Un decreto firmado por el vicepresidente en ejercicio de la presidencia, Raúl Sendic, y el ministro de Defensa Nacional, Jorge Menéndez, establece que “la descendencia cierta o esperada no constituirá causal de baja por parte de quienes cursan las Escuelas de Formación de Oficiales”, derogando el requisito de permanecer sin tener hijos hasta el egreso de la Escuela Militar (Ejército), la Escuela Naval (Armada) y la Escuela Militar de Aeronáutica (Fuerza Aérea) por parte de los cadetes. El artículo 2º del decreto faculta al Poder Ejecutivo a conceder las excepciones en los casos de postulantes a ingreso con “descendencia cierta o esperada”, con “estado civil casado, viudo o divorciado”, con “descendencia cierta o esperada y de estado civil casado, viudo o divorciado”, o “cursante que manifieste su voluntad de contraer matrimonio”. Las cadetes que comuniquen su “situación de gravidez” tendrán derecho a una licencia especial por maternidad, “a fin de proteger la salud de la gestante y del niño”. “Dicha licencia se concederá una sola vez durante su permanencia en la Escuela de Formación de Oficiales” y se extenderá hasta el año de vida del niño.