La Ley 19.210, de Inclusión Financiera, se promulgó el 29 de abril de 2014 y se reglamentó el 1º de agosto del mismo año. El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) impulsó la transformación del funcionamiento del sistema de pagos, para volverlo “más seguro, moderno y eficiente”, y para incentivar el uso de medios de pago electrónicos en sustitución del efectivo, lo que supone “ganancias de eficiencia para la economía” en su conjunto y “un aporte en el combate a la informalidad”.

Si bien los resultados obtenidos en este primer año y medio de implementación son auspiciosos y se pueden medir por el aumento significativo de comercios que cuentan con dispositivos electrónicos para el pago de los productos y servicios, así como el uso que les han dado los ciudadanos a las tarjetas de débito y crédito, resta aún la incorporación al régimen de los hogares de menores ingresos y de la mayoría de las pequeñas y medianas empresas (pymes).

El 8 de diciembre el MEF anunció, junto al Ministerio de Interior, el Banco Central, el Banco República y actores del sector privado, medidas focalizadas en las empresas más pequeñas que apuntan a reducir los costos explícitos e implícitos de aceptar medios de pago electrónico. Por un lado, se propone la eliminación de las retenciones de impuestos asociadas a las compras con medios de pago electrónicos y una extensión de los incentivos promocionales a la instalación de terminales POS, sistemas de facturación y dispositivos que habiliten la extracción de efectivo y del subsidio en el arrendamiento de dichas terminales, que ascendería a 70% en 2016 y a 40% el año próximo. Por otra parte, se sugiere establecer el compromiso de los emisores de las tarjetas de reducir los aranceles máximos aplicables a las ventas con tarjeta de débito, de 2,5% a 2,2%, con un valor promocional especial de 2% para las pequeñas empresas en 2016 y 2017, así como la reducción en el plazo de pago a los comercios de 48 a 24 horas.

En segundo lugar, se incluye otro conjunto de medidas que apunta a incrementar los servicios de valor agregado asociados a la aceptación de los medios de pago electrónico: un botón de seguridad en los POS y la simplificación del proceso de apertura de cuentas bancarias gratuitas para las micro y pequeñas empresas, con una línea de crédito asociada y la posibilidad para los clientes de realizar pequeños retiros de efectivo en los comercios que acepten medios electrónicos, modalidad conocida internacionalmente como cashback.

Teniendo en cuenta que la introducción de estos medios de pago contribuirá a la formalización de las operaciones de estas empresas, el 21 de enero el MEF remitió al Parlamento un proyecto de ley que busca facilitar la transición de éstas de los regímenes tributarios simplificados, que corresponden cuando las ventas anuales no superan las 305.000 unidades indexadas (al día de hoy, unos 986.000 pesos), al régimen general. Estos regímenes simplificados son los incluidos en el literal E del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, el monotributo y monotributo social Mides, que facultan a las empresas incluidas a no tributar los Impuestos a la Renta de las Actividades Económicas ni al Patrimonio, a pagar un Impuesto al Valor Agregado fijo, independientemente de sus ventas, y las exonera de presentar declaraciones juradas ante la Dirección General Impositiva.

El nuevo proyecto habilita a que los ingresos que se originen por pagos mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito, instrumentos de dinero electrónico o análogos, podrán ser computados parcialmente en los porcentajes que la reglamentación determine tras la aprobación de la ley. De esta manera se pretende que el impacto del aumento del uso de los medios de pago electrónicos en la facturación declarada se pueda procesar gradualmente, para facilitar el proceso de formalización.