Una sola empresa transnacional puede concentrar el Producto Interno Bruto (PIB) de varios países. Su poder económico se traduce en poder político de presión en materia de beneficios puntuales e incluso de cambios normativos. En algunos casos, las Empresas Transnacionales (ET) son acusadas y condenadas por violaciones a los derechos humanos en materia laboral y medioambiental. Sin embargo, amparándose en su compleja estructura societaria, logran muchas veces evadir las justicias locales y, en general, no pueden ser sometidas a tribunales internacionales. La ONU sólo dispone, en este sentido, de un conjunto de “principios rectores”, que no son vinculantes para las empresas.

Con la intención de modificar esta situación, el gobierno de Ecuador presentó una propuesta en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para discutir la posibilidad de contar con un tratado vinculante en materia de DDHH y empresas transnacionales. Se conformó un grupo de trabajo que ya se reunió dos veces, y el tercer encuentro será a fines de este mes en Ginebra. Algunos países en desarrollo, como Sudáfrica, apoyan la suscripción del acuerdo. En cambio, la Unión Europea es el bloque que se muestra más reticente al respecto.

El gobierno ecuatoriano invitó a Mujica a dar un discurso de apertura de la reunión del grupo; el ex presidente tiene previsto viajar si su estado de salud lo permite. También está invitada la diputada Lilián Galán, quien junto con otros diez legisladores del Parlamento Europeo y del Congreso de Canadá fueron los primeros firmantes de un “llamamiento de parlamentarios de todo el mundo en apoyo del establecimiento de un tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos”. En ese documento, suscrito luego por otros legisladores del FA, se señala que un tratado vinculante en esta materia “supone un paso importante para conseguir un sistema económico global que favorezca los derechos de las personas y su bienestar, y para terminar con la impunidad de las corporaciones transnacionales”.

La cancillería uruguaya resolvió que no habrá jerarcas de Uruguay presentes en el encuentro, y en cambio asistirá el representante uruguayo ante la ONU, Ricardo González. Otros países, en cambio, estarán representados por sus cancilleres. Fuentes del Ministerio de Relaciones Exteriores explicaron a la diaria que la ausencia de funcionarios de peso se explica porque Uruguay mantendrá una postura “calma” respecto de este asunto, ya que no quiere “generar revuelo hasta que no esté avanzado un documento concreto y consensuado”.

Los cambios

El gobierno de Ecuador ya hizo circular un borrador en inglés sobre los contenidos que debería tener este tratado. Uno de los principales aspectos apunta a asegurar que las ET puedan ser responsabilizadas por violaciones a los derechos humanos desde el punto de vista civil, administrativo y penal. Un caso paradigmático en este sentido es el de la empresa Chevron (Texaco), responsable, en Ecuador, del derramamiento de más de 80.000 toneladas de residuos de petróleo en el lago Agrio. Las comunidades indígenas de la provincia amazónica de Sucumbíos presentaron una demanda contra Chevron en 2003. Recién después de ocho años, la Justicia ecuatoriana les dio la razón y condenó a la empresa a pagar 9.500 millones de dólares. Pero Chevron interpuso varios recursos, y cuando finalmente se vio obligada a pagar la sentencia, no tenía activos en Ecuador, y la deuda no podía cobrarse de los activos que tenía en otros países.

La propuesta ecuatoriana señala que los estados deberán adoptar normas internas que les permitan responsabilizar penal y civilmente a las ET. Estas normas no sólo se aplicarán a los directivos de las ET, sino también a todos los cargos de decisión en la empresa al momento en que se cometieron las violaciones a los DDHH. En materia de jurisdicción, la propuesta de Ecuador plantea que se considera que una ET está “bajo la jurisdicción” de un Estado cuando tiene su actividad central, o su sede o actividades sustanciales en un Estado. Ese Estado deberá garantizar mediante normas o medidas adecuadas que puedan considerarse en su Justicia local demandas contra las ET por violaciones a los derechos humanos de sus subsidiarias, así como que se puedan interponer demandas contra ellas en las justicias de otros países donde estas empresas desarrollen sus actividades. Otro aspecto que se busca garantizar es el acceso a la Justicia de las comunidades afectadas, en particular de las minorías y los grupos vulnerables. Por otra parte, los estados deberán garantizar que no se utilizarán mecanismos extrajudiciales –como arreglos económicos entre las ET y las víctimas– para sustituir los mecanismos judiciales que permitan una reparación efectiva.