Con la firma del ministro de Defensa Nacional, Eleuterio Fernández Huidobro, y del presidente Tabaré Vázquez, el Poder Ejecutivo envió, el 16 de noviembre, el proyecto de ley que prevé el pasaje de la Justicia militar, que hoy está en manos del Supremo Tribunal Militar, a la órbita del Poder Judicial. El proyecto aprueba el Código Penal Militar y el Código de Organización de los Tribunales Penales y del Proceso Penal Militar, que derogan el régimen vigente. En su mensaje al Parlamento, el proyecto explica que las normas del Derecho Penal Militar “poseen un contenido específico y sus tipificaciones están justificadas para las características propias de las Fuerzas Armadas, para las cuales son fundamentales determinados valores como la disciplina, la subordinación, la obediencia y la jerarquía”.
El Código de Organización de los Tribunales Penales y del Proceso Penal Militar establece que la función jurisdiccional penal militar le competerá, tanto en tiempos de paz como de guerra, a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), a los tribunales de apelaciones en lo penal y a los dos juzgados letrados de primera instancia en lo penal militar, que crea el proyecto. Los jueces de dichos juzgados serán nombrados por la SCJ, y todo el proceso penal militar se regirá, según establece el proyecto, por las “normas constitucionales y legales previstas para el proceso penal común”. El proyecto también crea dos fiscalías en lo penal militar, que dependerán de la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación; y dos defensorías de oficio en lo penal militar. Elimina el Supremo Tribunal Militar, los juzgados militares de primera instancia, los juzgados militares de instrucción, las fiscalías militares y las defensorías militares de oficio, y deroga el Código de Organización vigente. Además, el texto establece que el lugar de reclusión de los procesados será determinado por la autoridad carcelaria, salvo los condenados por delitos militares, que cumplirán su pena de reclusión en el establecimiento militar donde revisten.
El proyecto enviado por el Ejecutivo informa que fue una comisión integrada por funcionarios de la SCJ y del Ministerio de Defensa Nacional la encargada de redactar los códigos y de “instrumentar el pasaje de funciones de la Justicia militar a la órbita del Poder Judicial”, y además recuerda que con este paso se cumple con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley Marco de Defensa (18.650), que establecía este cambio en la Justicia militar.