El texto que el senador Pedro Bordaberry (Vamos Uruguay, Partido Colorado) presentó el martes a la Asamblea General tiene dos artículos. El primero pretende modificar el artículo 11 de la Constitución, que dice: “El hogar es un sagrado inviolable. De noche nadie podrá entrar en él sin consentimiento de su jefe, y de día, sólo de orden expresa de Juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley”; agrega la excepción de “situaciones graves y urgentes” (aunque no incluye definiciones de esos términos) y habilita a los jueces a dar la orden oralmente en casos de “extrema urgencia”. El segundo y último artículo pone la fecha del último domingo de mayo de 2017 -el 28- al plebiscito que debe aprobar el proyecto, luego de aprobado por dos tercios del total de los legisladores de ambas cámaras, requisitos obligatorios para que las leyes puedan modificar la Constitución, un conjunto de normas superiores en el ordenamiento jurídico del Estado.

La idea tiene dos antecedentes que llegaron al Parlamento en 2012: el primero fue, igual que la propuesta de Bordaberry, una ley constitucional que presentó el también senador colorado Ope Pasquet; el otro, a cargo del diputado frenteamplista Walter de León (Espacio 609), era una ley interpretativa de la Constitución. Ninguno de los dos proyectos prosperó. En los tres casos, la fundamentación se centraba en las bocas de venta de droga, en particular las de pasta base, y en los problemas para combatir sus actividades, mayoritariamente nocturnas, según los legisladores.

“Es innegable que actualmente el narcotráfico y crimen organizado se vale también de las garantías constitucionales para conseguir resultados favorables en su actividad”, escribe Bordaberry, que entiende que si la ley se aplica con un “criterio restrictivo” no amenazaría los derechos individuales en un país que “no aparece hoy desafiado por la arbitrariedad institucional, y sí padece hondamente los efectos de una delincuencia cada vez más agresiva y virulenta”.