A una semana de leído el fallo de la Tercera Corte de Asís de Roma en el juicio por el Plan Cóndor -procedimiento judicial dirigido a esclarecer las responsabilidades por la desaparición, durante las dictaduras latinoamericanas de las décadas de 1970 y 1980, de 43 ciudadanos latinoamericanos de origen italiano-, que empezó en 1999 y llegó a instancias de debate en febrero de 2015, continúan las polémicas y las quejas acerca del veredicto: ocho cadenas perpetuas y 19 absoluciones, 13 de las cuales fueron para imputados uruguayos. Para Uruguay la sentencia ha sido un golpe muy duro, en la medida en que sólo fue declarado culpable Juan Carlos Blanco, canciller de la dictadura, mientras que resultaron absueltos los militares acusados de haber actuado directamente en los secuestros y desapariciones de las víctimas. La situación de Jorge Néstor Tróccoli, que dejó Uruguay y logró escapar a la extradición, deja un especial sabor amargo que será muy difícil asimilar también en Italia, donde reside el ex marino.

Más allá de las palabras rituales de la fiscalía y de los abogados, que recordaron que “es una sentencia y, como tal, debe ser respetada”, vale la pena analizar el fallo para entender cuál fue la mirada de la Corte, mientras se esperan los fundamentos, que serán emitidos en 90 días y que nos dirán si hubo faltas en la construcción de la prueba llevada ante los jueces, cuáles fueron y de qué manera sería apropiado integrarlas.

Giancarlo Capaldo, fiscal a cargo del juicio y que, luego de haber acumulado pruebas y edificado la acusación durante más de 15 años, frecuentó escasamente el aula del juicio y dejó que su sustituta, Tiziana Cugini, llevara adelante el trabajo, se declaró satisfecho: “Esta sentencia afirmó cosas muy importantes [...]. [Se probó] la existencia del Plan Cóndor como operación sistemática de eliminación de opositores políticos, gracias a un acuerdo entre varios países. [...] logramos probar las responsabilidades de los más altos cargos de las juntas militares; [...] consideramos que este es un importante paso adelante”. Capaldo destacó la “calidad” de la sentencia a costa de la cantidad de imputados que él llevó ante la Corte y que fueron declarados inocentes. Con la sentencia del martes se establecieron las responsabilidades en las muertes de 11 ciudadanos de origen italiano desaparecidos (José Montiglio, Omar Venturelli, Daniel Banfi, Gerardo Gatti, María Emilia Islas de Zaffaroni, Bernardo Arnone, Juan Pablo Recagno, Luis Stamponi, Mafalda Corinaldesi, Ismael Viñas Gigli y Horacio Campiglia); para los casos de cuatro italianos (Andrés Bellizzi, Marta Landi, Alejandro Logoluso y Héctor Giordano) los imputados fallecieron, y para ocho casos (Juan Maino, Jaime Donato, Edmundo Dossetti, Ileana García Ramos, Raúl Gambaro, Julio D’Elía, Yolanda Casco y Raúl Borrelli) hubo absoluciones. Ninguna condena fue emitida por las desapariciones de los 20 uruguayos (Alberto Corchs Laviña, Elena Paulina Lerena Costa de Corchs, Alfredo Fernando Bosco Muñoz, Guillermo Manuel Sobrino Berardi, Gustavo Alejandro Goycochea Camacho, Graciela Noemí Basualdo Noguera de Goycochea, María Antonia Castro Huerga de Martínez, José Mario Martínez Suárez, Aída Celia Sanz Fernández, Elsa Haydée Fernández Lanzani de Sanz, Atalivas Castillo Lima, Miguel Ángel Río Casas, Eduardo Gallo Castro, Gustavo Raúl Arce Viera, Juvelino Andrés Carneiro da Fontoura Gularte, Carolina Barrientos Sagastibelza de Carneiro, Carlos Federico Cabezudo Pérez, María Asunción Artigas Nilo de Moyano, Alfredo Moyano Santander, Célica Élida Gómez Rosano) por las que estaba acusado Jorge Néstor Tróccoli.

Por los casos de los cuatro argentinos (Stamponi, Corinaldesi, Viñas y Campiglia) fueron condenados los bolivianos Luis Arce Gómez y Luis García Meza, los peruanos Francisco Morales Bermúdez Cerruti, Pedro Richter Prada, Germán Ruiz Figueroa y el uruguayo Juan Carlos Blanco, que fue condenado también por las muertes de Banfi, Gatti, Islas Zaffaroni, Arnone y Recagno. Dos de los 11 chilenos -Rafael Ahumada Valderrama y Hernán Jerónimo Ramírez Ramírez- fueron condenados por los homicidios de Juan Montiglio y Omar Venturelli.

Si entramos en el detalle de la sentencia, vemos que todas las absoluciones se debieron al hecho de que la Corte consideró que no se probó el crimen de homicidio, mientras que el crimen de secuestro de persona ya prescribió; eso produjo la cadena de absoluciones. En ese mecanismo es culpable también Italia, que todavía no ha legislado el crimen de tortura, que no existe en el Código Penal de ese país y que, en todo caso, aunque se hubiera tipificado, no podría ser utilizado actualmente, debido al principio de irretroactividad de la norma. Duele pensar en todos los testigos que coincidieron para relatar las torturas sufridas; duele, aun más con este resultado, imaginar el proceso de evocación de hechos horribles al que fueron sometidos.

Es evidente que, frente a este panorama, los bolivianos, los peruanos y los argentinos reivindiquen una plena satisfacción; no puede ser así para los chilenos y los uruguayos. Al mismo tiempo, es cierto que el juicio de Roma valió la pena. No fue un gasto de dinero público -como dijo el abogado de Tróccoli-, sino el modo de llevar al centro de la reflexión el tema de la Justicia universal y de lograr unas condenas significativas en torno al aparato político del Plan Cóndor. No es poco, aunque todavía no sea suficiente.

Que familias y víctimas uruguayas salgan tan dolidas del juicio es entendible. Esto tiene que ver, más que con la sustancia de la sentencia, con la percepción de que en Uruguay no hay una política pública clara en el campo de los derechos humanos. Se podría discutir esto durante horas, pero sobre memoria, verdad y justicia hay un discurso oficial y una realidad que no se ajustan por completo entre sí. Eso es muy triste.

Aclarando

En la edición del martes 17 de enero publicamos una nota previa al pronunciamiento de la Tercera Corte de Asís del Tribunal de Roma, bajo el título “El día después”. En aquel artículo, mencionamos, en el segundo párrafo, que uno de los acusados era el coronel Pedro Mato Narbondo, que actualmente está en Brasil. Esa afirmación es correcta, pero unos párrafos más adelante, en una segunda referencia a la nómina de militares uruguayos acusados en Roma, hablamos de Pedro Narbondo y no de Pedro Mato Narbondo. Vale aclarar, para evitar confusiones, que el militar acusado no tiene nada que ver con Pedro Narbondo Álvarez, el ex director del Instituto de Ciencia Política, fallecido en noviembre de 2015.