El organismo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a cargo del uruguayo Edison Lanza, presentó el 17 de marzo su informe sobre 2015. En términos generales, el informe alerta por el incremento de la violencia contra los periodistas por tercer año consecutivo. El documento registra 27 asesinatos de periodistas y trabajadores de medios de comunicación en Brasil, Honduras, México, Colombia, Guatemala, República Dominicana, Estados Unidos y Paraguay, en circunstancias que podrían estar relacionadas con su profesión, además de 12 casos en los que falta investigación para determinar que el hecho de que fueran periodistas fue el motivo del asesinato. “El hemisferio se ha vuelto una de las regiones más peligrosas del mundo para ejercer el periodismo”, señala el informe, que recuerda que en 2014 habían sido 25 los periodistas asesinados. En general, cubrían “el accionar del crimen organizado, hechos de corrupción política o representaban una robusta voz en sus comunidades locales”.

El informe relata que también aumentaron los episodios de intimidación y amenazas, así como el uso del derecho penal en contra de los comunicadores. Aunque en Uruguay no hubo casos de periodistas asesinados, el informe relata ocho casos de insultos, amenazas o ataques contra trabajadores de los medios de comunicación, por parte de dirigentes políticos o del ámbito futbolístico. El documento también describe dos casos de censura: uno en el que el dueño de Radio Emisora Color de Cardona le prohibió al periodista Emiliano Wigman emitir un informe sobre el uso del teléfono de una oficina del municipio para coordinar entrevistas de candidatos del Partido Nacional durante la campaña electoral -que culminó con la renuncia del periodista-, y otro en el que el representante de Mercedes Benz en Uruguay amenazó a un periodista de Búsqueda con retirar la publicidad en ese medio si se publicaba información sobre la posible venta de un avión a Presidencia de la República.

El capítulo sobre Uruguay se detiene en la puesta en marcha del sistema de vigilancia electrónica e interceptación de telecomunicaciones El Guardián, por parte del Ministerio del Interior (MI). Por un lado, detalla la demanda de acceso a la información presentada por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública para conocer el protocolo elaborado por el MI, que fue rechazada en primera instancia y en el Tribunal de Apelaciones; por otro, hace recomendaciones sobre su uso, en particular después de que la Suprema Corte de Justicia indicó que El Guardián va a ser manejado exclusivamente por el gobierno y no podrá ser controlado por la Justicia. El informe “reitera que los programas de vigilancia deben ser diseñados e implementados atendiendo a los estándares internacionales en materia de derechos humanos. Particularmente, los Estados deben garantizar que la intervención, recolección y uso de información personal, incluidas todas las limitaciones al derecho de la persona afectada a acceder a información sobre las mismas, estén claramente autorizadas por la ley a fin de proteger a la persona contra interferencias arbitrarias o abusivas en sus intereses privados”. Además, observa que las tareas de vigilancia que invadan la privacidad de las personas “deben ser autorizadas por autoridades judiciales independientes” y que “por lo menos” los criterios de decisión adoptados en la Justicia “deberían ser públicos”.