La semana pasada, el Observatorio Luz Ibarburu (OLI) mantuvo una reunión privada con Paulo Vannuchi, refrente de la Unidad Temática Memoria, Verdad y Justicia (UTMVJ) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En esa oportunidad le entregó al comisionado, nacido en Brasil, un extenso informe en el que se enumeran “múltiples ejemplos de desidia judicial, de ineficiencia del sistema, de falta de datos y estadísticas públicas que permitan medir el nivel de avances, de agravamiento de la situación de defensores y activistas de DDHH en el Uruguay, de falta de elaboración de una política pública para investigar los crímenes de la dictadura”, según se destaca en las conclusiones del documento al que accedió la diaria.

El OLI reitera que “a más de seis años de la sentencia Gelman Vs. Uruguay” de la CIDH, “esta no se ha cumplido en forma completa” y que “las investigaciones en causas por violaciones a los DDHH por el Terrorismo de Estado en el Uruguay no han registrado avances”. “El tema no es prioritario para el Estado, pues este no ha elaborado ni puesto en marcha una política destinada a cumplir con su obligación de investigar y castigar a los responsables de esas violaciones a los DDHH”, agrega. Por todo eso, el OLI solicita a la CIDH que “continúe efectuando un seguimiento de este tema, con participación efectiva de la sociedad civil, tal como surgió de las conclusiones recogidas” en la jornada del 21 de octubre que organizó la propia UTMVJ, y que “se requieran los informes necesarios al Estado uruguayo”.

Si el Estado uruguayo asegura que no hay obstáculos legales que impidan “investigar, perseguir y castigar” los delitos cometidos durante la dictadura cívico-militar, el OLI se pregunta cómo “se explica razonablemente” que entre aproximadamente “200 causas en curso, haya habido solamente 42 procesamientos en 22 expedientes en total (desde el primer procesamiento en 2002), de los cuales sólo 3 siguen en trámite hoy, habiendo sido revocados 7 procesamientos y en 5 casos fallecieron los imputados luego del procesamiento y antes de alcanzar una sentencia definitiva. Es decir, de los 42 procesamientos, en 15 casos no se alcanzó sentencia definitiva, y en 27 casos se condenó, en 13 sentencias definitivas”. “Como muchas veces se sigue investigando a los personajes notorios de la represión, en vez de ahondar en nuevas responsabilidades, esas 27 condenas recaen en algunos casos en los mismos imputados, por casos distintos, pero en verdad hay sólo 20 personas condenadas en el Uruguay”, agrega el documento. El OLI además informa que sólo existe un procesamiento por torturas, y no existen procesamientos por “sustracción de niños, o violencia sexual, delitos que sabemos que también se cometieron en el Uruguay”. “Según datos recopilados por el OLI, existen 180 causas ‘activas’ (en etapa presumarial o sumarial), a las que se les anexan unos 19 expedientes. Sólo unos pocos expedientes se ubican en etapa sumarial. Y se registran 76 expedientes inactivos o archivados”, añade.

De esas 180 causas activas, más de 90% “se encuentra aún en presumario sin haberse imputado a ningún responsable”, y “en muchos casos en investigaciones que se perpetúan por más de diez años”. “Lo llamativo es que más de la mitad de los procesamientos se produjeron antes de la sentencia Gelman, dato indicativo que por sí solo demuestra que esta sentencia no ha tenido una eficacia real a la hora de avanzar en la lucha contra la impunidad”, constata el OLI.