Este mes, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados retomará el tratamiento del proyecto de ley de reforma del Código Penal (CP). La iniciativa se había discutido en el período pasado y estuvo a punto de aprobarse, pero a raíz de las críticas realizadas al texto por organizaciones sociales, en 2014 la bancada del Frente Amplio (FA) resolvió postergar su consideración.

Durante esta legislatura, diputados y senadores del FA estuvieron trabajando en comisiones para generar insumos de cara a la discusión de la reforma del CP, que se suman a los ya presentados por organizaciones vinculadas a los derechos humanos y organizaciones feministas. Una de estas comisiones abordó la penalización de delitos vinculados a lo laboral.

“Estuvimos trabajando en la bancada para tipificar algunos delitos que protejan los derechos de los trabajadores, porque en nuestro Código Penal no hay nada en materia de derecho laboral”, explicó a la diaria la diputada frenteamplista Cecilia Bottino (Movimiento de Participación Popular). La legisladora recordó que cuando se discutió la Ley de Responsabilidad Penal Empresarial, con el PIT-CNT se evaluó la posibilidad de avanzar en un capítulo sobre derecho penal laboral como el que existe en otros países, como España, Venezuela y Perú. Bottino sostuvo que el caso del trabajador rural agredido con un rebenque en Salto muestra la necesidad de legislar en esta materia.

La semana pasada, cuando el trabajador compareció ante la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, el presidente de la comisión, el frenteamplista Daniel Placeres, también remarcó la necesidad de legislar en materia laboral penal para este tipo de casos. “Creo que hay un vacío en esta área”, porque “la Ley de Responsabilidad Penal Empresarial refiere, más que nada, a las condiciones de trabajo y a la seguridad”, dijo el diputado. Afirmó que la legislación penal en esta materia estaría amparada por el artículo 54 de la Constitución, que establece como derecho de los trabajadores la “conciencia moral y cívica; la justa remuneración; la limitación de la jornada; el descanso semanal y la higiene física y moral”.

En la comisión de legisladores del FA que estudia el tema ya se definieron algunas tipificaciones enmarcadas bajo el capítulo “Delitos contra los derechos de los trabajadores”, aunque todavía no se discutió la pena que le cabría a cada uno de estos delitos. La propuesta apunta a penar a quien “mediante engaño, abuso de una situación de vulnerabilidad o actos simulados, contratare a una o más personas en forma clandestina, imponiéndoles condiciones de trabajo que afectaren gravemente su dignidad”. También a quien trafique de manera ilegal con mano de obra y a quien “reclute personas o las determine a abandonar su puesto de trabajo ofreciendo empleo o condiciones de trabajo engañosas o falsas”, así como a quien emplee a extranjeros sin permiso de trabajo “en condiciones que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tuviesen reconocidos por disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias o convenios colectivos”.

La propuesta del FA apunta también a calificar de “apropiación indebida” los casos en que el empleador no vierta los importes descontados o retenidos a sus trabajadores.

Se prevé además una pena para los casos de “grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores, o por el parentesco con otros trabajadores de la empresa”, y siempre y cuando el empleador o responsable “no restablezca la situación de igualdad ante decisión administrativa o judicial”.

Asimismo, se propone integrar al CP las penas previstas en la Ley de Responsabilidad Penal Empresarial, con el agregado de que también se propone penar a los funcionarios, profesionales “o cualquier otro que tuviere el deber legal de control y vigilancia del cumplimiento de las normas” en materia de seguridad laboral y que hubiera “ocultado o tolerado” la actuación irregular de los empleadores.

Otros delitos

Las propuestas del FA en materia laboral no son las únicas iniciativas de reforma del CP que comenzará a estudiar la Comisión de Constitución este mes. También hay propuestas, elaboradas a partir de sugerencias de organizaciones sociales y expertos, que apuntan a tipificar delitos ambientales e informáticos.

Por otra parte, se planea incorporar un capítulo para modernizar la normativa penal sobre delitos sexuales. En este punto, la Comisión de Constitución tomará en cuenta las definiciones que ya hizo la Comisión de Población de la Cámara de Senadores. Este último organismo tiene a estudio un proyecto de ley integral de combate a la violencia de género, y uno de los capítulos es penal. Según explicó la senadora frenteamplista Daniela Payssé, ya se acordó la tipificación del delito de abuso sexual –que hoy no está contemplado en el CP, lo que hace que esas situaciones se consideren como “atentado violento al pudor”– y definir una concepción más amplia de la violación, que hoy se restringe a la penetración vaginal o anal. De todos modos, la Comisión de Población esperará a evacuar algunas consultas jurídicas antes de terminar de votar este capítulo.