La Suprema Corte de Justicia (SCJ) resolvió ayer por unanimidad declarar la inconstitucionalidad de los artículos 2, 8 y 9 de la Ley 19.310, aprobada durante el anterior gobierno para resolver el conflicto generado en el Poder Judicial (PJ) por la interpretación de la Ley de Presupuesto 2011-2015, que determinó un aumento de los sueldos de los ministros de Estado. La SCJ entendió que los sueldos de sus ministros también debían ajustarse, lo que desencadenó aumentos en todo el PJ entre enero y abril de 2011. Si bien el Poder Ejecutivo impidió luego que se mantuviera ese aumento, entendiendo que no se había buscado ese efecto con la Ley de Presupuesto y que no se contaba con los recursos necesarios, los funcionarios judiciales presentaron una demanda que resultó a su favor. Con la Ley 19.310, que modificaba las anteriores y otorgaba un aumento de 8% a los funcionarios judiciales, el Poder Ejecutivo buscó solucionar este conflicto.
El fallo de la SCJ considera inconstitucional el artículo 2º de la Ley 19.310 -que modificaba el concepto de “dotación” establecido en la ley que dispone los sueldos de los ministros de la SCJ-, por considerar que para interpretar una ley debe existir “incertidumbre” en esa interpretación, lo que no ocurre en este caso. Además, considera que con esta nueva ley el legislador “va más allá” de lo que podría haber ido el juez, por lo que viola el principio de separación de poderes. No fue considerado inconstitucional el 3º, que destina una partida de 246.000.000 de pesos para pagar una suma de casi tres sueldos a los funcionarios, y al mantenerse constitucional, la Asociación de Funcionarios Judiciales del Uruguay (AFJU) espera que se abra un espacio de negociación con el Poder Ejecutivo para concretar su pago. Carlos Fessler, secretario general de AFJU, considera: “Ahora que se tienen los recursos, que era lo que faltaba en la negociación que tuvimos con el Ministerio de Trabajo, sería prudente habilitar la negociación para destrabar el conflicto”.