El 10 de octubre, tras la reunión del Consejo de Ministros, el subsecretario del Ministerio de Economía y Finanzas, Pablo Ferreri, anunció una serie de medidas para estimular la actividad económica. Entre ellas, el gobierno incluye exoneraciones de 90% del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) para aquellas empresas que empleen a más de 150 trabajadores, exoneraciones tributarias para la organización de congresos internacionales en Uruguay, y exoneraciones a la distribución de utilidades para proyectos “innovadores”.
La Dirección General Impositiva estimó, en un informe sobre gasto tributario presentado el año pasado, que en 2013 el Estado dejó de recaudar 3.501 millones de dólares por concepto de exoneraciones tributarias, lo que representa aproximadamente 6% del Producto Interno Bruto (PIB) del país. Dentro de ese porcentaje, los tributos que más se exoneran son el IVA (su renuncia representa 3% del PIB), el IRAE (1,4% del PIB), el Impuesto al Patrimonio (1,1%) y el IRPF (0,5%). Las más beneficiadas por esta renuncia fiscal son las zonas francas, que fueron exoneradas de tributos por un monto equivalente a aproximadamente 0,7% del PIB.
El Estado dispone de una amplia batería normativa para exonerar impuestos. Por ejemplo, la Ley 17.292 de Fomento del Empleo, aprobada en 2001, que establece que las sociedades anónimas deportivas creadas en el marco de esa ley estarán exentas “de todo impuesto nacional”, y la Ley 18.833, que establece beneficios fiscales para el deporte. En la primera de las normas citadas se ampararon La Tahona Golf Club SA y La Costa Tenis Club para solicitarle al Estado que las exonerara del IVA, de la tasa global arancelaria, de la tasa consular, de la tasa de servicios extraordinarios y de la tasa de servicios automatizados. En el caso de La Tahona, solicitó exoneraciones para la importación de pelotas de golf en mayo y en octubre de 2016, y en el caso de La Costa, para la importación de equipamiento deportivo en julio de 2016. En la segunda norma se amparó el Club Nacional de Football para solicitar la promoción de su proyecto de construcción de vestuarios, por el que se le otorgó un crédito por IVA de un monto de hasta cuatro millones de pesos, y para su proyecto del “polideportivo tricolor”, por el que recibió un crédito por hasta 3,5 millones de pesos.
También la ley de Rendición de Cuentas de 1963 establece estímulos tributarios. Dispone que “las empresas periodísticas, de radiodifusión y de televisión, estarán exoneradas por su giro de los impuestos que gravan sus importaciones, capitales, ventas, entradas y actos y negocios”. En esta norma se amparó la agencia de información rusa Sputnik, operada por la empresa Rossia Segodnia, para importar a Uruguay con exoneración de impuestos material de radio y teletransmisión, en octubre de 2016.
El transporte colectivo de pasajeros también goza de beneficios. El decreto 416/006 de 2006 establece beneficios fiscales para los servicios de transporte colectivo de pasajeros del área metropolitana, y el decreto 221/007 de 2007 establece exoneraciones tributarias al transporte colectivo de pasajeros. En estas normas se ampararon empresas como COPSA, Rutas del Sol, COT y UCOT para importar con exoneración de impuestos equipos destinados al control del flujo de pasajeros y al monitoreo de las unidades.
En el ámbito cultural, el decreto 31/014 de 2014 establece la exoneración de IVA para artistas no residentes, que benefició a cantantes y grupos en 2015 y 2016. Pero el pilar de las exoneraciones está en la ley de zonas francas y en la ley de promoción y protección de inversiones de 1998, reglamentada en 2007 por decreto. La norma crea una comisión encargada de aplicar la ley, que en su sitio en internet publica todas las resoluciones de promoción de inversiones adoptadas mes a mes. En cada resolución se exonera a la empresa de varios tributos, entre ellos el IRAE.
En setiembre de 2016, por ejemplo, se dispuso exoneraciones, sólo por IRAE, de un monto superior a los 335 millones de pesos. En algunos casos, como el de la empresa Tenfield en enero de 2016, se exonera un monto equivalente a 60% de la inversión proyectada; en otros casos los porcentajes son más bajos, pero siempre superiores al 20%. Los proyectos de inversión casi en su totalidad son para adquirir equipamiento y maquinarias.