La votación fue unánime (nueve en nueve), aunque la discusión previa tuvo sus matices. Había que resolver si la cuota de género también debería instrumentarse para las listas a concejales en las elecciones municipales, algo que el legislador no pudo prever porque cuando el Parlamento sancionó, en régimen de Asamblea General (abril de 2009), la Ley 18.476, de “Órganos electivos nacionales y departamentales y de dirección de los partidos políticos”, los municipios todavía no habían sido creados. Fue en octubre de ese año, al finalizar el período legislativo, que se aprobó la Ley 18.567, de “Descentralización política y participación ciudadana”.

De acuerdo con las fuentes consultadas por la diaria, el debate de ayer en la sesión de la Corte Electoral se centró en el llamado “espíritu” de la norma, teniendo en cuenta que si bien no había sido promulgada, la puesta en marcha del tercer nivel de gobierno formaba parte de los temas centrales que nutrían la agenda política ese año electoral, en buena medida a impulso del Poder Ejecutivo. Y primó esta postura, que terminó siendo acompañada por los nueve ministros que integran la Corte Electoral.

Si bien no incluía los municipios, el artículo 2º de la ley de cuota de género establecía que para las elecciones nacionales y departamentales “cada lista de candidatos a la Cámara de Senadores, a la Cámara de Representantes, a las Juntas Departamentales, a las Juntas Locales Autónomas de carácter electivo y a las Juntas Electorales deberá incluir en su integración personas de ambos sexos en cada terna de candidatos, titulares y suplentes, en el total de la lista presentada o en los primeros quince lugares de la misma”. En base a esta definición se podría interpretar que lo departamental englobaría a lo municipal, ya que hasta octubre eran la misma cosa, aunque desde el punto de vista jurídico se trata de un argumento débil.

Fue la redacción del artículo 1º de esa norma la que tomaron como referencia los ministros. “Se trata de un aspecto declarativo de la ley en el que queda claro cuál era el interés general que movió a los legisladores”, transmitió a la diaria uno de los ministros. Concretamente, el texto en cuestión dice: “Declárase de interés general la participación equitativa de personas de ambos sexos en la integración del Poder Legislativo, de las Intendencias Municipales, de las Juntas Departamentales, de las Juntas Locales Autónomas de carácter electivo, de las Juntas Electorales y en los órganos de dirección de los partidos políticos”.

Esta definición será recogida en la reglamentación de las elecciones municipales, por tanto los partidos políticos deberán tener en cuenta la cuestión de género a la hora de confeccionar las listas con las candidaturas a concejales (cinco por municipio) y sus respectivos suplentes. La decisión, coincidieron las fuentes consultadas, podrá generar cierta sorpresa en aquellos sectores que habían dado por cerrado el capítulo de cuota política con el armado de listas para las Juntas Departamentales, ya que la ley sólo la hizo obligatoria para el período electoral 2014-2015.

¿Cruzado o no?

La reglamentación tendrá un total de 80 artículos, de los cuales ayer quedó delineada la mayoría (50), entre ellos que las hojas de votación tendrán un formato de 15 por 15 centímetros, y faltaba resolver, entre otros temas, si se permitirá el voto cruzado entre las departamentales y municipales. Si prospera esta opción será posible votar por el candidato de un partido para la intendencia y de otro para el municipio.

Sin embargo, hace una semana la presidenta del Frente Amplio (FA), Mónica Xavier, le había dicho a la diaria que para que esto se concrete la fuerza política esperaba que hubiera un amplio consenso para apoyar la iniciativa, más allá de que la intención política del oficialismo es “darle la mayor libertad posible al elector”. En 2009, con una conformación distinta, la Corte Electoral no reglamentó esta alternativa gracias a una mayoría circunstancial que formaron los dos ministros que representaban al FA con los tres que respondían al Partido Nacional, imponiéndose así a los cuatro delegados del Partido Colorado.

Con respecto a este punto, el directorio blanco resolvió ayer que sus dos ministras en la Corte Electoral votarán en contra del voto cruzado, aunque no se llegó a una postura de fondo sobre el tema. “Unos están a favor y otros en contra, pero no nos parece correcto que hagamos esto ahora, cuando se está iniciando la elección”, explicó el presidente del directorio, Luis Alberto Heber, que es uno de los que están a favor de innovar, al igual que el referente de Todos Hacia Adelante, Luis Lacalle Pou. Heber dijo que el tema debería discutirse en un marco más amplio de reforma del sistema electoral, por lo que opinó que “lo más sensato que puede hacer la Corte es postergar este tema”, y planteó que cambiar el criterio requeriría una modificación legal, no reglamentaria.

En la tarde, el líder de Alianza Nacional, Jorge Larrañaga, había manifestado su postura contraria al voto cruzado en su cuenta de Twitter. Aseguró que los alcaldes “deberían tener una sintonía mínima con los intendentes” y que lo contrario “perjudicaría el funcionamiento del gobierno”. “Me parece una modificación demasiado importante para hacerse 90 días antes de una elección”, valoró.

Con estas novedades, el amplio consenso que hace una semana parecía posible empieza a reducirse. De acuerdo con los datos que maneja la diaria, los dos ministros colorados apoyarían la iniciativa, al igual que dos de los cuatro del FA y el presidente del organismo, José Arocena. Otros dos del FA y ahora las dos ministras blancas se opondrían, por lo que, si bien contaría con los votos necesarios (cinco a favor, cuatro en contra), no lograría un respaldo unánime. De todos modos, el oficialismo no ha laudado el tema, y la intención es votar en bloque, por lo que, si se definen por el sí, la correlación de fuerzas sería de siete a dos.

Las fuentes de la Corte Electoral consultadas dijeron que esta cuestión será abordada dentro de una semana, cuando el panorama político, ya no el técnico, esté más claro.