La semana pasada la diaria publicó una nota sobre el curso de “Negociación colectiva” dictado por la Escuela Nacional de Administración Pública (ENAP), dependiente de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSC).

El texto, repartido a los mediadores del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que se desempeñan en los Consejos de Salarios, dice que el mecanismo de negociación es un “arbitraje obligatorio” y “no está de conformidad con los Convenios números 98 y 154 de la OIT [Organización Internacional del Trabajo] aprobados por Uruguay. Estos Convenios consagran la negociación colectiva libre y voluntaria y en el nivel que las partes decidan”, para fundamentar esta afirmación los docentes del curso se basaron en un artículo del especialista en Derecho Laboral Nelson Larrañaga Zeni, titulado ¿Cómo se solucionan los conflictos colectivos de trabajo en Uruguay?, publicado en agosto de 2016 en la página web del Estudio Ferrere.

Estas afirmaciones generaron la crítica de Hugo Barretto, profesor de Derecho al Trabajo y la Seguridad Social de la Facultad de Derecho (Fder) de la Universidad de la República (Udelar), quien dijo que se trataba de una “biografía recostada en uno de los intereses” y de “la opinión de un estudio empresarial”.

En conversación con la diaria Larrañaga Zeni explicó cuál era el fundamento de las afirmaciones vertidas en la ponencia “Medios de solución de los conflictos colectivos de trabajo”, utilizada como material para el curso de la ENAP.

Lo primero que dijo es que la negociación colectiva uruguaya es un arbitraje, porque, en materia laboral, cuando “las partes negociaron y no se pusieron de acuerdo y deciden someter la decisión a un tercero, este es un árbitro. Es voluntario porque emerge del acuerdo de partes”, en el texto sugiere que lo mejor es que sea un mediador neutral, “independiente de las partes”.

“Es cuestionable que el MTSS sea el órgano encargado de conciliar/mediar en la solución de los conflictos en el sector público. Está claro que el Ministerio de Trabajo integra el gobierno y por tanto no es un órgano que esté dotado de neutralidad e imparcialidad, en la medida que comparte los intereses del empleador Estado en su conjunto. Es decir, es una parte más y no es un tercero en la conciliación/mediación de un conflicto en el sector público”, dice el documento.

Larrañaga Zeni considera que los Consejos de Salarios son un arbitraje obligatorio, ya que con las modificaciones de la ley 18.566 de 2009 no sólo se fijan los salarios mínimos sino también los ajustes. “Eso se presenta en el Consejo Superior Tripartito y con el lineamiento del gobierno es con el que se instruye a los negociadores de cada rama de actividad. Si el gobierno no llama a esa negociación puede hacerlo una las partes y el gobierno está obligado a convocar a los Consejos de Salarios, entonces eso es preceptivo. Hay una compulsión a negociar, si una de las partes no se presenta los Consejos de Salarios funcionan igual, entre el gobierno y la organización que los convocó, la única diferencia es que el final la decisión no se hace y el gobierno fija el aumento de salarios por decreto, esto está establecido en la ley 14.791 que le otorga al Poder Ejecutivo la competencia de fijar salarios en la actividad privada y formular categorías”. Para Larrañaga Zeni termina siendo una obligación presentarse porque el decreto puede terminar siendo desfavorable para la parte que no está, entonces “hay que ir a negociar”.

Sobre los períodos en los que no hubo Consejos de Salarios (durante toda la dictadura y desde 1992 hasta 2005), dijo que en ese último período “el error fue no convocarlos para fijar salarios mínimos, ahí lo que hacía el gobierno era fijar un salario mínimo nacional, uno para los rurales y otro para las domésticas. No se cumplió el convenio 131 de la OIT que dice que hay que convocar a un organismo tripartito para fijar salarios mínimos por ramas de actividad. Ahora, eso no significó que no hubiera negociación colectiva, en los sectores de larga tradición como ser los metalúrgicos, la banca, la construcción o el comercio servicios”, había acuerdos.

