“En Uruguay no desapareció ningún niño”

“¿Usted me ayudará a encontrar a mi hijo?, le pedía Sara Méndez a la ciudadanía en una publicidad de 1989 a favor del voto verde, por la derogación de la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado. Sara relataba la búsqueda de su hijo, Simón, quien fuera secuestrado en Buenos Aires en un operativo en el que participaron integrantes de las Fuerzas Conjuntas uruguayas. Ese pedido de ayuda no vería la luz sino hasta varias décadas después cuando un usuario lo subió a internet.

La demora no sería más que el reflejo de la actitud del Estado uruguayo para con los reclamos de detenidos y familiares de desaparecidos. El spot fue censurado entonces por el propio presidente, Julio María Sanguinetti, quien prohibió su emisión a los canales privados.

En 1992 había sido encontrada y restituida de su identidad Mariana Zaffaroni Islas, hija de Jorge Zaffaroni y María Emilia Islas, ambos desaparecidos en Buenos Aires. Mariana fue secuestrada con sus padres el 17 de setiembre de 1976 cuando apenas tenía 18 meses de edad y posteriormente apropiada por un agente de inteligencia argentino.

Este caso se suma a otros 16 niños y niñas secuestrados y despojados de su identidad con participación de las fuerzas represivas del Estado uruguayo. En un intento por limpiar la imagen uruguaya, Sanguinetti afirmó en enero de 2000: “En Uruguay no desapareció ningún niño”.

Esto fue en respuesta a una carta del premio Nobel alemán Gunter Grass, que junto a 20.000 personalidades solicitaron por el paradero de la nieta del poeta Juan Gelman. Tres meses más tarde, el gobierno de Jorge Batlle anunció el hallazgo de la nieta del poeta, Macarena Gelman, quien había sido criada por un policía y su esposa. Dos años después del hallazgo de Macarena aparecería Simón Riquelo, hijo de Sara, quien se encontraba en Buenos Aires bajo la identidad de Aníbal Armando Parodi.

“En Uruguay hay media docena de desaparecidos”

Algo reiterativo desde el retorno de la democracia, y que es una consecuencia compartida por otros países de la región que pasaron por dictaduras similares, es la negación de la cifra de desaparecidos. En los primeros años se impuso el relato de que los desaparecidos estaban vivos en el extranjero o se apelaba a supuestos cambios de identidad por parte de los detenidos.

No fue hasta la Comisión para la Paz que se presentó una primera lista oficial de detenidos desaparecidos, que luego sería depurada, pero marcó las primeras acciones activas y el reconocimiento por parte del Estado uruguayo en el accionar de esas desapariciones.

Finalmente, la lista oficial actual da cuenta de 197 detenidos desaparecidos, de los cuales al menos 34 desaparecieron en territorio uruguayo. Esta cifra, documentada por la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente, no impidió que siguiera habiendo voces que negaran rotundamente la desaparición de personas producto del terrorismo de Estado.

En 2005, por orden del presidente Tabaré Vázquez, la Justicia ingresó a los cuarteles y el 29 de noviembre de 2005 fueron encontrados los restos de Ubagesner Chaves Sosa en una chacra de Pando. Pocos días más tarde aparecieron en el Batallón 13 los restos de Fernando Miranda.

Luego aparecieron los restos del maestro Julio Castro en 2011 y Ricardo Blanco en 2012, ambos en el Batallón 14, y de Eduardo Bleier en 2019 en el Batallón 13. Finalmente, el año pasado, se realizó el último hallazgo al momento en territorio uruguayo, cuyos restos corresponden a una mujer todavía no identificada y por la que se esperan resultados de análisis genéticos.

El número oficial de 197 desaparecidos es uno de los aspectos cuestionados por ciertos sectores desde los que se atribuye falsedad a la cifra y se remarca que, de ese total, solamente 32 desaparecieron en territorio uruguayo, así como buena parte no eran de nacionalidad uruguaya. Es recordada la frase de Luis Lacalle Herrera durante la campaña electoral de 2009, en la que el entonces candidato por el Partido Nacional afirmó en un programa de TV argentino que en “Uruguay había apenas media docena de desaparecidos”.

Sin embargo, el grueso de la cifra se compone de uruguayos desaparecidos en el extranjero, la mayoría en Argentina, por los cuales el Estado uruguayo no está exento de responsabilidad. Estas detenciones se dieron en el marco del Plan Cóndor, en el que fuerzas de diferentes países actuaron con complciidad.

En los últimos años han circulado en redes sociales, en muchas ocasiones de cuentas vinculadas a círculos militares, desinformaciones respecto a los detenidos desaparecidos que ubican con supuestos paraderos a personas que aún no han sido localizadas. Uno de los casos es el de Juan Pablo Errandonea, hermano del militante de Madres y Familiares Ignacio Errandonea, quien fuera desaparecido en Buenos Aires luego de su paso por Automotores Orletti.

Un posteo divulgado en reiteradas ocasiones afirma que la víctima pudo escaparse a Venezuela y ahora está vivo en Francia. La publicación incluso ha sido reciclada en las redes de ultraderecha chilena como un supuesto caso de su país, al hacer mención al Frente Amplio chileno. Por este hecho, hace dos años fue presentada una denuncia ante Delitos Informáticos por parte de los familiares, quienes de momento no han recibido respuesta.

