La Convención sobre los Derechos del Niño, cuantiosos acuerdos internacionales y, sin ir más lejos, el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA) uruguayo, recomiendan evitar el encarcelamiento para sancionar a los adolescentes que cometen infracciones y, en cambio, sugieren adoptar medidas no privativas de libertad. Sin embargo, la Justicia encerró a 38% de los adolescentes que cometieron delitos en 2014; esa cifra aumenta en Montevideo, donde más de la mitad son enviados a centros de reclusión. Actualmente hay alrededor de 500 jóvenes internados en los hogares del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente (Sirpa), y unos 120 con medidas no privativas de libertad.

Con el objetivo de fomentar una mayor aplicación de las medidas alternativas y su cumplimiento, el Sirpa presentó ayer a jueces, defensores y fiscales el Servicio de Supervisión de Medidas no Privativas de Libertad. El modelo de intervención prevé diseñar y recomendar la medida a implementarse, definir y articular la red de apoyos interinstitucionales públicos y privados para desarrollarla, y supervisar su cumplimiento.

En conflicto

La directora del Sirpa, Gabriela Fulco, aseguró que se está investigando administrativamente qué pasó en el ex hogar Puertas el viernes, y acusó a los trabajadores de abandono de sus puestos de trabajo por haber dejado de realizar sus tareas en el hogar. El Sindicato del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) había denunciado que varios jóvenes se habían amotinado y tomado de rehén al subdirector del hogar. Fulco dijo que el hecho se “sobredimensionó”; los jóvenes le habrían impedido el paso pero no lo habrían tomado de rehén. “Lo que nosotros cuestionamos es la medida; estamos trabajando en un sector de alta seguridad, con jóvenes que son altamente conflictivos, que tienen un tiempo importante de reclusión por delante y donde, en definitiva, no hubo nada que no saliera de otras instancias que han pasado dentro del sistema”, afirmó. También aclaró que una empresa está llevando a cabo el trabajo que deben cumplir los funcionarios en materia de seguridad desde el viernes. Fulco desmintió que el sindicato del INAU haya acordado con el Sirpa reforzar el equipo de dirección del hogar y redistribuir a los jóvenes.

Una Junta de Evaluación será la encargada de crear un Plan de la Medida en el que “se establecerá en detalle la estrategia de cobertura del amplio espectro de necesidades del adolescente en términos de rehabilitación”. También se definirá la frecuencia de la supervisión directa (visita domiciliaria) e indirecta con otros responsables de servicios públicos y privados. Según se explica, la frecuencia de la supervisión será progresiva por etapas: intensa (diaria), media (tres veces por semana) y mínima (una vez por semana o quincenal). El adolescente y la familia tendrán a disposición el contacto telefónico con el supervisor las 24 horas los siete días de la semana.

A su vez, el Plan incluye talleres educativos y de capacitación que tendrán certificado de asistencia y egreso, y ayuda psicosocial individualizada, terapia de grupo, programas residenciales y tratamiento “especializado de distintas categorías de delincuentes”, para atender a sus necesidades de manera “más eficaz”. Se agrega que cuando se decida que el tratamiento es necesario, “se hará todo lo posible por comprender los antecedentes, la personalidad, las aptitudes, la inteligencia y los valores del delincuente, y especialmente las circunstancias que lo llevaron a la comisión del delito”. Todas las actividades serán dirigidas por profesionales.

Tras la comunicación judicial de la medida, el Servicio dispondrá de 48 horas para expedir la citación del adolescente e informarle a este y a su referente familiar las consecuencias de su incumplimiento.

El juez podrá modificar o revocar la medida, teniendo en cuenta que “el fracaso de una medida no privativa de la libertad no significará automáticamente la imposición de una medida privativa de libertad [...] Se intentará imponer una medida sustitutiva no privativa que sea adecuada. Sólo se podrá imponer la pena de prisión cuando no haya otras medidas sustitutivas adecuadas”, señalan. Para determinar las obligaciones con las que deberá cumplir el adolescente “se tendrán en cuenta las necesidades de la sociedad y las necesidades y derechos del delincuente y la víctima”. Las obligaciones deben ser “prácticas, precisas y tan pocas como sea posible, y tendrán por objeto reducir las posibilidades de reincidencia en el comportamiento delictivo” y la reinserción social, sin perder de vista las “necesidades de la víctima”. Se prevé desarrollar un programa de reparación de las víctimas junto a la Asociación de Familiares y Víctimas de la Delincuencia.

Uno de los defensores de jóvenes que participaron en la presentación ayer, el abogado Guillermo Payssé, señaló a la diaria que a pesar de que la intención del Sirpa es erradicar el preconcepto que tienen muchos jóvenes de que las medidas no privativas de libertad son “dejar una constancia de presencia” en algún juzgado o comisaría, la incidencia de la Ley 19.055, aprobada en enero de 2013, que modificó el CNA, “dificulta” la labor de los jueces al momento de aplicar una medida sustitutiva. La ley estableció que por infracciones gravísimas a la ley penal (homicidio, lesiones gravísimas, violación, rapiña, privación de libertad agravada, secuestro) los adolescentes de 15 a 18 años deben ser encarcelados por un período no inferior a los 12 meses. En 2011 y 2012 las sentencias privativas de libertad por rapiña rondaban el 60% a nivel nacional, mientras que en 2014 llegaron a significar 90% de las sentencias en Montevideo y 87% en el interior.