El escándalo que involucró esta semana a Jorge Orrico y a Asamblea Uruguay (AU) es una oportunidad para reactivar la discusión acerca del financiamiento de los partidos, su opacidad y la ausencia de mecanismos efectivos para regularlo.
La discusión se ha centrado en quién fue culpable de la omisión de aportes al Banco de Previsión Social (BPS) por el trabajo de una secretaria de Orrico en el Parlamento: AU acusa al ex legislador, y viceversa. ¿Por qué puede ser discutible a quién le corresponde realizar tales aportes? ¿Por qué hay varios procedimientos posibles, todos aceptados, para hacerse cargo de ellos? Las respuestas a esas preguntas nos llevan a la cuestión del financiamiento partidario.
Los partidos uruguayos se financian por dos vías, y en ambas las normas vigentes muestran una malsana hipocresía. Por un lado, están los aportes privados: la ley establece de quiénes está prohibido aceptarlos, y obliga a los partidos a presentar ante la Corte Electoral un detalle de las donaciones recibidas, pero no se controla que este sea veraz y, por lo tanto, nada impide que sea falsificado impunemente. Por otro lado, los partidos reciben financiamiento del Estado de dos formas, una explícita (pago por votos recibidos y adelantos a cuenta de ese pago) y otra encubierta. Esta última es la que responde a las interrogantes del párrafo anterior.
El modo tradicional de encarar el financiamiento partidario en Uruguay se puede resumir así: como son los propios partidos, mediante sus parlamentarios, los que aprueban la legislación al respecto, y asumen que a la ciudadanía le puede caer mal que se autoasignen dinero, una parte importante de los recursos que terminan a su disposición se otorga con disimulo.
Ese ha sido el caso de los recursos destinados, en teoría, a facilitar la labor específica de los legisladores, como la posibilidad de “pases en comisión” (funcionarios del Estado que quedan a disposición de un parlamentario, mientras les sigue pagando su organismo de origen), o las partidas para compra de prensa y gastos de secretaría. Lo que pasa realmente, no siempre pero sí a menudo, es que personas “pasadas en comisión” no trabajan para el parlamentario sino para su sector o su partido (cuando trabajan, porque a veces el mecanismo se usa para beneficiar a familiares, amigos o gente querida por otros motivos). O que el legislador se embolsa la partida para prensa o se la traslada a su sector, y lee la prensa gratis, en internet o mediante fotocopias (cuando la lee). O que las tareas de secretaría son realizadas por alguien “pasado en comisión” y el parlamentario se queda con el dinero de la partida correspondiente (o se la traslada a su sector), o le paga a alguien parte de ese dinero y se guarda el resto o se lo traslada a su sector.
Últimamente ha primado el criterio de que haya relajo pero con orden, y se apretaron un poco las clavijas para que, por lo menos, se hagan los debidos aportes al BPS por el trabajo de secretaría. Pero, de todos modos, el titular de la partida en cuestión sigue siendo cada parlamentario, que puede autorizar su cobro por parte de otra persona (el propio secretario o alguien del sector), pero no pierde esa titularidad. Esto no es casual, sino que obedece a la lógica de que la banca, con todos sus beneficios adicionales, “es del legislador”. Sucesivas generaciones de parlamentarios se han abstenido de sentar precedentes legales en otro sentido, quizá porque nadie descarta la posibilidad de una ruptura con el sector o el partido en cuyo nombre obtuvo la banca, y pocos tienen la intención de renunciar a ella y a sus remuneraciones, directas e indirectas, si esa ruptura se concreta.
Por todo lo antedicho fue que, como cuenta ahora Orrico, AU dispuso, desde la primera vez que tuvo legisladores, que estos le transfirieran formalmente al sector el cobro de las partidas de secretaría. Es fácil darse cuenta de que eso permite formar una especie de “fondo común”, del cual es posible reservar dinero para otros destinos. Por supuesto, no se trata de un caso aislado: cosas parecidas hacen muchos sectores (el Movimiento de Participación Popular, por ejemplo, recibe los sueldos completos de sus parlamentarios y les devuelve una parte de ellos, disponiendo del resto para lo que les parezca conveniente a sus autoridades). Nada de eso es ilegal, pero se trata de prácticas que, en los hechos, establecen vías de financiamiento partidario encubiertas y opacas, porque la ciudadanía ignora en qué medida los fondos destinados formalmente a un destino se asignan a otros, o cuáles son estos, y el momento de llamar a las cosas por su nombre nunca llega.