La Cámara de Diputados aprobó anoche de forma “grave y urgente” un proyecto de ley que ajusta el Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA) a la reforma del Código del Proceso Penal (CPP), que se comenzará a aplicar el 1º de noviembre. El nuevo CPP cambia el proceso penal a uno acusatorio, dirigido por los fiscales y no por los jueces, y por lo tanto era necesario “armonizar” también el proceso penal adolescente. Lo aprobado ayer modifica un proyecto que votó el Senado, que fue cuestionado por el Ministerio de Desarrollo Social (Mides), el Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA), organizaciones sociales que trabajan con adolescentes en infracción y organismos internacionales como UNICEF. Ese proyecto extendía el plazo por el que se podría aplicar la privación de libertad como medida cautelar de 90 días a un año, para el caso de adolescentes que cometieran delitos gravísimos; el que se votó ayer establece que el proceso penal para estos casos no puede durar más de 150 días, lo que implica la extensión máxima de 90 a 150 días de la aplicación de la privación de libertad como medida cautelar.

El texto que se aprobó en el Senado establecía que para los delitos graves cometidos por menores de 18 años la privación de libertad como medida cautelar podría llegar a ser de un máximo de seis meses, mientras que para los delitos gravísimos podía llegar a durar un año. Esto implicaba cambios importantes respecto de la situación actual: en caso de delitos graves, el plazo máximo de la medida de privación de libertad de forma cautelar es de 60 días, y para los delitos gravísimos, de 90 días.

Cuando el proyecto pasó a Diputados fue duramente cuestionado por el INISA y por organizaciones sociales. En la bancada de diputados del Frente Amplio (FA) la diputada de Ir Macarena Gelman planteó su preocupación al respecto y propuso que se modificara el texto para que la situación quede como está actualmente, pero en el FA no se llegó a un acuerdo al respecto. En consulta con los senadores, la bancada de diputados del FA acordó que el plazo máximo de la privación de libertad como medida cautelar para el caso de delitos graves se mantenga en 60 días, y estableció un tope de duración del proceso penal para los casos de delitos gravísimos cometidos por adolescentes en un máximo de 150 días. Gelman consideró que los cambios “no contemplan todo, pero en definitiva disminuye la incertidumbre, porque hay un plazo tope para la culminación del proceso”. Además, en virtud de que actualmente la premura se debe al comienzo de la aplicación del nuevo CPP en noviembre, los diputados asumieron el “compromiso político” de conformar un grupo de trabajo, en los primeros meses de 2018, en el que “con tranquilidad se analice el proceso penal adolescente, incluida toda la normativa asociada”.

“Trágico”

Una delegación del INISA, encabezada por su presidenta, Gabriela Fulco, había manifestado en la Comisión de Diputados su “preocupación” por el proyecto aprobado en el Senado. Fulco explicó que los jóvenes con medidas cautelares de privación de libertad permanecen en el Centro de Ingreso, Estudio y Derivación (CIED) hasta la sentencia, y consideró que si ese plazo se extendiera a 365 días “sería realmente trágico en todo sentido, inconveniente, y lesionaría derechos adquiridos y protegidos”. Según Fulco, los 90 días que rigen actualmente ya son un plazo “bastante importante y pueden coartar, cercenar o influir negativamente en los estudios”.

Por su parte, Diego Camaño, abogado del INISA, consideró en comisión que extender los 90 días de privación de libertad significa “un retroceso en los derechos establecidos hoy en el CNA y un efecto devastador sobre la interna, porque vamos a tener que empezar a mezclar a los adolescentes que están sujetos a medidas cautelares con los que van a estar cumpliendo medidas privativas de libertad. O sea que se va a desarmar el CIED en los hechos, y el resto del sistema va a estar inundado por adolescentes que van a estar a la espera de un juicio”.

Además, explicó que la mayoría de los adolescentes privados de libertad en el INISA están ingresados por el delito de rapiña, y sobre ellos recae una sentencia del “entorno de los 14 o 15 meses”. Esto significa que si la medida cautelar se extiende a los 12 meses, “además de no poder trabajar en la medida socioeducativa porque no hay una sentencia, vamos a tener la consecuencia de que cuando se dicte esa sentencia el adolescente ya esté por salir. Y no se puede implementar una medida socioeducativa seria con expectativa de algún resultado en dos meses”.

Camaño señaló también que organismos de derechos humanos como el Comité de los Derechos del Niño, UNICEF y Naciones Unidas “podrían plantear alguna acción internacional”, en el entendido de que la Convención sobre los Derechos del Niño “establece que cuando se logra un estándar determinado no se puede volver atrás”, en relación a los 90 días que se aplican hoy.

El Consejo Nacional Consultivo Honorario de los Derechos del Niño y del Adolescente, integrado por representantes del Poder Ejecutivo y de organizaciones de la sociedad civil, también expresó en comisión su preocupación por el texto aprobado en la cámara alta. A los cuestionamientos que ya había planteado el INISA, la subsecretaria del Mides, Ana Olivera, planteó otra preocupación en torno al “peligro de superpoblación” en la que puede caer el CIED si se extiende el plazo de 90 días para las medidas cautelares; hoy en el centro se encuentran 450 adolescentes privados de libertad. Además, Olivera dijo que el consejo no fue consultado sobre esta modificación.

Más duro con adolescentes

El proyecto que aprobó el Senado también fue criticado por organizaciones sociales. Ayer el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur) emitió un comunicado en el que aseguran que el texto “torna más gravosa la situación de los adolescentes si lo comparamos con lo establecido en el CPP para adultos, donde la prisión preventiva no se establece como regla, sino que sólo podrá ser dispuesta en caso de frustración de medidas probatorias, peligro de fuga o peligro de la integridad física de la víctima. Asimismo, el proyecto a estudio en materia de adolescentes aumenta el plazo de detención preventiva que hoy rige (pasándolo de 90 días a más de 100), violando con ello principios fundamentales de la Convención sobre Derechos del Niño”. Ielsur también cuestiona que el proyecto aprobado ayer elimine el beneficio de la libertad anticipada para los adolescentes. “Nunca como antes en la historia del país los adolescentes han sido criminalizados como ahora”, finaliza el comunicado.