Otro de los casos recurrentes es el de Miguel Ángel Moreno Malugani, que, de acuerdo a algunos posteos, había aparecido vivo durante el terremoto de México de 1985, afirmación que solamente se recoge en la declaración del torturador José Nino Gavazzo ante el Tribunal de Honor del Ejército de 2006. Moreno fue secuestrado el 1° de octubre de 1976 en Buenos Aires junto a María del Rosario Carretero y ambos permanecen desaparecidos.

También existieron los casos de desaparecidos inventados, es decir, nombres de personas que nunca figuraron en el listado oficial. Uno de ellos fue la desinformación difundida hace años respecto a la monja Celia Inés Aparicio, quien recibió los bolsos de dinero por el exministro de Obras Públicas argentino José López y que, de acuerdo a la versión desinformante difundida en redes sociales, sería en realidad una exmilitante tupamara que figuraba en la lista de desaparecidos en Uruguay. Además, decían, Aparicio cobraría en el entorno de 1.000 dólares de pensión por su “muerte en dictadura”. Esta versión fue desmentida por Chequeado de Argentina, que confirmaron que Aparicio no fue integrante del MLN.

El “curro” de los derechos humanos

Los ataques que refieren a la existencia de estos supuestos “falsos desaparecidos”, como en el caso de Aparicio, indican además el hecho de que sus parientes podrían cobrar de forma hereditaria y de por vida las pensiones reparatorias otorgadas en estos casos.

Sin embargo, no existen pensiones que reparen a familiares de desaparecidos y mucho menos de forma directa a la víctima (algo que se ha llegado a afirmar), salvo un único resarcimiento del entorno de 500.000 unidades indexadas (UI; unos 75.000 dólares al cambio actual) a repartirse en la totalidad de los familiares vivos hasta el segundo grado de consanguinidad.

Este monto es la mitad de lo que dispone la nueva Ley 20.193 de reparación a víctimas de grupos políticos organizados y armados, que en su artículo segundo dispone el pago de 150.000 dólares para los causahabientes (herederos) de aquellos que perdieron la vida como consecuencia de estas acciones.

Esta partida está regulada por el artículo 11 de la Ley 18.596, que también determina indemnizaciones para aquellas víctimas que hayan sufrido “lesiones gravísimas” por el accionar de agentes del Estado (250.000 UI), para niños y niñas que hayan permanecido desaparecidas por más de 30 días hasta la restitución legal a sus tutores (375.000 UI), y para aquellos nacidos en cautiverio y que hayan permanecido secuestrados con su padre o madre por más de 180 días (200.000 UI).

La normativa que sí otorga pensiones es el la Ley 18.033, que en su artículo 11 establece, entre otras medidas, la pensión especial reparatoria (PER) para aquellas personas que hayan sido procesadas por la Justicia militar o civil con fecha posterior al 9 de febrero de 1973 y que además hayan estado detenidas como consecuencia. Estos beneficiarios percibirán 8,5 BPC, equivalentes a 52.504 pesos mensuales. Esta partida no es acumulable a ningún otro tipo de jubilación y pensión, por lo que la persona deberá optar por el régimen a acogerse, y sus ingresos no podrán superar las 15 BPC mensuales en base anual.

Para demostrar el estatus de detenido, los solicitantes deben recurrir a los Archivos Judiciales Procedentes de la Justicia Militar, que emite una constancia en caso de encontrar documentación. En caso de no contar con documentación propia, se emite una solicitud de información de antecedentes a la Dirección Nacional de Información e Inteligencia. La documentación puede llegar a complementarse con testigos. “Si no hay registros de la detención, es muy difícil. En general se basan en las condenas de la Justicia militar”, señala el presidente de la asociación de ex presas y presos políticos de la dictadura uruguaya Crysol, Gastón Grisoni.

El otorgamiento de la PER es decidido caso a caso por un consejo de cinco representantes pertenecientes al Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco de Previsión Social, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Crysol y el PIT-CNT.

Respecto a la condición de “heredable”, Grisoni señala que esta pensión está reglamentada por el Decreto 106/2007, que estipula que la PER es equiparable a una jubilación y por lo tanto se transmite con igual criterio que las pensiones de sobrevivencia. Esto está explicitado en el Decreto 61/2020, en el que se establece que “el fallecimiento del beneficiario de la pensión especial reparatoria será causal de pensión de sobrevivencia a favor de su cónyuge o concubino/a more uxorio y sus hijos menores, a cuyos efectos la referida pensión especial reparatoria constituirá el sueldo básico de pensión”.

Foto del artículo 'Negacionismo y falsedades: los relatos contra la memoria'

“Generalmente, son esposas, porque el 80% de los condenados por la Justicia militar eran varones. Pueden cobrar los hijos menores (hasta su mayoría de edad) o hijos de discapacitados, pero no es hereditario. Con el agravante de que los cónyuges o los hijos tienen que renunciar a su propia jubilación o pensión, lo que rige solamente para los cónyuges de los presos políticos”, afirmó Grisoni.

Y añadió: “Lo que está claro es que el Estado no da un premio recompensa a guerrilleros. El Estado resarce a personas que fueron torturadas y privadas de libertad de manera ilegítima sin garantías legales, en violación clara de las disposiciones de derechos humanos que Uruguay suscribió”.

Actualmente, hay 1.725 personas que cobran la PER y 305 las pensiones de sobrevivencias derivadas de estas, de un universo de 7.000 personas formalmente procesadas por la Justicia militar. De acuerdo a la ejecución presupuestal del Banco de Previsión Social, el año pasado se ejecutaron 15.500 millones de dólares, de los cuales solamente 60 millones corresponden a transferencias derivadas de la Ley 18.033, un 0,39% del total.