Otras discrepancias que tiene con las modificaciones de 2009 que las viene sosteniendo desde el principio, Larrañaga Zeni dijo que “hubo una ampliación de competencias, hay un déficit y es que el gobierno participa como parte del sistema, es uno más en las negociaciones. Llega el momento final y si las partes no se ponen de acuerdo el gobierno presenta unas propuesta de ajustes que se aprueba por mayorías simples, es decir, puede ser acompañada por los empleadores o por los trabajadores, entonces es ahí cuando el gobierno cambia su rol y pasa a ser juez del diferendo porque su voto es decisivo”. Consultado sobre qué es lo que sucede cuando los trabajadores y empresarios acuerdan sin que el gobierno esté de acuerdo dijo que fue algo que “pasó mucho en la sexta ronda y el gobierno estaba muy preocupado porque los actores sociales negociaban por fuera. “En esos casos el gobierno no es árbitro”, aseguró.

A pesar de que en la actualidad las condiciones de trabajo están por fuera de la negociación tripartita y deben ser acordadas entre empresarios y trabajadores, para Larrañaga Zeni “los aumentos de salarios son una condición de trabajo, entonces hay una contradicción de la ley”.

La ley dice que “los Consejos de Salarios que tendrán por cometido fijar el monto mínimo de los salarios por categoría laboral y actualizar las remuneraciones de todos los trabajadores de la actividad privada [...] y podrá asimismo establecer condiciones de trabajo para el caso que sean acordadas por los delegados de empleadores y trabajadores del grupo salarial respectivo”. Larrañaga Zeni dice que es por esto que estamos por fuera de los convenios 98 y 154 de la OIT que dice que las condiciones de trabajo tienen que ser negociadas de forma voluntaria y de manera bipartita. “Otra competencia que tienen los Consejos de Salarios es fijar la licencia sindical y eso es contrario a los convenios que establecen que esas negociaciones son entre las partes”, agregó.

La práctica y la norma

“En el plano de las realidad, los Consejos de Salarios hace 47 años que funcionan, están en el ADN, al menos del lado de los trabajadores, por lo que es muy difícil torcer la realidad. Por algo el gobierno actual decidió mantenerlos, ya es un instrumento arraigado”, comentó al ser consultado sobre qué propone para que la OIT levante las observaciones. En la próxima ronda, la novena, que inicia en 2021, “habría que instrumentar un plan piloto de negociación bipartita en aquellos sectores en los que las organizaciones sindicales son fuertes. Por supuesto que primero hay que hablarlo en el Consejo Superior Tripartito, pero ya estamos preparados para dar ese salto cualitativo y comenzar a negociar sin el gobierno; si no hay un acuerdo seguir con el mecanismo 131 de la OIT y, de todas formas, el gobierno siempre tiene la facultad de fijar remuneraciones por decreto de ley 14.791, que está vigente”, propuso. Para los sindicatos menos fuertes “lamentablemente van a tener que seguir con el instrumento Consejos de Salarios, pero habrá que hacer un plan y pedirle tiempo a la OIT para acomodar la práctica a la norma”.

Larrañaga Zeni estimó que puede ser un plan amplio porque “hoy por hoy hay sectores sindicales muy fuertes. No es la misma realidad del año 1992, cuando había una baja sindicalización, esa realidad cambió y ahora tenemos sindicatos fuertes, una ley de protección de la actividad sindical (17.940). Creo que la libertad sindical está funcionando a full, en ese punto estamos cumpliendo con los convenios de la OIT”.

Tranquilidad moral

Con relación al curso de la ENAP dijo que en ningún momento fue consultado, y aseguró que la ponencia a la que se refiere en el instructivo no se trata de un pedido de una empresa a Ferrere. “Fue una iniciativa académica mía, una contribución a la discusión. Yo lo que hice fue darle difusión a través de la página de Ferrere, pero fue un medio de difusión como podía haber sido cualquier diario, esa no es la opinión de Ferrere, es la mía. No fue pedida por ninguna empresa, ni organización de empleadores”.

Larrañaga Zeni dijo que no cree que su postura esté más del lado de los empresarios que de los trabajadores: “Un académico tiene que estar más allá de si favorece un interés u otro, si quiere ser un académico tiene que estar por fuera de los intereses de las partes y del gobierno. Mi posición es exclusivamente técnica, no tiene un preconcepto ideológico, ni de favorecimiento a ningún interés. Yo sólo explico lo que dicen las normas. Tengo la tranquilidad moral y ética de que mis opiniones son despojadas de todo interés”.