La aprobación en 2009 de la Ley de Descentralización Política y Participación Ciudadana habilitó la instalación de un tercer nivel de gobierno y administración. La redacción de la norma plantea el objetivo de que cada uno de los 89 municipios en todo el territorio nacional conforme una unidad con identidad social y cultural e intereses comunes que “justifiquen la existencia de estructuras políticas representativas y que faciliten la participación ciudadana”.

Uno de los instrumentos previstos en uno de los decretos reglamentarios son los Cabildos Abiertos que se realizarán el viernes 12 y el sábado 13 en Montevideo, según el municipio. Los cabildos deben ser convocados al menos una vez al año por los alcaldes y esta instancia está planteada como de análisis, seguimiento y propuestas sobre la gestión. Desde marzo, la mayoría de los municipios montevideanos realizaron al menos 37 reuniones preparatorias.

Historia conocida

En el caso de Montevideo, el proceso de descentralización política y administrativa ya había comenzado algunos años antes. El 15 de octubre de 1990, cuando Tabaré Vázquez era el intendente de Montevideo, se inauguró el primer Centro Comunal Zonal (CCZ) en el departamento, y de esa forma se dio inicio al proceso que se profundizaría con la aprobación de la Ley de Descentralización, también impulsada por Vázquez tiempo después, esta vez desde Presidencia de la República.

En aquel momento, Montevideo quedó dividido en 18 zonas, que además del CCZ como parte de la descentralización administrativa, contaban con una Junta Local como la política y con los concejos vecinales como la social. Las juntas locales se conformaban con un secretario que era elegido por el intendente de turno, además de ediles con representación partidaria, que eran electos por la ciudadanía en las elecciones departamentales y representaban a los partidos políticos. Por otro lado, los concejos -se escribe con ce porque alude a una instancia pública a la que se convoca a todos los vecinos de una comunidad- son órganos que buscan dar voz a la ciudadanía, para que opine y participe en las decisiones que influyen en su entorno más próximo, mediante elecciones que se realizan por separado de las departamentales. Otra de las herramientas que se sumaron al proceso fue la del Presupuesto Participativo, en el que vecinos y organizaciones sociales realizan propuestas y las someten a votación, con el objetivo de mejorar la infraestructura y aspectos culturales de sus barrios.

A partir de la aprobación de la ley, en 2009, fueron varios los cambios en el proceso de descentralización montevideana. Las juntas locales dejaron de existir y se instalaron los gobiernos municipales, además de la figura del alcalde, que pasó a ser electo en elecciones conjuntas a las departamentales, a diferencia de la designación política de los extintos secretarios de la junta. El alcalde preside el Concejo Municipal, que comparte con cuatro concejales más, que son elegidos en conjunto en representación de los partidos políticos. El cambio trajo consigo varias competencias más que las que tenían las juntas locales, además de modificaciones en las jurisdicciones territoriales. Aunque las juntas se suprimieron para dar paso a los gobiernos municipales, las zonas como tales no dejaron de existir porque los CCZ, cuyos límites antes se correspondían con ellas, continúan funcionando y en la mayoría de los casos hay más de uno por municipio. En algunos casos, los límites de las viejas zonas cambiaron y algunos CCZ sumaron territorio, mientras que otros lo perdieron, debido a que la nueva división se realizó a partir de las jurisdicciones de las credenciales, que no siempre coincidían con los anteriores límites. Por su parte, los concejos vecinales continúan siendo 18, y su alcance territorial coincide con el de cada uno de los CCZ.

Más reciente

En los demás departamentos, ninguno departamento tenía su proceso de descentralización tan desarrollado como Montevideo, si bien también existían algunas juntas locales con anterioridad a la aplicación de la ley. En diálogo con la diaria, la responsable de la Unidad de Coordinación y Elaboración de los Gobiernos Departamentales y Municipios del Frente Amplio, Marina Arismendi, explicó que la realización de instancias de consulta con la ciudadanía depende en gran medida de la voluntad política y personal de cada uno de los gobiernos municipales y departamentales. Además señaló que la ley no obliga a los municipios a realizar cabildos, pero sí rendiciones de cuentas ante la ciudadanía, y que en el interior la coordinación de estas actividades es más difícil que en Montevideo por la diversidad de cruces entre los signos políticos de gobiernos departamentales y municipales.

El 31 de marzo venció el plazo para la presentación de nuevos municipios a crear, además de los que la ley plantea como obligatorios. Para esto, además de contar con determinados requisitos, 
se necesita el impulso del intendente y la posterior aprobación de la Junta Departamental. Los ciudadanos de las distintas 
localidades también pueden solicitar al Ejecutivo departamental la creación mediante la recolección de firmas de al menos 15% de los habilitados para votar en el territorio.