobierno– una nueva ley de medios.
En el nuevo texto, que tampoco abarca el universo de los medios digitales, la cantidad de artículos se redujo a la mitad. Los términos “monopolio” y “oligopolio” desaparecieron, al igual que la definición del espectro radioeléctrico como un “patrimonio común de la humanidad”. En cambio, apareció un nuevo artículo que, a impulso de Cabildo Abierto, obliga a los medios de comunicación a brindar información política “imparcial”, “seria” y “equilibrada”.
A diferencia de la norma aprobada en el gobierno de José Mujica y reglamentada en el último tramo de la segunda presidencia de Tabaré Vázquez, la nueva ley de medios no consagra a texto expreso el derecho a la libertad editorial de los titulares de los medios de comunicación. En su mayoría, este tipo de artículos no fueron recogidos en el nuevo texto, aunque algunos sobrevivieron, como los que protegen los derechos de las infancias y de las personas con discapacidad.
Por otra parte, la nueva ley de medios aumentó el número máximo permitido de licencias por titular en radio, televisión abierta y televisión para abonados. Además, ratificó el derecho de los cableoperadores a solicitar licencias para vender internet, porque “los modelos de negocios cambian” y “las rivalidades ya no son necesariamente entre prestadores que realizan las mismas actividades”, tal y como decía el Poder Ejecutivo en la exposición de motivos que adjuntó al proyecto de ley.
Allí, en abril de 2020, el Poder Ejecutivo resumía el espíritu de la nueva ley de medios: “La potestad regulatoria del Estado debe limitarse a su obligación de garantizar la libertad de expresión y el acceso a la información”.