En su sesión de ayer, el Senado dio sanción definitiva a la ley que regula la actividad del trabajador nocturno y establece la obligatoriedad del pago de 20% más por el trabajo que se realice entre las 22.00 y las 6.00, o, en su defecto, la baja de 20% de las horas de trabajo que se realicen en ese lapso. Además, la ley prevé que las embarazadas no trabajen en horario nocturno y tampoco en el primer año después del embarazo. Para estos casos, el texto prevé que las mujeres que deban cambiar de horario no pierdan los beneficios salariales que reciben por trabajar de noche.

La ley, que fue enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación, fue aprobada por los 18 senadores presentes en sala y estará vigente a partir de julio de este año.