El Consejo de Ministros aprobó el lunes el decreto que enmarca la asignación de frecuencias de televisión digital luego de que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anulara el decreto 153/2012, que establecía el marco regulatorio de la televisión digital. El decreto aprobado el lunes no prevé fecha para el apagón analógico -momento en que todas las señales abiertas pasarán a ser digitales-, como sí lo había establecido el decreto 153, que lo había fijado para el 21 de noviembre de 2015. La falta de definición de una fecha para el “apagón” supone una ventaja para los actuales canales privados (4, 10 y 12), que mantienen su mercado de televisión analógica y no enfrentan nuevos competidores en ese segmento.
La ministra de Industria, Energía y Minería, Carolina Cosse, dijo ayer en declaraciones a la prensa que no se trata de “poner una fecha a ojo”. “Es un tema serio, que requiere inversión y difusión, porque las empresas que emiten señal van a tener que hacer inversiones, la ciudadanía va a tener que estar informada y vamos a tener que estar todos muy seguros de que efectivamente puede suceder el apagón; entonces, no se trata de poner una fecha a ojo”, alegó. La ministra dijo que desde el gobierno se apelará a definir este tema con los involucrados, para que éstos “sugieran una fecha tentativa con sus respectivos motivos”, lo que se hará a partir de una “consulta pública”.
El decreto 153 del Poder Ejecutivo, del 11 de mayo de 2012, establecía el marco regulatorio de la televisión digital; sin embargo, quedó sin efecto cuando el TCA falló a favor del caso Cablevisión, en el que esa empresa, propiedad del grupo argentino Clarín, denunciaba que el decreto le causó un perjuicio por topear sus señales en 80 y, por ende, quitarle ondas.
Según Cosse, a raíz del fallo de finales de julio un equipo de gobierno se puso a trabajar “inmediatamente” en este nuevo decreto (014/015), que “vuelve a ordenar el tema”. La ministra dijo estar “satisfecha” con el resultado y advirtió que se tuvo “todo el cuidado formal” para respetar el fallo, “dándoles vista a más de 400 interesados”. El nuevo decreto se ampara en el derecho a la seguridad jurídica, teniendo en cuenta que “la ejecución de la sentencia no puede desconocer actos administrativos firmes y estables, aunque ellos hayan sido dictados teniendo como presupuesto el acto anulado”. También establece que “pese al principio de retroactividad del fallo anulatorio, [...] los llamados realizados para televisión abierta no fueron afectados”.
Se mantienen entonces los canales adjudicados y el inicio de sus transmisiones, para abril de 2016 en las capitales departamentales y para un año después en el resto del país.