La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibió ayer a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) en el marco de las audiencias públicas que realizó los últimos dos días en Montevideo.

La decisión de recurrir ante la CIDH apunta a llamar la atención –a partir de un caso concreto en nuestro país– sobre el relacionamiento entre los Poderes Judiciales y las instituciones nacionales de derechos humanos en los Estados que integran el sistema interamericano, en aras de garantizar, para este tipo de instituciones, la autonomía y la independencia en el ejercicio de sus cometidos y facultades legales.

El “caso concreto” refiere a una sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno que, en un procedimiento de amparo solicitado por un gobierno departamental, ordenó la suspensión de la aplicación de una resolución dictada por la Defensoría del Pueblo.

“Los fallos judiciales en un Estado de derecho se cumplen, no se discuten, pero sí tenemos la posibilidad de apelar a otros órganos del sistema interamericano de protección de derechos humanos que también integran los mecanismos que están vigentes en el país”, explicó Juan Faroppa, director de la INDDHH, después de la audiencia, a la diaria.

Faroppa dijo que no se buscó discutir el derecho de presentar el amparo “porque el gobierno tiene todas las potestades de hacerlo”, pero se afirmó que en la resolución de segunda instancia, en el fallo definitivo que ordena la suspensión de la resolución de la INDDHH, “los fundamentos demuestran el desconocimiento de las competencias de la Institución, así como de principios y estándares generales sobre derechos humanos”.

Para la INDDHH una sentencia judicial que de alguna manera afecte el cumplimiento de sus competencias “tiene que estar dictada con conocimiento pleno de cuáles son esas competencias y lo que dice la ley, qué facultades tiene la institución, y luego tiene que demostrar conocimiento en materia de los estándares y principios de los derechos humanos internacionales”.

La CIDH, por su parte, resaltó la importancia de la independencia y de la autonomía de las instituciones de derechos humanos en todo el continente, y el “respeto fundamental” de estas que requiere el funcionamiento del Estado de derecho. Faroppa observó que la comisión también “recogió lo que planteamos en cuanto a que el control que ejerce el Poder Judicial y el que ejerce la Defensoría del Pueblo no son contradictorios: son diferentes y complementarios”, algo que dejó “muy conformes” a los integrantes de la institución.

En último lugar, Faroppa destacó el ofrecimiento de la INDDHH al Poder Judicial para ayudar en la capacitación y formación de jueces y magistrados en torno a las competencias de este tipo de instituciones y en lo relativo a los derechos humanos en general. “Creemos que es una necesidad importante avanzar en este punto”, afirmó. El representante de la Suprema Corte de Justicia, en tanto, acogió de buen grado el aporte y quedó en trasladarlo a los demás integrantes.