Este miércoles el Poder Ejecutivo envió al Senado un nuevo proyecto de ley referido al Casmu. El documento, al que accedió la diaria, está compuesto por cuatro artículos y propone modificar el plazo de la intervención, las potestades de los interventores y lo vinculado al Fondo de Garantía de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva.

El primer artículo establece que se faculte al Poder Ejecutivo a prorrogar el plazo de la intervención en curso “hasta por un año adicional, debiendo comunicar tal medida al Poder Legislativo”. Además, en el marco de la intervención “los interventores tendrán las más amplias facultades de contralor, fiscalización e investigación, pudiendo observar las decisiones adoptadas por las autoridades naturales de la institución, sugerir correctivos y proponer alternativas”.

En tanto, cuando la intervención implique el desplazamiento de autoridades, “los interventores tendrán las más amplias facultades de dirección y gobierno, así como la representación legal de la institución, sin perjuicio de las demás facultades conferidas por el ordenamiento jurídico vigente, y de acuerdo a lo que establezca la reglamentación”.

El segundo artículo propone modificar la Ley 20.325, aprobada en agosto de 2024, para que el Casmu acceda por única vez a un fondo de garantía de 54 millones de dólares, para que, “en caso de que la institución no pudiera constituir a favor del fondo otras garantías reales o de otra especie, se pueda eximir temporalmente y en régimen de excepción” la exigencia de la garantía, y “en oportunidad de la liberación de las garantías previamente constituidas a favor del fondo, estas automáticamente garantizarán la suma a que refiere el presente artículo”.

El artículo modificado establecería que “se encuentran excluidos del régimen de esta ley el Estado, los entes autónomos, los servicios descentralizados y los gobiernos departamentales. A las entidades de intermediación financiera y a las instituciones integrantes del Sistema Nacional Integrado de Salud, comprendidas en el artículo 11 de la Ley 18.211, del 5 de diciembre de 2007, les será aplicable el régimen legal específico de liquidación administrativa establecido para dichas entidades”.

El último artículo propone sustituir el cuarto artículo de la Ley 18.439, el cual establece que las instituciones que se encuentren en situaciones de insolvencia o con dificultades económicas y no logren viabilidad a juicio del Poder Ejecutivo quedarán sometidas a las disposiciones de la ley concursal. La redacción propuesta determina que “las instituciones que no logren viabilidad a juicio del Poder Ejecutivo quedarán sometidas a las disposiciones sobre liquidación administrativa previstas por la legislación vigente”.

Afcasmu y el SMU se reunieron con el MSP

Por otra parte, hoy se reunieron con las autoridades sanitarias representantes del Sindicato Médico del Uruguay (SMU) y de la Asociación de Funcionarios del Casmu (Afcasmu), como estaba previsto.

En diálogo con la diaria los dos gremios valoraron como positiva la primera instancia con el ministerio. Desde Afcasmu detallaron que la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, les consultó cuál creen que es la salida al conflicto de los trabajadores con la directiva y desde la asociación le manifestaron que la solución se basa en que la empresa les levante las sanciones a los funcionarios que tomaron medidas sindicales y que reinstale las instancias de diálogo en la órbita del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que fueron suspendidas a fines de febrero.

Sobre el proyecto presentado este miércoles, los trabajadores sostienen que están de acuerdo en que el Poder Ejecutivo supervise la utilización de los fondos que recibe la empresa y amplíe las potestades a los interventores.

En la misma línea se expresaron desde el SMU, en el entendido de que ampliar el alcance de los interventores es lograr “un mejor control” de la situación de la mutualista. Sin embargo, sobre los tres artículos restantes dijeron que prefieren analizarlos en profundidad con los asesores jurídicos del gremio antes de emitir una opinión.