Junto con las elecciones nacionales del 26 de octubre se realizará la consulta popular sobre el proyecto de reforma constitucional que establece la aplicación del Código Penal para adultos a los adolescentes de entre 16 y 18 años. Ese proyecto establece cuatro modificaciones y/o anexos en la Constitución, que paso a enumerar y discutir.

En primer lugar, la creación de un centro de rehabilitación descentralizado del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) para los adolescentes juzgados bajo el Código Penal de adultos. Quisiera comenzar con un repaso cronológico de los hechos: en julio de 2011, con acuerdo multipartidario, se promulga y publica la Ley 18.771, que crea el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (Sirpa). Un mes más tarde, Vamos Uruguay (Partido Colorado) anuncia el inicio de la recolección de firmas en apoyo a su proyecto de reforma, que crea un centro de rehabilitación exactamente igual al que se había votado en julio. No cabe aquí otro rótulo que el de la demagogia.

En segundo lugar, el mantenimiento de por vida de los antecedentes de los adolescentes. Esto constituye una clara violación del principio de igualdad ante la ley establecido en la Constitución, ya que hoy los adolescentes, si la Justicia lo considera necesario, mantienen sus antecedentes por dos años luego de cumplida la pena o de cumplir la mayoría de edad (lo que sea posterior en el tiempo), mientras que los adultos pueden borrar sus antecedentes cinco años después de dictada su sentencia. Esta relación parece lógica dados los distintos niveles de desarrollo cerebral y de integración social de los adolescentes y los adultos, diferencia ampliamente documentada por la neurociencia, la sociología y la psiquiatría. Aun dejando de lado las ciencias y las comparaciones, es preciso preguntarse: si un adolescente comete una rapiña a los 16 años y lo obligamos a salir a buscar trabajo durante el resto de su vida con un cartel que lo condena, ¿qué estaríamos haciendo con él más que alejarlo de un camino de inserción social, laboral y educativa? Seguramente no mucho más que condenarlo a una vida de delito.

En tercer lugar, el aumento de penas a los adultos que utilicen a menores para cometer un delito. Esto nada cambia, pues ya lo establece el Código Penal actual. No obstante, continúa sin éxito la tragicomedia que busca un argumento jurídico sustentable para justificar el pasaje de un artículo de un código al nivel constitucional, mientras se mantienen los demás artículos de todos los códigos en el nivel legal. Hasta acá, un carnaval jurídico.

El cuarto punto permite la baja de la edad de aplicación del Código Penal de adultos. Esto merece un debate mucho más social e histórico que político y jurídico. ¿Qué significa bajar esa edad? Pero antes que eso, ¿qué modelo de sociedad queremos? ¿Realmente los abogados del sialabajismo quieren solucionar un problema social, o más bien buscan beneficiarse del poder político que les otorgaría la ilusión de quienes desean eliminar un miedo individual desproporcionado? ¿Qué objeto tiene encerrar a la generación eternamente postergada y rechazada, si no estamos dispuestos a entender a la sociedad como la interacción constante de un conjunto de actores, donde la inseguridad es función directa de la fractura?

No creo que el camino sea tan corto, fácil y mágico como dicen los creyentes en la papeleta, cuando todos los días naturalizamos y validamos distintas formas de violencia que se retroalimentan en un sistema en ebullición, al que sólo fuimos capaces de señalarle la burbuja del 6% de los delitos.

¿Por qué nos resulta natural que los adolescentes de clase socioeconómica favorecida practiquen a diario la violencia física y verbal y la discriminación en el liceo, en una cancha de fútbol, en un boliche o en su propia casa? ¿Por qué condenamos a un adolescente que comete una rapiña pero toleramos que la Justicia deje sin condena a exitosos empresarios que alquilan el cuerpo de chiquilinas de 15 años para obtener favores sexuales a cambio de un teléfono y ropa?

Es innegable que existe la violencia por parte de adolescentes, pero existe como consecuencia de un sistema violento que los ha marginado desde la primera infancia, cuando en Uruguay la pobreza engrosaba sus filas alcanzando casi el millón de personas; que los ha excluido, que los ha olvidado y que sólo ha venido a señalarlos cuando dejaron de soportar el atropello de la acumulación y delinquieron.

Entiendo este proyecto de reforma como una garantía constitucional de fractura social y de condena perpetua al miedo para los que quedamos de un lado, y al delito para los que quedaron del otro. Faltando 15 días para la consulta popular, la información debe seguir avanzando para que el pueblo se pronuncie con argumentos.

Bajo una campaña que intentó ser emotiva, incorporando la sensibilidad y el dolor de familiares de víctimas de la violencia adolescente, se embanderaron con la causa riveristas y herreristas, enfrentándose a la oposición de organizaciones sociales, sindicatos, gremios estudiantiles, iglesias, la Universidad de la República, numerosas figuras de la cultura y diversos actores políticos. Como todos ellos, prefiero un camino de justicia y no de venganza.

Por eso estamos en contra de que se quiera penar a los adolescentes como adultos, quitándoles el derecho natural a ser juzgados bajo el Código de la Niñez y la Adolescencia. No encuentro otro resultado posible que calificar a este proyecto de reforma como insostenible en el plano jurídico, inadmisible en el plano político e inmoral en el plano social.

Por eso, a quienes gobernaron durante décadas olvidando a los que más necesitaban una intervención activa del Estado, a la fractura social, al miedo, a la violencia y a la papeleta del Sí los voy a dejar, este 26 de octubre, afuera, muy afuera de mi sobre de votación.