El diputado Pablo Abdala (Partido Nacional) convocó a los integrantes de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) a la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, a raíz de los dichos de Wilder Tyler, uno de los integrantes del consejo directivo de la institución, en una entrevista con la diaria. En esa nota, Tyler afirmó que la última sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre la prescriptibilidad de los delitos de la dictadura fue una decisión política “en sus contenidos y en sus consecuencias”. “Son decisiones de actores judiciales, pero son esencialmente políticas, tanto por su génesis como por el terrible impacto que tienen. La Justicia es política, y si alguien le dice que no es político, lo importante es saber que eso es parte de la política de esa decisión también”, sostuvo. Tyler añadía en la nota que el hecho de que la votación de esa sentencia fuera dividida “deja muy claro que allí se hacen opciones”, y terminaba: “El hecho de que la mayoría de la SCJ haya optado por la interpretación más conservadora, más regresiva, que menos tiene en cuenta el derecho internacional de los DDHH, que se olvida de las normas que habilitaría la otra alternativa, todo eso [fue] para beneficiar a los perpetradores y no pensar en la víctima. Esa es una opción política”.

Según consta en la versión taquigráfica del 7 de noviembre, Abdala los convocó en el entendido de que las de Tyler son “afirmaciones muy delicadas”. “No las comparto, pero tampoco comparto mucho que provengan de quien ejerce una investidura de enorme sensibilidad, como es la de ser integrante del consejo directivo de la INDDHH. Yo no pretendo amedrentar al señor Tyler ni cercenarle la posibilidad de que opine, pero eso no quita que sus opiniones disparen otras opiniones, y la mía es tan legítima como la suya. Tengo dudas de que él esté en condiciones de expresarse con esta laxitud y con esta amplitud”, fundamentaba, en el sentido de que “son expresiones formuladas por un gobernante que está sometido a determinado estatuto”.

Ayer concurrieron a la comisión, además de Tyler, los directores Juan Faroppa y Mariana Mota, actual presidenta de la INDDHH. En diálogo con la diaria, Abdala aclaró que no cuestionaba a la INDDHH “pero sí nos preocupó el tenor de las afirmaciones con relación a los ministros de la SCJ”. El diputado consideró que un fallo judicial “es materia opinable”, y recordó que la propia institución emitió un comunicado cuestionando la sentencia, pero agregó que Tyler “dio un paso más y calificó la actitud de los ministros, les atribuyó intencionalidad política a la hora de pronunciarse”.

En comisión, Tyler leyó una exposición que luego la INDDHH divulgó, en la que aclaraba que en el comunicado de la INDDHH se “expresó su consternación sobre las devastadoras consecuencias de la sentencia para las víctimas, para la sociedad y para la posición de nuestro país en el concierto internacional”. Añadió que la sentencia “priva a la víctima de ver satisfecho su reclamo de justicia, frustra legítimas expectativas generales y de buena fe sobre cómo debería ser la Justicia de nuestro país. Una de esas expectativas es la de que la SCJ, al pronunciarse sobre las más graves violaciones de derechos humanos, podría haber interpretado la Constitución de forma tal de ofrecer el grado más amplio posible de protección a aquellas personas cuyos derechos fueron vulnerados. Tal decisión era posible” y hubiera coincidido con “una lectura generosa de la Constitución hacia los derechos humanos”. Aseguró que esto “no hubiera sido innovador; es generalizado en la jurisprudencia de muchas naciones”. Además, expresó que la decisión de la SCJ fue “regresiva”, en la medida en que “desconoció pasos que la misma corporación había dado anteriormente, y que podrían haber abierto paso a la Justicia”.

Abdala consideró que a nivel estatal “los órganos políticos son el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo; el Poder Judicial ejecuta la ley, aplica el derecho. Que un juez pueda ser subjetivo en algún fallo, no tengo duda, pero de allí a que haya una suerte de intencionalidad, de política definida en tal dirección para bloquear las causas de violaciones a los derechos humanos, para generar un perjuicio a alguien o a favor de alguien, eso no lo comparto”.

A consideración de Tyler, el tema subyacente en el debate es la autonomía de la INDDHH y el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, “incluyendo el derecho a criticar sentencias judiciales injustas”. “La Defensoría del Pueblo quiere expresar su preocupación ante la sugerencia, que surge de la versión taquigráfica [del 7 de noviembre], de que sus miembros podrían estar sujetos a un ‘estatuto especial’, atinente a la ‘investidura’ que detentan o a lecturas restrictivas de la ley de la Defensoría. Estas acarrearían una disminución de la autonomía de la Institución y su derecho a la libertad de expresión, precisamente cuando son más necesarias para ejercer la función de defensa de los derechos humanos”, opinó el director. En su exposición, Tyler afirmó que con la palabra la INDDHH busca persuadir a los órganos del Estado sobre la importancia de respetar los derechos humanos, “y tiene a la opinión pública como foro de resonancia al que acudir cuando la persuasión no surte efecto. El ejercicio del derecho a la libertad de expresión es, por lo tanto, vital para cumplir su cometido. Una visión de la Defensoría que le impusiera una mordaza –aunque fuere parcial– para expresarse como lo hace un ciudadano común, o un periodista, o un analista político –como lo sugiere la versión taquigráfica–, vulneraría la autonomía de la Institución”. Luego enfatizó que la INDDHH debe “hacer pública la injusticia aunque esa injusticia esté contenida en una sentencia judicial”.

Según manifestó Abdala, los otros directores de la institución se manifestaron en el mismo sentido que Tyler: “Se generó una discrepancia que no pudimos zanjar”, comentó, y consideró que esto “afectó la confianza en Tyler como miembro de la institución”. En tanto, desde la INDDHH se reivindicó: “Este enfoque sobre la defensa de la víctima de una violación de los derechos humanos, que prevalece sobre otras consideraciones, y se complementa con la vocación preventiva de la Defensoría, es legal, y es también legítimo”.