El costoso precio de los alquileres en Uruguay es una preocupación de muchos uruguayos y también de algunos legisladores, como el diputado comunista Óscar Andrade, ex secretario general del Sindicato Único Nacional de la Construcción y Anexos (SUNCA). Los precios de los alquileres han subido durante los últimos años por encima del Índice de Precios al Consumo y, aunque su evolución recientemente se ha desacelerado, significan un costo importante en el presupuesto diario de muchas familias. “63 uruguayos murieron en incendios. En los inviernos en los hogares precarios la calefacción es un tema complicado. ¿Podés tener casas vacías y a la vez estas tragedias?”, se preguntó Andrade.
El diputado elaboró un borrador de proyecto de ley, pero no tiene pensado ingresarlo directamente a la Cámara de Diputados. “Si va al Parlamento, naufraga. Quiero meterlo en la bancada cuando sepa que va a salir, y no sacarme la foto para decir ‘hice un proyecto maravilloso’ y que luego no pase nada”, explicó. Cree que el proyecto debe contar con un amplio consenso social y además ser parte de la plataforma de un movimiento por el “derecho al techo”, que incluya reclamos sobre otros temas que no necesariamente tienen que referir a la legislación, como la inversión pública en vivienda y las perspectivas del saneamiento alternativo. “Lo importante es generar un movimiento y no un simple debate entre los parlamentarios”, sostuvo el diputado, que planea consultar a organizaciones como el PIT-CNT, la Federación Uruguaya de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (FUCVAM), la Federación de Cooperativas de Vivienda (Fecovi) y la Universidad de la República, entre otras, para discutir y mejorar el proyecto de ley.
La iniciativa busca que los “inmuebles ociosos” se vuelquen al mercado inmobiliario, con el objetivo de aumentar la oferta de viviendas y, por consiguiente, bajar los costos reales y “garantizar el pleno ejercicio del derecho a la vivienda”, dice el borrador, al que accedió la diaria.
El texto establece que una casa vacía u ociosa es aquella que se encuentra deshabitada o no utilizada de forma permanente y sin causa justificada por al menos seis meses continuos, dentro de una zona urbana o urbanizable. No se tendrá en cuenta, sin embargo, si la propiedad se encuentra en un proceso de compraventa, si se encuentra en proceso de sucesión, si existe un pedido de desalojo o si se encuentra en obra. Por otra parte, el proyecto también prevé que si la propiedad está en una zona de asentamiento irregular u ocupada por familias que se encuentren en situación de pobreza extrema tampoco se considerará ociosa, siempre y cuando exista un informe previo del Ministerio de Desarrollo Social. Entre otras propiedades potencialmente ociosas, el proyecto define a los terrenos baldíos, a las edificaciones derruidas y a las paralizadas, aquellas que tienen más de cinco años consecutivos de obras inconclusas.
El borrador también propone la creación de una unidad dentro del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), cuyo cometido será llevar un registro público de inmuebles. Esta dirección será la encargada de declarar los inmuebles vacíos u ociosos y de lograr que éstos se destinen al mercado inmobiliario. También tendrá la capacidad de aplicar sanciones, multas y promover los procesos judiciales necesarios para cobrar estas penalizaciones. A su vez, los propietarios de los inmuebles incluidos en la norma deberán inscribir su propiedad en esta dirección y declarar cuál es su utilización.
El texto también establece un impuesto al “inmueble vacío u ocioso”, cuyo monto, propone, surgirá de una escala realizada en base al valor del catastro aplicable a los inmuebles urbanos. El impuesto se duplicará en caso de que el propietario del inmueble sea una persona jurídica con más de diez viviendas en su haber. Con la recaudación del tributo se propone la creación de una línea de crédito destinada a la rehabilitación de viviendas a tasas preferenciales, para que estos inmuebles se lleven al mercado de alquileres.
Antecedentes
No es el primer proyecto de ley que un legislador frenteamplista presenta con el objetivo de regular el mercado inmobiliario. Durante la legislatura anterior, el diputado Alfredo Asti (Asamblea Uruguay) fue el autor de una iniciativa que buscaba el uso de los inmuebles en estado de abandono. El proyecto de Asti facultaba al Poder Ejecutivo y las intendencias a solicitarle a la Justicia que declarara “abandonadas” las fincas cuando sus propietarios incumplieran por un período superior a 24 meses los deberes de conservar, cuidar o rehabilitar estos inmuebles. Una vez declaradas abandonadas, se convertirían en propiedad fiscal.
El propio Asti señaló que existe una diferencia entre su proyecto y el que promueve Andrade, ya que su iniciativa refiere exclusivamente a inmuebles abandonados, mientras que la de Andrade implica un concepto más amplio, dado que involucra los inmuebles en desuso. Según dijo Asti a la diaria, su proyecto no pudo ser aprobado en la legislatura anterior porque generó resistencias en un legislador del oficialismo que integraba la comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Diputados. En cambio, en esta legislatura el texto fue derivado a la comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente, en la que está siendo tratado.
Andrade dijo que también apoya el proyecto de Asti y que éste debería ser parte de la plataforma del movimiento por la vivienda que pretende impulsar. “El de Alfredo [Asti] no regula los alquileres, pero vamos a pelear ambos. Y si de los dos sale una mixtura, no hay problema”.