Después de haber pedido un informe sobre las actuaciones a la fiscal María del Huerto Martínez, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, se pronunció sobre el robo a una persona que salía de un banco de la Ciudad Vieja y que quedó registrado en las cámaras de seguridad de un club deportivo de la zona. El fallo judicial -la fiscal pidió procesamiento por hurto y en ese sentido resolvió la jueza Beatriz Larrieu- había sido cuestionado por el Ministerio del Interior. En una resolución de ayer, el fiscal concluye que Martínez “dictaminó erróneamente al solicitar el enjuiciamiento por un delito de hurto”, ya que del análisis de los hechos surge “con claridad meridiana” que estos “encajan perfectamente en la figura típica prevista en el artículo 344 del Código Penal (rapiña)”, entre otras cosas porque la víctima llevaba la plata en su ropa y “la única forma posible de sustraerle el dinero y consumar el ilícito era mediante el uso de violencia (moral o física), como finalmente ocurrió”. El fiscal considera que la Fiscalía General de la Nación “es una institución que se hace cargo de las responsabilidades legales asignadas, que asume las consecuencias de sus actos y que no busca eludirlas amparándose en los errores de los demás operadores del sistema de justicia”, y, en virtud de que la solicitud de procesamiento “es provisoria y reformable en cualquier estado del proceso”, determina la reserva de las actuaciones por 60 días.